DECRETO NÚMERO 207.- SE REFORMA LA LEY DE SEGURIDAD PRIVADA DEL ESTADO DE AGUASCALIENTES

Fecha de publicación31 Octubre 2022
Sección
Pág. 14 PERIÓDICO OFICIAL Octubre 31 de 2022
(Edición Vespertina)
SEGUNDO. Se abroga la Ley de Profesiones del Estado de Aguascalientes publicada en el Periódico Oficial
del Estado el 25 de julio de 1999.
TERCERO. Se reconoce la vigencia y validez de las cédulas profesionales expedidas por la Dirección General
de Profesiones de la Secretaría de Educación Pública, y por las Autoridades competentes en otras Entidades
Federativas, con apago a sus Leyes.
CUARTO. La Autoridad Educativa Estatal deberá emitir y adecuar los reglamentos, acuerdos, lineamientos y
demás disposiciones de carácter general conforme a lo establecido en este Decreto, en un plazo no mayor a
sesenta días naturales contados a partir de su entrada en vigor. Hasta su emisión, seguirán aplicándose para
la operación y funcionamiento de los servicios que se presten y se deriven de aquellos en lo que no
contravengan a este Decreto.
QUINTO. La Autoridad Educativa Estatal deberá aprobar y publicar un primer listado de las profesiones a que
se refiere el Artículo 6º de esta Ley, en un término no mayor de sesenta días naturales a partir de la entrada
en vigor de este Decreto.
SEXTO. Se derogan todas las disposiciones contrarias a la presente Ley.
Al Ejecutivo para su promulgación y publicación.
Dado en el Salón de Sesiones “Soberana Convención Revolucionaria de Aguascalientes”, del Palacio
Legislativo, a los veinte días del mes de octubre del año dos mil veintidós.
Lo que tenemos el honor de comunicar a Usted, para los efectos Constitucionales conducentes.
Aguascalientes, Ags., a 20 de octubre del año 2022.
ATENTAMENTE
LA MESA DIRECTIVA
MARÍA DE JESÚS DÍAZ MARMOLEJO
DIPUTADA PRESIDENTA
JAIME GONZÁLEZ DE LEÓN
DIPUTADO PRIMER SECRETARIO
EMANUELLE SÁNCHEZ NÁJERA
DIPUTADO SEGUNDO SECRETARIO
En cumplimiento de lo dispuesto por los Artículos 32 párrafo primero, 35 y 46 fracción I de la Constitución
Política del Estado de Aguascalientes y para su debida publicación y observancia, promulgo el presente
Decreto en la Residencia del Poder Ejecutivo del Estado, en la Ciudad de Aguascalientes, Ags., a 28 de
octubre de 2022.- La Gobernadora del Estado de Aguascalientes, C. María Teresa Jiménez Esquivel.-
Rúbrica.- El Secretario General de Gobierno, Mtro. Florentino de Jesús Reyes Berlié.- Rúbrica.
MARÍA TERESA JIMÉNEZ ESQUIVEL, Gobernadora Constitucional del Estado de Aguascalientes, a
sus habitantes sabed:
Que por el H. Congreso del Estado se me ha comunicado lo siguiente:
La LXV Legislatura del Congreso del Estado Libre y Soberano de Aguascalientes, en virtud de su
función y facultad constitucional, ha tenido a bien expedir el siguiente:
Decreto Número 207

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