Decreto Núm. 143. se Reforman las Fracciones X y Xi del Artículo 7º, y la Denominación del Título Iv “De la Planeación, Difusión, Participación Ciudadana y Beneficiarios”, la Denominación del Capítulo I del Título Iv “Planeación y Difusión del Desarrollo Social”; se Adiciona una Fracción Xii al Artículo 7º y un Artículo 19 Bis, todos de la Ley de Desarrollo Social para el estado de Nuevo León.

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Monterrey, Nuevo León - Viernes - 10 de Junio de 2022
Poder Ejecutivo

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