Decreto número 24.- Por el que se designan representantes propietarios y suplentes de la Legislatura, para integrar el Consejo de Premiación de la Presea “Estado de México”.

Viernes 4 de febrero de 2022 Sección Tercera Tomo: CCXIII No. 23
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PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
Al margen Escudo de la LXI Legislatura del Estado de México, y una leyenda que dice: Diputadas y Diputados
Locales Estado de México.
DECRETO NÚMERO 24
LA H. “LXI” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
ARTÍCULO PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto en el artículo 16 del Reglamento del Mérito Civil del Estado
de México, se designan representantes propietarios y suplentes de la Legislatura, para integrar el Consejo de
Premiación de la Presea “Estado de México”, a las diputadas y los diputados que a continuación se indica:
REPRESENTANTES EN EL CONSEJO DE PREMIACIÓN
PRESEA
REPRESENTANTES
“Estado de México”
Propietario:
Suplente:
Dip. María Luisa Mendoza Mondragón
Dip. Sergio García Sosa
ARTÍCULO SEGUNDO.- En atención a lo establecido en los artículos 18, 21 fracción III, 48, 57, 61, 66, 68-D y 68-F
del Reglamento del Mérito Civil del Estado de México, se designan representantes propietarios y suplentes de la
Legislatura para integrar cada uno de los jurados calificadores de las Preseas: De Arte y Cultura “Sor Juana Inés de la
Cruz”, al Mérito Cívico y Servicios a la Comunidad “Isidro Fabela Alfaro”, de la Contribución en el Servicio Público
“Alfredo del Mazo Vélez”, de la Defensa de los Derechos Humanos “José María Morelos y Pavón”, de la Seguridad,
Protección Ciudadana o Procuración de Justicia “León Guzmán” y al Mérito Agrario “Andrés Molina Enríquez”,
conforme al tenor siguiente:
REPRESENTANTES EN LOS JURADOS CALIFICADORES
PRESEA
Presea de Arte y Cultura “Sor
Juana Inés de la Cruz”
Propietario:
Suplente:
Presea al Mérito Cívico y
Servicios a la Comunidad “Isidro
Fabela Alfaro”
Propietario:
Suplente:
Presea de la Contribución en el
Servicio Público “Alfredo del
Mazo Vélez”
Propietario:
Suplente:
Presea de la Defensa de los
Derechos Humanos “José María
Morelos y Pavón”
Propietario:
Suplente:
Presea de la Seguridad,
Protección Ciudadana o
Procuración de Justicia “León
Guzmán”
Propietario:
Suplente:
Presea al Mérito Agrario “Andrés
Molina Enríquez”
Propietario:
Suplente:
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO.- Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor el día de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del
Gobierno”.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los tres
días del mes de febrero de dos mil veintidós.
PRESIDENTA.- DIP. MÓNICA ANGÉLICA ÁLVAREZ NEMER.- (RÚBRICA).- SECRETARIAS.- DIP. SILVIA
BARBERENA MALDONADO.- (RÚBRICA).- DIP. VIRIDIANA FUENTES CRUZ.- (RÚBRICA).- CLAUDIA DESIREE
MORALES ROBLEDO.- (RÚBRICA).

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