DECRETO NÚMERO 235.- ARTÍCULO PRIMERO.- SE REFORMAN LOS ARTÍCULOS; 41 FRACCIÓN XIV; Y, SE DEROGAN LAS FRACCIONES XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX Y XLII DEL ARTÍCULO 38; Y, LAS FRACCIONES XVIII Y XIX DEL ARTÍCULO 41, TODOS DE LA LEY ORGÁNICA DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES.-

Fecha de publicación11 Noviembre 2019
SecciónSegunda Sección
PERIÓDICO OFICIAL Pág. 11Noviembre 11 de 2019 (Primera Sección)
A T E N T A M E N T E .
LA MESA DIRECTIVA
ALEJANDRO SERRANO ALMANZA
DIPUTADO PRESIDENTE
LUIS ENRIQUE GARCÍA LÓPEZ
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO
JOSÉ MANUEL VELASCO SERNA
DIPUTADO PROSECRETARIO
EN FUNCIONES DE SEGUNDO SECRETARIO
MARTÍN OROZCO SANDOVAL, Gobernador Constitucional del Estado de Aguascalientes, a sus
habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXIV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su función
y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente
Decreto Número 235
ARTÍCULO PRIMERO.- Se Reforman los Artículos; 41 fracción XIV; y, se Derogan las fracciones
XXXV, XXXVI, XXXVII, XXXIX y XLII del artículo 38; y, las fracciones XVIII y XIX del artículo 41, todos de la
Artículo 38.-
I.- a la XXXIV.-
XXXV.- SE DEROGA.
XXVI.- SE DEROGA.
XXXVII.- SE DEROGA.
XXXVIII.-
XXXIX.- SE DEROGA.
XL.- y XLI.-
XLII.- SE DEROGA.
XLIII.- y XLIV.-
Artículo 41.-
I.- a la XIII.-
XIV.- Celebrar convenios con los entes gubernamentales para la ejecución de obra pública
cuando estos estén impedidos para ejecutarla;
XV.- a la XVII.-
XVIII.- SE DEROGA.
XIX.- SE DEROGA.
XX.- a la XXIII.- ...

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