Decreto No. 405 por El que Se Aprueba la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima

DEL GOBIERNO DEL ESTADOPODER LEGISLATIVODECRETO No. 405

POR EL QUE SE APRUEBA LA LEY ORGÁNICA DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COLIMA.

LIC. MARIO ANGUIANO MORENO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T OEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN II Y ARTICULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YC O N S I D E R A N D OPRIMERO.-

Que mediante oficio No. DGG-343/2012, de fecha 18 de mayo de 2012, el Lic. José Alberto Peregrina Sánchez, Director General de Gobierno, remitió a esta Soberanía la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto, suscrita por el Lic. Mario Anguiano Moreno, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, para expedir la Ley con Proyecto de Decreto la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima.

SEGUNDO.-

Mediante oficio No. 3488/012, de fecha 29 de mayo de 2012, los CC. Diputados Secretarios de la Mesa Directiva del H. Congreso del Estado, en Sesión Pública Ordinaria de esa misma fecha, turnaron a las Comisiones de Estudios Legislativos y Puntos Constitucionales, y de Justicia, Gobernación y Poderes para efectos de su análisis, estudio y dictamen correspondiente, la Iniciativa de Ley con Proyecto de Decreto relativa a expedir la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima.

TERCERO.-

Que la Iniciativa dentro de sus argumentos que la sustentan, sustancialmente señala que:

 PRIMERO.- Que la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Colima, vigente desde el día 08 de octubre de 1988 a la fecha, ha venido regulando la organización y funcionamiento de los órganos encargados de Impartir Justicia en el fuero de su competencia.

 Desde luego que la misma, ha estado en constante análisis y reformas con el fin de lograr ir a la par con los tiempos actuales, sin embargo, hace ya más de veintitrés años, que fue promulgada, y por consiguiente, ante los constantes requerimientos que se presentan en todo proceso de desarrollo social y más aún, por la necesidad de que el Estado continúe ejerciendo de forma pronta y expedita la impartición de justicia, tal y como lo señala la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, resulta imperativo adecuar y actualizar la estructura Orgánica por conducto de la cual el Poder Judicial, a través de sus órganos imparte justicia.

 SEGUNDO.- Partiendo de lo anterior, y derivado de la implementación del Nuevo Sistema de Justicia Penal en nuestro país, con la Reforma Constitucional de fecha 18 de junio de 2008, la Federación en coordinación con los Estados parte, específicamente Colima, nos propusimos entre otros retos afrontar, el poder constituir un Sistema Penal de corte Acusatorio Adversarial, con el único objetivo de seguir fortaleciendo el Estado de Derecho que hemos ido construyendo por el devenir de nuestros siglos. Un Estado de Derecho Democrático en donde se hacen respetar de mejor forma los derechos de la víctima y del procesado, sí como los intereses de la sociedad en su conjunto.

 TERCERO.- Es importante referir, que el proceso de implementación del nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial y Oral, no se constriñe al sólo cambio de nombre de juicios escritos a juicios orales; éste, va más allá; al constituir un sistema eficaz que contemple aspectos como: Educación, Economía, Justicia, Cultura de la legalidad, entre otros; y para lograrlo, debemos establecer los mecanismos adecuados, siguiendo los nuevos enfoques de planeación, reorganización, capacitación, infraestructura y equipamiento planteados por la Secretaría Técnica del Consejo de Coordinación para la Implementación del Sistema de Justicia Penal (SETEC), dependiente de la Secretaría de Gobernación, los cuales deben de ir ligados con la creación de nuevos ordenamientos legales que le den sustento a la implementación del proceso ya referido.

 En ese sentido, los cambios Constitucionales anteriormente expresados, deben manifestarse a través de las leyes sustantivas, adjetivas y orgánicas de los Estados, para efectos de brindar a la sociedad una mejor y mayor impartición de Justicia; por ello, los Poderes Ejecutivo, Legislativo y Judicial del Estado de Colima, tenemos como objetivo prioritario poner a nuestro Estado, en la cúspide de la protección de los derechos fundamentales, y para lograrlo armonizaremos todas aquellas figuras procesales que estén vinculadas con la propia dinámica social e inclusive con las nuevas tecnologías de la información.

 CUARTO.- Por todo lo ya referido, el Gobierno del Estado, a través de la coordinación interinstitucional de los tres Poderes, Ejecutivo, Legislativo y Judicial, creamos una Comisión para la implementación de Nuevo Sistema de Justicia Penal; y un grupo de Trabajo, integrado por los enlaces que fueron designados por las diversas dependencias que integran los tres Poderes en el Estado; participando en el eje de normatividad, con la perspectiva de implementar el Nuevo Sistema de Justicia Penal Acusatorio Adversarial en la entidad; consolidando un nuevo texto que garantice el acceso a la justica y la efectividad en la tutela de los...

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