Decreto número 25 por el que se aprueba la renuncia del C. Juvencio Mejía Navarro al Derecho de ocupar el cargo de Regidor Propietario del H. Ayuntamiento del Municipio de Malinaltepec, Guerrero

EstadoGuerrero
MunicipioMalinaltepec
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LA QUINCUAGÉSIMA SÉPTIMA LEGISLATURA AL HONORABLE
CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE GUERRERO, EN
NOMBRE DEL PUEBLO QUE REPRESENTA Y,
C O N S I D E R A N D O
Que en los pasados comicios electorales locales del 6 de octubre de 2002, los
CC. Alfonso Galeana Macedonio y Juvencio Mejía Navarro, fueron electos
como Regidores Propietario y Suplente para integrar el H. Ayuntamiento del
Municipio de Malinaltepec, Guerrero, por el periodo constitucional 2002
-
2005.
Que en sesión de fecha 4 de febrero del 2003, el Pleno de la Quincuagésima
Séptima Legislatura al Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de
Guerrero, tomó conocimiento de la renuncia al derecho de ocupar el cargo de
Regidor propietario del H. Ayuntamiento del Municipio de Malinaltepec,
Guerr
ero, presentada por el C. Juvencio Mejía Navarro.
Que mediante oficio OM/DPL/125/2003 de fecha 4 de enero del 2003, el Oficial
Mayor de este H. Congreso, Licenciado Luis Camacho Mancilla, turnó el escrito
de renuncia al derecho referido a la Comisión Ordinaria de Asuntos Políticos y
Gobernación.
Que en el examen de la procedencia del escrito, se tiene que con fecha 29 de
enero del 2003, el C. Juvencio Mejía Navarro presentó a esta Representación
Popular, renuncia al puesto de elección popular en el que fue electo como
suplente de Regidor de Obras del Municipio de Malinaltepec, Guerrero.
Que los artículos 47 fracción XXIX de la Constitución Política del Estado y 89 de
la Ley Orgánica del Municipio Libre establecen que el cargo de miembro de un
Ayuntamiento
podrá renunciarse por causa grave y justificada, misma que
calificará este H. Congreso del Estado. Ahora bien, en atención a los criterios
acordados en reunión de trabajo de fecha 20 de diciembre del 2002 por la
Comisión de Asuntos Políticos y Gobernación, se hizo el llamado al Edil para

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