Decreto Número 157.- Por el que se reforman el párrafo segundo y la fracción XXII del artículo 38 Ter y se adiciona un párrafo tercero al artículo 38 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México.

Página 2 24 de noviembre de 2016
PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ERUVIEL ÁVILA VILLEGAS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus
habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
DECRETO NÚMERO 157
LA H. “LIX” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman el párrafo segundo y la fracción XXII del artículo 38 Ter y se adiciona un
párrafo tercero al artículo 38 Ter de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, para
quedar como sigue:
Artículo 38 Ter. ...
A la Consejería Jurídica le corresponde el despacho de los siguientes asuntos:
I. a XXI. ...
XXII. Dar contestación a los escritos de petición que realicen los ciudadanos de manera pacífica y respetuosa,
al Gobernador o al Secretario General de Gobierno, en las diferentes ramas de la administración pública, que le
sean turnados para su atención.
XXIII. a XXXVIII. ...
El estudio, planeación, trámite y resolución de los asuntos competencia de la Consejería, así como su
representación, corresponden originalmente a su titular, quien para su mejor atención y despacho, podrá
delegar sus atribuciones en los servidores públicos subalternos, en terminos de las disposisiones juridicas
aplicables, sin perder por ello la posibilidad de su ejercicio directo, excepto aquellas que por disposición de la
ley o de su Reglamento, deban ser ejercidas en forma directa.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial "Gaceta del G obierno”.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”.
TERCERO. Se derogan las disposiciones de igual o menor jerarquía que se opongan al presente Decreto.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo del Estado de México, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del
Estado de México, a los veinte días del mes de octubre de dos mil dieciséis.- Presidenta.- Dip. Martha Angélica
Bernardino Rojas.- Secretarios.- Dip. Marco Antonio Ramírez Ramírez.- Dip. Oscar Vergara Gómez.- Dip. Perla
Guadalupe Monroy Miranda.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.

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