Decreto NO. 467 por el Que Se Adiciona Un Párrafo Cuarto Al Artículo 132 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de COLIMA.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 24 de Marzo del año 2018; Núm. 23 pág. 755

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 467

POR EL QUE SE ADICIONA UN PÁRRAFO CUARTO AL ARTÍCULO 132 DE LA LEY DEL SISTEMA ESTATAL DE SEGURIDAD PÚBLICA PARA EL ESTADO DE COLIMA.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL SIGUIENTE DECRETO. CON BASE EN LOS SIGUIENTES,

A N T E C E D E N T E S

  1. - El Diputado Santiago Chávez Chávez y demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como los diputados del Partido Nueva Alianza, Partido Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo de esta Quincuagésima Octava Legislatura, con fecha 22 de agosto de 2017, presentaron ante la Asamblea Legislativa, la iniciativa de ley con proyecto de decreto que propone adicionar un párrafo cuarto al artículo 132 de la Ley del Sistema Estatal de Seguridad Pública para el Estado de Colima.

  2. - Mediante oficio número DPL/1546/017 de fecha 22 de agosto de 2017, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado de Colima, turnaron la iniciativa en comento a la Comisión de Seguridad Pública, para efectos de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - Es por ello que los Diputados integrantes de la Comisión que dictamina, procedemos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A I N I C I A T I V A

  1. Que el Diputado Santiago Chávez Chávez y demás diputados integrantes del Grupo Parlamentario del Partido Revolucionario Institucional, así como los diputados del Partido Nueva Alianza, Partido Verde Ecologista de México y Partido del Trabajo, en su exposición de motivos que la sustentan, señalan que:

    "Por disposición constitucional, la seguridad pública es una responsabilidad de Estado ineludible para los tres órdenes de gobierno: federal, estatal y municipal. De esta manera, el poder público tiene la obligación primigenia de salvaguardar el orden público en todo el país, dentro del marco normativo existente, así como el deber y la responsabilidad de garantizar a los mexicanos y a la sociedad en general, el libre ejercicio de su seguridad personal y el desarrollo de su personalidad, así como la salvaguarda de su patrimonio.

    Estamos transitando por una época especialmente difícil para México y definitoria para las instituciones, autoridades y personas, a lo largo y ancho de la república, que pone seriamente en riesgo el cumplimiento puntual de la obligación constitucional que comentamos. Nadie cuestiona, entonces, que la seguridad pública es una tarea que no puede ser eludida por las autoridades competentes, con el riesgo de que, si se ignora y deja de ser ejercida, el Estado perderá su esencia originaria, que da sentido a la convivencia social en el marco del Derecho. No hacerlo, permitiría que no fuera la ley ni el Derecho, sino la regla de la selva el remedio maligno contra tipo de males sociales. Ese estado de cosas, no debemos permitirlo las autoridades que tenemos competencia en la adecuada regulación de ese fenómeno, como es el caso de nosotros los diputados.

    Las dimensiones de esta tarea cuestionan la eficiencia y eficacia de las estructuras públicas con las cuales, las autoridades de los tres órdenes de gobierno, tratan de cumplir con su función. Por disposición jurídica, ese ejercicio se debe practicar respetando íntegramente los derechos humanos de los habitantes...

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