DECRETO NÚMERO 241.- CLAUSURA DE LOS TRABAJOS DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE PARA EL PRIMER PERÍODO DE RECESO

Fecha de publicación05 Marzo 2018
SecciónPrimera Secció
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 3Marzo 5 de 2018 (Primera Sección)
Edith Citlalli Rodríguez González,
DIPUTADA PRESIDENTE.
Raymundo Durón Galván,
DIPUTADO SECRETARIO.
Ma. Estela Cortés Meléndez,
DIPUTADA SECRETARIO.
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 240
1º de marzo del 2018.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
Habitantes de Aguascalientes sabed:
La LXIII Legislatura del Estado Libre y Soberano
de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad
constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 240
ARTÍCULO ÚNICO.- La Mesa Directiva del Hono-
rable Congreso del Estado, para el Segundo Período
Ordinario de Sesiones, correspondiente al Segundo
Año de Ejercicio Constitucional, quedó integrada de
la siguiente manera:
Presidente: Dip. Francisco Martínez
Delgado;
Vicepresidente: Dip. Sergio Javier Reynoso
Talamantes;
Primer
Secretario:
Dip. Iván Alejandro Sánchez
Nájera;
Segunda
Secretaria:
Dip. Ma. Estela Cortés Me-
léndez; y
Prosecretario: Dip. Raymundo Durón
Galván.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, al primer
día del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima,
publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 1º de marzo del año 2018.
Atentamente
LA MESA DIRECTIVA
DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
Edith Citlalli Rodríguez González,
DIPUTADA PRESIDENTE.
Raymundo Durón Galván,
DIPUTADO SECRETARIO.
Ma. Estela Cortés Meléndez,
DIPUTADA SECRETARIO.
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
1º de marzo del 2018.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
Habitantes de Aguascalientes sabed:
La LXIII Legislatura del Estado Libre y Soberano
de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad
constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
ARTÍCULO ÚNICO.- En términos de lo dispues-
Estado, se declara ocialmente la Clausura de los
trabajos de la Diputación Permanente para el Primer
Período de Receso del Segundo Año de Ejercicio
Constitucional de la Sexagésima Tercera Legislatura
del Honorable Congreso del Estado, Libre y Sobera-
no de Aguascalientes.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Con-
vención Revolucionaria de Aguascalientes”, al primer
día del mes de marzo del año dos mil dieciocho.
Por lo tanto, el Congreso ordena se imprima,
publique y se le dé el debido cumplimiento.
Aguascalientes, Ags., a 1º de marzo del año 2018.
Atentamente.
LA MESA DIRECTIVA
DE LA DIPUTACIÓN PERMANENTE
Edith Citlalli Rodríguez González,
DIPUTADA PRESIDENTE.
Raymundo Durón Galván,
DIPUTADO SECRETARIO.
Ma. Estela Cortés Meléndez,
DIPUTADA SECRETARIO.
GOBIERNO DEL ESTADO LIBRE
Y SOBERANO DE AGUASCALIENTES
ASUNTO: DECRETO NÚMERO 242
1º de marzo del 2018.
C. C. P. MARTÍN OROZCO SANDOVAL,
GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO.
P R E S E N T E .
Habitantes de Aguascalientes sabed:
La LXIII Legislatura del Estado Libre y Soberano
de Aguascalientes, en virtud de su función y facultad
constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 242
ARTÍCULO ÚNICO.- En términos de lo dispuesto
por el Artículo 24 de la Constitución Política del Esta-
do, se declara ocialmente la Apertura de los trabajos

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