Decreto Número 129.- Por el que se reforma el artículo 126 de la Ley de Instituciones de Asistencia Privada del Estado de México; se reforma el artículo 207 de la Ley de Competitividad y Ordenamiento Comercial del Estado de México.

Miércoles 21 de diciembre de 2022 Sección Sexta Tomo: CCXIV No. 116
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ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de
México, a sus habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 129
ARTÍCULO PRIMERO. Se reforma el artículo 126 de la Ley de Instituciones de Asistencia
Privada del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 126.- Contra los actos y resoluciones que dicte o ejecute la Junta, en aplicación de
esta Ley, las personas afectadas tendrán la opción de interponer el recurso administrativo de
inconformidad ante la propia Junta o promover juicio ante el Tribunal de Justicia
Administrativa del Estado de México, conforme a las disposiciones del Código de
Procedimientos Administrativos del Estado de México.
ARTÍCULO SEGUNDO. Se reforma el artículo 207 de la Ley de Competitividad y
Ordenamiento Comercial del Estado de México, para quedar como sigue:
Artículo 207.- Los afectados por actos y/o resoluciones de las autoridades, podrán
interponer el Recurso de Inconformidad previsto en el Código de Procedimientos
Administrativos del Estado de México, o el Juicio Contencioso Administrativo ante el Tribunal
de Justicia Administrativa del Estado de México.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el
Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado
de México, a los trece días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.- Presidente.- Dip.
Enrique Edgardo Jacob Rocha.- Secretarias.- Dip. Viridiana Fuentes Cruz.- Dip. Ma. Trinidad
Franco Arpero.- Dip. nica Miriam Granillo Velazco.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 20 de diciembre de 2022.- EL GOBERNADOR
CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.-
RÚBRICA.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO, LUIS FELIPE PUENTE
ESPINOSA.- RÚBRICA.

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