Decreto no. 308. Por el que se reforman diversas disposiciones de la ley orgánica del poder legislativo y del reglamento interior del congreso del Estado.

Fecha de publicación30 Diciembre 2016
Número de Gaceta4-EXT
Poder Legislativo

MARIANO GONZÁLEZ ZARUR, Gobernador del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA

DECRETO No. 308 ARTÍCULO PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos; 45 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala 3, 5 fracción I, 7, 9 fracción II y 10 apartado “A” fracción II, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado de Tlaxcala; se reforma el párrafo primero del artículo 4 de la Ley Orgánica del Poder Legislativo, para quedar como sigue: Artículo 4. Cada año legislativo del Congreso del Estado se contará del quince de enero al catorce de enero del año siguiente; habrá dos periodos de sesiones ordinarias, el primero iniciará el quince de enero y concluirá el treinta de mayo y el segundo comenzará el primero de agosto y terminará el quince de diciembre.

… ARTÍCULO SEGUNDO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo que antecede se reforma el artículo 18 del Reglamento Interior del Congreso del Estado.

Artículo 18. La Comisión Permanente funcionará en los períodos siguientes: Del dieciséis de mayo al treinta y uno de julio y del dieciséis de diciembre al catorce de enero del año siguiente.

T R A N S I T O R I O S ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor el día quince de diciembre del año dos mil diecisiete.

ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado.

ARTÍCULO TERCERO. Se derogan todas aquellas disposiciones que se opongan al contenido del presente Decreto.

AL EJECUTIVO PARA QUE LO MANDE PUBLICAR Dado en la sala de sesiones del Palacio Juárez, recinto oficial del Poder Legislativo del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, en la Ciudad de Tlaxcala de Xicohténcatl, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis.

C. SANTIAGO SESÍN MALDONADO.- DIP.

PRESIDENTE.- Rúbrica.- C....

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