DECRETO NÚM. 412.- POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL APARTADO A) DEL ARTÍCULO 30 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
DECRETO
NÚM. 412.- POR EL QUE SE REFORMA LA FRACCIÓN II DEL APARTADO A) DEL ARTÍCULO 30 DE LA
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus
habitantes hace sabed:
Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:
D E C R E T O
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO
DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL
ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL PRESENTE DECRETO, CON
BASE EN LOS SIGUIENTES
A N T E C E D E N T E S
I. En sesión ordinaria del 11 de septiembre de 2018 la entonces Senadora en funciones Olga María del Carmen Sánchez
Cordero Dávila integrante del Grupo Parlamentario del Partido Morena, presentó la iniciativa con proyecto de decreto que
de nacionalidad.
En esa misma fecha, la Mesa Directiva del Senado de la República, determinó turnar la iniciativa de referencia a las
Comisiones Unidas de Puntos Constitucionales, de Gobernación y de Estudios Legislativos Segunda, para su análisis y
elaboración del dictamen correspondiente.
El día 29 de octubre de 2019, mediante oficio DGPL-1P2A.-5813 la Mesa Directiva determinó homologar el turno de la
presente iniciativa para quedar en las Comisiones Unidas de Unidas de puntos Constitucionales y de Estudios
Legislativos Segunda.
II. El 18 de noviembre de 2020, el Pleno del Senado de la República discutió y aprobó el dictamen de las Comisiones
unidas de puntos constitucionales y Estudios Legislativos, Segunda, respecto de la Iniciativa con proyecto de Decreto por
en materia de nacionalidad.
III. El 24 de noviembre de 2020, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados recibió, de la Cámara de
Senadores, la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma la fracción II del inciso A) del artículo 30 de la
En atención a lo anterior, la Presidencia de la Mesa Directiva de la Cámara de Diputados de la LXIV Legislatura, turnó la
presente Minuta a la Comisión de Puntos Constitucionales, para Dictamen.
IV. En sesión ordinaria realizada el 14 de octubre de 2020, la Cámara de Diputados aprobó la Minuta con proyecto de
Decreto, que reforma la fracción XXIX-P del articulo 73 y se adiciona un último párrafo al artículo 4o, ambos de la
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de Juventud, y se ordena enviar a las Legislaturas de
las entidades para los efectos del artículo 135 Constitucional.
V. Este H. Congreso del Estado de Colima, con fecha 14 de diciembre del año 2020 recibió el Oficio No. D.G.P.L.64 -ll-8-
4728 de la Cámara de Diputados del H. Congreso de la Unión con el decreto antes mencionado.
VI. Mediante oficio número DPL/1879/2021, del 07 de enero de 2021, con base en lo dispuesto en el artículo 124 del
Reglamento de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, se turnó a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos
Constitucionales, la Minuta con Proyecto de Decreto por el que se reforma el artículo 30 de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos, en materia de nacionalidad.
VII. La presidencia de la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales convocó a sus integrantes a
reunión de trabajo a celebrarse a las 11:00 horas del 13 de enero de 2021, en la Sala de Juntas “Profesor Macario G.
Barbosa”, a afecto de analizar, discutir y, en su caso, dictaminar la minuta que nos ocupa.
- 8 - EL ESTADO DE COLIMA

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