Decreto Número 124.- Por el que se reforma la fracción XLVI y se adiciona la fracción XLVII del artículo 31 de la Ley Orgánica Municipal del Estado de México.

Miércoles 21 de diciembre de 2022 Sección Sexta Tomo: CCXIV No. 116
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PODER EJECUTIVO DEL ESTADO
ALFREDO DEL MAZO MAZA, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus
habitantes sabed:
Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:
La H. “LXI” Legislatura del Estado de México decreta:
DECRETO NÚMERO 124
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforma la fracción XLVI y se adiciona la fracción XLVII del artículo 31 de la Ley
Orgánica Municipal del Estado de xico, para quedar como sigue:
Artículo 31.-
I. a XLV.
XLVI. Promover la ejecución municipal de programas de dignificación, calidad y mejora permanente del servicio
público de los mercados, así como del comercio semifijo, con el objeto de impulsar su rentabilidad y desarrollo
digno en beneficio de las y los habitantes del Municipio, y
XLVII. Las demás que señalen las leyes y otras disposiciones legales.
T R A N S I T O R I O S
PRIMERO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial “Gaceta del Gobierno”.
SEGUNDO. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial
“Gaceta del Gobierno”.
TERCERO. Los ayuntamientos deberán llevar a cabo los ajustes normativos y expedirán la reglamentación
correspondiente para darle cumplimiento dentro de los 90 días hábiles siguientes a la entrada en vigor del
presente Decreto.
CUARTO. Los ayuntamientos que cuenten con la suficiencia y capacidad presupuestal para dicho efecto
deberán dar cumplimiento a lo previsto en el presente Decreto en términos del mismo, en caso contrario
deberán contemplar lo conducente para el ejercicio fiscal inmediato siguiente.
Lo tendrá entendido el Gobernador del Estado, haciendo que se publique y se cumpla.
Dado en el Palacio del Poder Legislativo, en la ciudad de Toluca de Lerdo, capital del Estado de México, a los
ocho días del mes de diciembre del año dos mil veintidós.- Presidente.- Dip. Enrique Edgardo Jacob Rocha.-
Secretarias.- Dip. Viridiana Fuentes Cruz.- Dip. Ma. Trinidad Franco Arpero.- Dip. Mónica Miriam Granillo
Velazco.- Rúbricas.
Por tanto, mando se publique, circule, observe y se le dé el debido cumplimiento.
Toluca de Lerdo, México, a 20 de diciembre de 2022.- EL GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO
DE MÉXICO, LIC. ALFREDO DEL MAZO MAZA.- RÚBRICA.- EL SECRETARIO GENERAL DE GOBIERNO,
LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA.- RÚBRICA.

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