Decreto no. 127. Se declara al año “2018 centenario de la constitución política del Estado libre y soberano de Tlaxcala”.

Fecha de publicación07 Febrero 2018
Número de Gaceta6-4ª SECC
Poder Legislativo

MARCO ANTONIO MENA RODRÍGUEZ Gobernador del Estado a sus habitantes sabed Que por conducto de la Secretaría Parlamentaria del Honorable Congreso del Estado, con esta fecha se me ha comunicado lo siguiente EL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TLAXCALA, A NOMBRE DEL PUEBLO DECRETA.

DECRETO No. 127 ARTÍCULO PRIMERO. Con fundamento en lo dispuesto por los artículos 45, 46 fracción I, 47, 48 y 54 fracción II de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala; 9 fracción II y 10 apartado “A” de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado; 47 fracción II, 114 y 115 del Reglamento Interior del Congreso del Estado de Tlaxcala, se declara al año “2018 Centenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala”.

ARTÍCULO SEGUNDO. Deberá insertarse la leyenda: “2018 Centenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala”, en toda la correspondencia de los Poderes del Gobierno del Estado, Ayuntamientos y Organismos Autónomos.

ARTÍCULO TERCERO. Se faculta a la Comisión de Educación, Cultura, Ciencia y Tecnología, para que realice un calendario de actividades cívicas, educativas, culturales y sociales para conmemorar el “Centenario de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala”.

ARTÍCULO CUARTO. Se establece que el día 2 de octubre de 2018, se efectúe sesión solemne para reconocer a los Diputados Constituyentes de 1918.

ARTÍCULO QUINTO. Con fundamento en lo dispuesto por el artículo 104, fracciones I y XIII, de la Ley Orgánica del Poder Legislativo del Estado, se faculta al Secretario Parlamentario de esta Soberanía haga de conocimiento el presente Decreto a los Poderes de Gobierno del Estado, Ayuntamientos y Organismos Autónomos, para su debido cumplimiento.

TRANSITORIOS ARTÍCULO PRIMERO. El presente Decreto entrará en vigor al momento de su aprobación.

ARTÍCULO SEGUNDO. Publíquese el presente Decreto en el Periódico Oficial del Gobierno del Estado de Tlaxcala.

ARTÍCULO TERCERO. Se derogan todas las disposiciones que se opongan al presente Decreto.

AL EJECUTIVO...

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