Decreto NO. 445 por el Que Aprueba Otorgar Diversas Pensiones por Jubilación, Vejez, Invalidez y VIUDEZ.

Tomo 103, Colima, Col., Sábado 17 de Marzo del año 2018; Núm. 20 pág. 28

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 445

POR EL QUE APRUEBA OTORGAR DIVERSAS PENSIONES POR JUBILACIÓN, VEJEZ, INVALIDEZ Y VIUDEZ.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes hace sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente

DECRETO

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 34 FRACCIÓN XIV Y 40 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO EXPIDE EL SIGUIENTE DECRETO. CON BASE EN LOS SIGUIENTES,

A N T E C E D E N T E S

  1. - Mediante oficios de DGCH/1066/2017, de fecha 06 de abril del 2017, DGCH/2510/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, No. 1681/2017 de fecha 30 de junio del 2017, DGCH/2535/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/2537/ 2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2636/2017, de fecha 23 de octubre del 2017, DGCH/2537/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2658/2017, de fecha 19 de octubre del 2017, DGCH/2536/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2119/2016, de fecha 15 de diciembre de 2016, DGCH/2533/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/2534/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/2542/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2317/ 2017, de fecha 04 de octubre del 2017, No. 883/2017 de fecha 31 de octubre del 2017 y DGCH/2596/2017, de fecha 10 de octubre del 2017, la Secretaría General de Gobierno remitió a este H. Congreso del Estado, diecisiete iniciativas del Poder Ejecutivo Estatal en las que contienen diversas solicitudes de pensiones por invalidez, jubilación, vejez y viudez, a favor de los CC. Lilia Ana María Rodríguez Montaño, Héctor Castañeda Cortés, Juan José Larios Andrade, Héctor Pinzón Collás, Ma. del Socorro Ramírez Ramírez, Alma Gudiño Zamora, Juan Anaya Velázquez, Ma. Antonia Andrade Ramírez, Ma. Socorro Montes Lizama, Ofelia Mireya Solórzano Trujillo, José Luis Serrano Magallón, Arturo Cortés, Rubén Farías Larios, Gustavo Ochoa Aguilar, Daniel Rodríguez Alcaraz, José Luis Valdez Tapia y María de Jesús Santos Nápoles.

  2. - Mediante oficio con número DPL/1780/017 de fecha 10 de enero de 2018, los Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del Honorable Congreso del Estado, turnaron la iniciativa en comento a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, las iniciativas ya descritas en el párrafo que antecede, para efecto de su estudio, análisis y elaboración del dictamen correspondiente.

  3. - El Director General de Capital Humano de la Secretaría de Administración y Gestión Pública del Gobierno del Estado, con fundamento en el artículo 69, fracción IX, de la Ley de los Trabajadores al Servicio del Gobierno, Ayuntamientos y Organismos Descentralizados del Estado de Colima, mediante oficios de números DGCH/1066/2017, de fecha 06 de abril del 2017, DGCH/2510/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, No. 1681/2017 de fecha 30 de junio del 2017, DGCH/ 2535/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/2537/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2636/2017, de fecha 23 de octubre del 2017, DGCH/2537/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2658/2017, de fecha 19 de octubre del 2017, DGCH/2536/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2119/2016, de fecha 15 de diciembre de 2016, DGCH/2533/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/2534/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, DGCH/ 2542/2017, de fecha 06 de octubre del 2017, DGCH/2317/2017, de fecha 04 de octubre del 2017, No. 883/2017 de fecha 31 de octubre del 2017 y DGCH/2596/2017, de fecha 10 de octubre del 2017, solicitaron al Titular del Poder Ejecutivo del Estado, la iniciación del trámite para autorizar pensiones por invalidez, jubilación, vejez y viudez, a favor de los CC. Lilia Ana María Rodríguez Montaño, Héctor Castañeda Cortés, Juan José Larios Andrade, Héctor Pinzón Collás, Ma. del Socorro Ramírez Ramírez, Alma Gudiño Zamora, Juan Anaya Velázquez, Ma. Antonia Andrade Ramírez, Ma. Socorro Montes Lizama, Ofelia Mireya Solórzano Trujillo, José Luis Serrano Magallón, Arturo Cortés, Rubén Farías Larios, Gustavo Ochoa Aguilar, Daniel Rodríguez Alcaraz, José Luis Valdez Tapia y María de Jesús Santos Nápoles; respectivamente.

