Decreto Núm. 267 por El que Se Declara Formalmente Abierto el Segundo Período Ordinario de Sesiones, Correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional de La Quincuagésima Novena Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima.
Fecha de disposición | 18 Abril 2020 |
Fecha de publicación | 18 Abril 2020 |
Número de Gaceta | 30 |
- 884 Tomo- 105, Colima, Col., Sábado 18 de abril de 2020; Núm. 30 pág. 884
EL ESTADO DE COLIMA
DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO DECRETO NÚM. 267 POR EL QUE SE DECLARA FORMALMENTE ABIERTO EL SEGUNDO PERÍODO ORDINARIO DE SESIONES, CORRESPONDIENTE AL SEGUNDO AÑO DE EJERCICIO CONSTITUCIONAL DE LA QUINCUAGÉSIMA NOVENA LEGISLATURA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA. JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed: Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente DECRETO EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 30 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA Y 6º DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO, EN NOMBRE DEL PUEBLO, HA TENIDO A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE: DECRETO: PRIMERO.- De conformidad con lo dispuesto por los artículos 30 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima y 6º de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y demás relativos del Reglamento de la Ley mencionada, se declara legal y formalmente abierto el Segundo Período Ordinario de Sesiones correspondiente al Segundo Año de Ejercicio Constitucional, de la Quincuagésima Novena Legislatura del Estado Libre y Soberano de Colima. SEGUNDO.- La declaratoria de apertura tuvo lugar en la Sesión Ordinaria número Uno, celebrada el 01 de abril del año 2020, fecha en que se inicia el período, para concluir el 31 de agosto de 2020, en los términos previstos por la Constitución y demás disposiciones reglamentarias. TERCERO.- Previas las formalidades legales, inició sus funciones la Mesa Directiva de la LIX Legislatura Constitucional del Estado, integrada de la siguiente manera:
PRESIDENTA: VICEPRESIDENTA: SECRETARIA: SECRETARIO: SUPLENTE: SUPLENTE:
DIPUTADA ARACELI GARCÍA MURO DIPUTADA ROSALVA FARÍAS LARIOS DIPUTADA CLAUDIA GABRIELA AGUIRRE LUNA DIPUTADA MIGUEL ÁNGEL SÁNCHEZ VERDUZCO DIPUTADA MAYRA YURIDIA VILLALVAZO HEREDIA DIPUTADA MARTHA ALICIA MEZA OREGÓN
CUARTO.- De acuerdo con lo que establecen los artículos 39 y 40 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo y 28 de su Reglamento, la Presidencia y la Vicepresidencia del Congreso durarán en sus cargos un mes, pudiendo ser reelectas para esos cargos durante el mismo Período Ordinario de Sesiones; los Secretarios y Suplentes de estos ejercerán sus...
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