Decreto NO. 211 Relativo a la Cuenta Pública Correspondiente Al Ejercicio Fiscal 2015, del Poder Judicial del Estado de Colima, con Base Al Contenido del Informe de Resultados Emitido por el órgano Superior de Fiscalización Gubernamental del Estado, Sin Observaciones en Materia de RESPONSABILIDADES.

Tomo 101, Colima, Col., Sábado 24 de Diciembre del año 2016; Núm. 81, pág. 2.

DEL GOBIERNO DEL ESTADO PODER LEGISLATIVO

DECRETO No. 211

RELATIVO A LA CUENTA PÚBLICA CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO FISCAL 2015, DEL PODER JUDICIAL DEL ESTADO DE COLIMA, CON BASE AL CONTENIDO DEL INFORME DE RESULTADOS EMITIDO POR EL ÓRGANO SUPERIOR DE FISCALIZACIÓN GUBERNAMENTAL DEL ESTADO, SIN OBSERVACIONES EN MATERIA DE RESPONSABILIDADES.

JOSÉ IGNACIO PERALTA SÁNCHEZ, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente:

D E C R E T O

EL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 33 FRACCIÓN III Y 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, Y

C O N S I D E R A N D O:

PRIMERO. El Congreso del Estado detenta la potestad Constitucional de revisar y fiscalizar las cuentas públicas que le presente el Poder Judicial del Estado de Colima; facultad realizada a través del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado OSAFIG, en los términos y atribuciones establecidas en el artículo 115, fracción IV, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; y sus correlativos 33, fracción XI y 116 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima. En consecuencia, corresponde a esta Soberanía, expedir el Decreto en el que se consigne la conclusión del proceso de revisión y fiscalización de los resultados de las cuentas públicas, a más tardar el 30 de noviembre del año de su presentación, con base en el contenido del Informe de Resultados que le remita el OSAFIG.

Derivado del proceso efectuado para nombrar al titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, y en virtud de la convocatoria emitida por la Comisión de Gobierno Interno y Acuerdos Parlamentarios de la Quincuagésima Séptima Legislatura del H. Congreso del Estado, se designó al L.A.F. Carlos Armando Zamora González, Auditor Superior del Estado, por un período de siete años, mediante acuerdo número 50, del 28 de Agosto de 2015.

SEGUNDO. El Titular del Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, en ejercicio de sus atribuciones, turnó mediante oficio 668/2016, de fecha del 29 de septiembre del 2016, a la Comisión de Hacienda, Presupuesto y Fiscalización de los Recursos Públicos, el Informe de Resultados del Poder Judicial del Estado de Colima, correspondiente a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015, radicada bajo expediente número (II) FS/15/24. En cumplimiento a lo previsto en los artículos 33, fracciones XI y XXXIX, 116, fracción V, y 118 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima; y 34 y 36 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado.

TERCERO. Con fundamento en los artículos: 33, fracción XI y 116, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Colima, y 3, 4,14 y 15, fracciones I, II y V, 16, fracciones I y II, 17 inciso a), b), y 21 de la Ley de Fiscalización Superior del Estado; ese Órgano Superior de Auditoría y Fiscalización Gubernamental del Estado, radicó bajo expediente, número (II) FS/15/24, la auditoría a la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015, del Poder Judicial del Estado de Colima. Se le notificó al C. Lic. Rafael García Rincón, Magistrado Presidente del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, mediante oficio número 289/2016, del 24 de mayo 2016, signado por el Auditor Superior del Estado, el inicio y ejecución de los trabajos correspondientes a la Fiscalización Superior, así como los auditores comisionados y habilitados para realizarla.

CUARTO. El Auditor Superior del Estado efectuó la entrega física y legal del Informe de Auditoría y las Cédulas de Resultados Primarios: Financieros correspondientes de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015, del Poder Judicial del Estado de Colima, mediante oficio número 570/2016 recibido el 19 de agosto de 2016. Otorgando un plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente de la notificación del referido oficio, para que se diera respuesta y exhibiera los elementos, justificaciones y aclaraciones que a su derecho convengan de las observaciones señaladas.

QUINTO. Con oficio número 167/2016 del 30 de agosto de 2016, el C.P. Marco Antonio Larios Maldonado, Titular de la unidad de Apoyo Administrativo, solicitó ampliación de plazo para dar respuesta a las Cédulas de Resultados Primarios: Financieros correspondientes de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015. Petición a la que se dio formal respuesta, con oficio 621/2016 del 30 de agosto de 2016, otorgándole 3 (tres) días hábiles adicionales improrrogables al plazo otorgado inicialmente.

SEXTO. El Poder Judicial del Estado de Colima, mediante oficio número 128/2016 del 30 de agosto de 2016, y recibido el mismo día por ese órgano de fiscalización, contestó la solicitud de aclaración y proporcionó sustento documental de las observaciones señaladas de la cuenta pública del ejercicio fiscal 2015. Entregó diversos documentos, los cuales fueron valorados por el personal del OSAFIG.

SÉPTIMO. La cuenta pública del ejercicio fiscal 2015, del Poder Judicial del Estado de Colima, fue recibida por el H. Congreso del Estado y remitida al Órgano Superior de Auditoría y...

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