Decreto NO. 508 por el Que Se Reforman las Fracciones Xii, Xiii y Se Adiciona la Fracción Xiv Al Artículo 7; Asimismo Se Reforman las Fracciones Vii, Ix, X y Adicionan la Fracción Xi Al Artículo 34 Bis 15, Todos de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 07 de Julio del año 2018; Núm. 47 pág. 1768

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 508

POR EL QUE SE REFORMAN LAS FRACCIONES XII, XIII Y SE ADICIONA LA FRACCIÓN XIV AL ARTÍCULO 7; ASIMISMO SE REFORMAN LAS FRACCIONES VII, IX, X Y ADICIONAN LA FRACCIÓN XI AL ARTÍCULO 34 BIS 15, TODOS DE LA LEY DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL ESTADO DE COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN I Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL SIGUIENTE DECRETO, CON BASE EN LOS SIGUIENTES,

A N T E C E D E N T E S

  1. - El Diputado Santiago Chávez Chávez y Diputados Integrantes del Partido del Partido Revolucionario Institucional, Diputados del Partido Nueva Alianza, Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo de esta Quincuagésima Octava Legislatura, con fecha 04 de mayo de 2017, presentaron ante la Asamblea Legislativa, la iniciativa con Proyecto de Decreto, relativa a reformar la fracciones XII, XIII y adicionar la fracción XIV al artículo 7; asimismo reformar las fracciones VII, IX, X y adicionar la fracción XI al artículo 34 Bis 15, todos de la Ley de Desarrollo Social para el Estado de Colima.

  2. - Mediante oficio número DPL/1210/017, de fecha 04 de mayo de 2017, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado de Colima, turnaron a la Comisión de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, la iniciativa en comento, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Es por ello que los Diputados integrantes de la Comisión que dictamina, procedemos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

  1. La iniciativa presentada por el Diputado del Santiago Chávez Chávez, en su exposición de motivos, señala que:

    "Nuestro Estado siempre se ha caracterizado por ser una entidad en desarrollo permanente y a la vanguardia, con transformaciones en el ámbito económico, y de política social, donde de forma fluida se satisfacen las demandas de la sociedad la cual está en constante evolución.

    En ese sentido, los iniciadores proponemos la inclusión de la perspectiva de género como uno de los principios a los que se deberá de sujetar la Política de Desarrollo Social en el Estado.

    Lo anterior con fundamento a lo establecido por la Ley General de Desarrollo Social; y con la finalidad de que el estado de vulnerabilidad que genere una desventaja real o un desequilibrio patente en perjuicio de los ciudadanos, remediando los potenciales efecto discriminatorio que el ordenamiento jurídico y las practicas institucionales pueden tener en detrimento de las personas principalmente de las mujeres.

    Esto es, incorporar en el Desarrollo Social del estado el proceso de evaluación de las consecuencias para las mujeres y los hombres de cualquier actividad planificada (leyes, políticas o programas) en todos los sectores y a todos los niveles.

    En otras palabras, incorporar en los principios a los que deberá de sujetarse el Desarrollo Social en Colima la estrategia destinada a hacer que las preocupaciones y experiencias de las mujeres, así como los hombre, sean un elemento integrante de la elaboración, la aplicación, la supervisión y la evaluación de las políticas y los programas de Desarrollo Social, a fin de que las mujeres y los hombres se beneficien por igual y se impida que se perpetué la desigualdad. Siendo el objetivo final lograr la igualdad [sustantiva] entre los géneros en la implementación de la Política de Desarrollo Social en el Estado.

    Por otra parte, la Federación, los Estados y Municipios, vinculan esfuerzos y recursos para hacer frente a la situación de pobreza extrema de algunos sectores de la población. En el Estado de Colima, en sus 10 municipios se enfoca el trabajo interinstitucional para entender dicha problemática, promoviendo la participación activa de la sociedad civil en las políticas públicas de combate a la pobreza y el compromiso de los ayuntamientos involucrados.

    La Secretaría de Desarrollo Social aplica diversos programas destinados a la superación de la pobreza y al desarrollo social de sectores vulnerables de la Población. El Sistema estatal de Desarrollo Social para el estado de Colima:

    Es un mecanismo permanente de concurrencia, colaboración, coordinación, concertación y vinculación de los de los gobiernos federal, estatal y municipal, así como de los sectores social y privado, que tiene por objeto:

    * Integrar la participación de los sectores público, social y privado en el cumplimiento de los objetivos, estrategias y prioridades de la política estatal de desarrollo social;

    * Establecer la coordinación, colaboración y concurrencia entre las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, estatal y Municipal, así como los órganos autónomos, en el diseño, formulación, instrumentación, control, seguimiento, evaluación y actualización de las políticas, programas, acciones e inversiones en materia de desarrollo social;

    * Promover la vinculación y congruencia de los programas, acciones e inversiones del Gobierno Federal, estatal y municipal con los objetivos, estrategias y prioridades de la política estatal;

    * Fomentar la participación de los particulares, organismos, instituciones y representantes del sector social y privado en el desarrollo social;

    * Coordinar las acciones orientadas a la consecución de los objetivos, estrategias y prioridades de la política estatal;

    * Impulsar la desconcentración y descentralización de los recursos y acciones para el desarrollo social; y

    * Vigilar que los recursos asignados al desarrollo social sean ejercidos con honradez, oportunidad, transparencia y equidad, garantizando la rendición de cuentas de la política de desarrollo social.

    Particularmente en lo referente a la definición y mediación de la pobreza, el artículo 36 de la Ley General de Desarrollo Social establece...

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