  4. - Por lo antes expuesto, los diputados que integramos la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, procedimos a realizar el siguiente:

A N Á L I S I S D E L A S I N I C I A T I V A S

I.- Las iniciativas presentadas por el Titular del Poder Ejecutivo, en sus exposiciones de motivos que las sustentan, argumentan sustancialmente lo siguiente:

  1. Que la C. Lilia Ana María Rodríguez Montaño, nació el día 26 de septiembre de 1964, de conformidad a la certificación de nacimiento del acta No. 2103, correspondiente al mismo año, expedida por el Director del Registro Civil del Estado de Colima, el día 02 de febrero del 2017, acreditando una edad de 52 años, contando con una antigüedad de 20 años, 07 meses de servicio, de acuerdo a la certificación expedida por el Director de Educación Pública del Estado, a los treinta y un días del mes de marzo del año dos mil diecisiete.

    Cuenta con dos constancias médicas, la primera expedida el 01 de febrero del 2017, por un Médico Internista, con Cédula Profesional DGP 495035, en la cual señala que la paciente presenta Síndrome de SJOGREN con poliartritis severa secundaria, por lo que se recomienda Incapacidad Total Permanente, en vista de que este tipo de enfermedades autoinmunes se exacerban con tensiones laborales.

    La segunda constancia médica expedida el 07 de febrero del 2017, por un Médico Cirujano Especialista en Medicina Familiar, con Cedula Profesional de Especialidad No. 3414344 en la que hace constar que la trabajadora no puede desempeñar al 100% su función por enfermedad Crónica que padece como Síndrome de SJOGREN con poliartritis severa secundaria, lo que dificulta el desarrollo de sus actividades cotidianas y laborales, por lo que dictamina que se debe de incapacitar en forma definitiva de sus actividades laborables.

    Actualmente se encuentra adscrita a la Escuela Telesecundaria Matutina No. 8 "Dr. Guillermo Anguiano Landin", de Cedros, localidad de Manzanillo, Colima, dependiente de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con la categoría de Catedrática de Telesecundaria C/M III y Cat. de Secundaria II con 12.0 horas Interinas.

  2. Que el C. Héctor Castañeda Cortés, nació el día 09 de septiembre de 1961, según lo acredita con la certificación de nacimiento del acta No. 1654, correspondiente al mismo año, expedida por el Director del Registro Civil del Estado, el día 02 de octubre del 2006, acreditando una edad de 56 años, y cuenta con una antigüedad de 32 años de servicio, de acuerdo con la certificación expedida por el Director de Educación Pública, de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con fecha treinta y uno de agosto del año dos mil diecisiete.

    Actualmente se encuentra adscrito a la Esc. Sec. Vesp. No. 3 "Manuel Murguía Galindo", de Manzanillo, Colima, dependiente de la Secretaría de Educación del Gobierno del Estado, con la categoría de Cat. de Sec. C/M III, Nivel "B" con 38.0 horas.

  3. Que el C. Juan José Larios Andrade, nació el día 16 de marzo de 1963, según consta en la certificación de nacimiento del acta número 657, correspondiente al mismo año, expedida por el Director del Registro Civil del Estado, el día 17 de julio del 2006, contando con una edad de 54 años, contando con una antigüedad de 30 años de servicio como se acredita con la Certificación de la Sesión de Pleno Ordinario celebrado el día 29 de junio del año 2017, expedida por el Secretario General de Acuerdos Adjunto del Supremo Tribunal de Justicia del Estado el día 30 de junio del 2017, así como la Hoja de Servicios elaborada por el Jefe de la Unidad de Apoyo Administrativo del Supremo Tribunal de Justicia el 21 de junio del 2017.

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