Decreto NO. 288 por el Que Se Reforman Diversas Disposiciones de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, en Materia de Derechos HUMANOS.
Tomo 102, Colima, Col., Sábado 03 de Junio del año 2017; Núm. 38 pág. 19.
DECRETO No. 288
POR EL QUE SE REFORMAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN MATERIA DE DERECHOS HUMANOS.
JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed: Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente
D E C R E T O
EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCION II Y 130, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA Y PREVIA APROBACIÓN DE LA CAMARA DE DIPUTADOS Y LOS AYUNTAMIENTOS DEL ESTADO, EN NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA:
DECRETO No. 288
QUE REFORMA EL PÁRRAFO PRIMERO DEL ARTÍCULO 86 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA. ÚNICO.- Es de aprobarse y se aprueba reformar el párrafo primero del artículo 86 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, para quedar como sigue: Artículo 86.- La Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima será el organismo público dotado de plena autonomía, con personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía presupuestaría, técnica y de gestión en el ejercicio de sus atribuciones, de carácter permanente, de servicio gratuito y de participación ciudadana, que estará a cargo de la protección y defensa en la Entidad, de los derechos humanos que otorgue el orden jurídico mexicano. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . .
T R A N S I T O R I O ÚNICO.- El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial "El Estado de Colima".
El Gobernador del Estado dispondrá se publique, circule y observe.
DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO
Dado en el Recinto Oficial del Poder Legislativo, a los 05 cinco días del mes de abril del año 2017 dos mil diecisiete. DIP. FRANCISCO JAVIER CEBALLOS GALINDO, PRESIDENTE. Rúbrica. DIP. JOSÉ ADRIAN OROZCO NERI, SECRETARIO. Rúbrica. DIP. CRISPÍN GUERRA CÁRDENAS, SECRETARIO. Rúbrica.
Por lo...
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