Decreto Número 139.- Por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado, a desincorporar del patrimonio del Gobierno del Estado un inmueble, para que sea donado a título gratuito a favor del municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México.

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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 139
ARTÍCULO PRIMERO. Se autoriza la desincorporación del patrimonio del Gobierno del Estado de México, el inmueble
identificado c omo lote A-IAD, re sultante de la subdivisión del lote A-IA del polígono número IV del Ex Vaso del Lago de
Texcoco, ubicado en Avenida Bord o de Xochiaca, sin número, Ex Vaso del Lago de Texcoco, Municipio de Nezahualcóyotl,
Estado de México, con una superficie de 569,093.620 metros cuadrados, el cual tiene las siguientes medidas y colindancias:
Al Norte: Nueve Líneas de 13.25 metros, 34.55 metros, 32.14 metros, 32.71 me tros, 29.97 metros, 33.91 metros, 36.29
metros, 40.31 metros, 1.171.60 metros con vías del ferrocarril.
Al Oriente: En una línea de 336.45 metros con Lote 2-B.
Al Sur: En diecinueve líneas de oriente a poniente 370.53 metros con lote A-2, de sur a norte 89.40 metros y 22.77 metros
con lo te A-2 y fracción por apertura de vialidad respectivamente una línea curva de 94.86 metros, de oriente a poniente
476.30 metros, una línea curva de 80.26, estas líneas con afectación por apertura de vialidad , de oriente a poniente 260.22
metros con lote A-2, continuando de sur a norte 18.92 metro s, de poniente a oriente 3.38 metros, de sur a norte 129.81
metros, de oriente a poniente 23 .31 metros, de sur a norte 96.03 metros, de oriente a poniente 51.60 metros, de norte a sur
248.85 metros, de poniente a oriente 13.47 metros, de norte a sur 25.84 metros, de poniente a oriente 43.40 metros, todas
ellas con lote A-IAE y lote A-IC-2, continuando de norte a sur 91.70 metros con lote A-IC-2 y una línea cuerva de 210.94
metros con vialidad.
Al Poniente: En una línea de 834.77 metros con Colonia del Sol.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se autoriza al Titular del Poder Ejecutivo Estatal a donar a título gratuito el inmueble a que hace
referencia el artículo anterior a favor del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, la cual queda condicionada a la
donación que el Ayuntamiento del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México, realice a favor de la Secretaría de la
Defensa Nacional, de una superficie de 12.4 Hectáreas para la edificación de instalaciones para la materialización de una
Coordinación de Batallón, dos Compañías y Helipuerto de la Guardia Nacional, del Instituto Mexicano del Seguro Social, de
una superficie de 5 Hectáreas para la construcción de un Hospital General y de la Secretaría de Bienestar, de una superficie
de 400 metros cuadrados para destinarlos a la construcción de una sucursal del Banco del Bienestar, y que, en tanto se
perfecciona la donación objeto del presente Decreto, el Ayuntamiento del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México,
otorgue en comodato el inmueble para los fines antes señalados. La superficie restante deberá ser utilizada por el H.
Ayuntamiento de Nezahualcóyotl, Estado de México, para el Centro Deportivo Ecológico “Ciudad Jardín B icentenario” y
Sistema de Control de Biogás y de los Lixiviados.
ARTÍCULO TERCERO. El Ayuntamiento del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México deberá dar cabal cumplimiento
a la condición establecida en el artículo inmediato anterior en el término d e un año, c ontado a partir de que se autorice la
presente donación y tenga posesión del inmueble; en caso contrario la donación se revocará a favor del patrimonio del
Gobierno del Estado de México.
TRANSITORIO
ÚNICO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los veintiún días
del mes de febrero del año dos mil veintitrés.- Presidente.- Dip. Marco Antonio Cruz Cruz.- Secretarias.- Dip. Silvia
Barberena Maldonado.- Dip. Viridiana Fuentes Cruz.- Dip. Claudia Desiree Morales Robledo.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 3 de marzo de 2023.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, LIC.
ALFREDO DEL MAZO MA ZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO GENERAL DE G OBIERNO, LUIS FELIPE PUENTE
ESPINOSA.- RÚBRICA.
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Toluca de Lerdo, México;
a 31 de enero de 2023.
DIPUTADO
MARCO ANTONIO CRUZ CRUZ
PRESIDENTE DE LA H. "LXI" LEGISLATURA
DEL ESTADO DE MÉXICO.
PRESENTE
Con fundamento en los artículos 51, fracción l, y 77 fracción V, de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de México, se somete a consideración de la H. Legislatura, por conducto de Usted, la Iniciativa de
Decreto por el que se autoriza al Ejecutivo del Estado, a desincorporar del patrimonio del Gobierno del Estado
un inmueble, para que sea donado a título gratuito a favor del Municipio de Nezahualcóyotl, Estado de México,
que tiene sustento en la siguiente:
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS
El Plan de Desarrollo del Estado de México 2017-2023, sintetiza los anhelos y aspiraciones de nuestra
sociedad; su integración es producto de un intenso ejercicio democrático en el que los diversos sectores
sociales, con su participación dieron forma a la proyección del Estado de México que todos queremos. Para
obtener esos logros, el plan se integra a partir de estrategias que versan sobre los puntos clave para combatir
las problemáticas que aquejan a la población mexiquense.
El documento rector de esta administración, concibe una estrategia de desarrollo basada en un gobierno
responsable y moderno, capaz de proporcionar un ambiente de acuerdos y consensos que conduzca el
esfuerzo social, para concretar acciones, programas y proyectos que impacten positivamente en la calidad de
vida de los mexiquenses; para conseguirlo, ejercemos un gobierno que trabaja basado en los diversos pilares
del mencionado documento, entre los que destacan el pilar territorial y el pilar social.
Dentro del pilar territorial, se contemplan diversas estrategias tendientes a la protección del medio ambiente;
mientras que, dentro del pilar social se busca salvaguardar la salud y el bienestar de todos y cada uno de los
habitantes de la entidad.
Para lograrlo, el Gobierno del Estado de México encamina su esfuerzo en la transformación de su obligación,
en el impulso de un nuevo modelo en materia de salud y ecología, que fortalezca e impulse la participación de
los tres niveles de gobierno, de las instituciones académicas y de la propia sociedad.
Es en este rubro, que se realiza un reordenamiento general para potencializar los recursos y utilizarlos en forma
primordial en beneficio de la población.
No obstante, lo anterior, para estar en condiciones de enfrentar los retos que presenta la sociedad
mexiquense en materia de salud y ecología, es necesario tomar en cuenta las características demográficas
registradas en la entidad en los últimos años, y la infraestructura con que se cu enta.
Ante la urgencia de evitar riesgos a la población sobre las explosiones de gas que producen los desechos
sólidos sobre los cuales se encuentra construido el Centro Deportivo Ecológico "Ciudad Jardín Bicentenario".
El Gobierno del Estado tiene como pretensión contribuir, para que la población del Estado de México; tenga
un desarrollo humano, justo, incluyente y sustentable, por lo que atender la problemátic a descrita en el
párrafo que antecede, es de suma importancia, pues el Gobierno de la entidad se encuentra enfocado en
promover, proteger, respetar y garantizar el respeto irrestricto a los Derechos Humanos, tutelando el acceso

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