Decreto Municipal No. 01 que crea la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Elota

Fecha de publicación17 Febrero 2014
EstadoSinaloa
MunicipioElota
Lunes
17
de Febrero de 2014 «EL ESTADO
DE
SINALOA» 5
AYUNTAMIENTOS
lng.
Arturo
Rodrfguez
Castillo
, Presidente Municipal de Elota, Sinaloa, a sus habitantes hace saber:
Que
el
H. Ayuntamiento de este municipio, por conducto de su Secretaria , se ha servido comunicarme para los
efectos correspondientes lo siguiente:
Que
en
la
Segunda Sesión de Cabildo celebrada el día 24 de enero de 2014, el H. Ayuntamiento de Elata,
en
ejercicio de las facultades conferidas por los artículos 115 de la Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos; 110,
121
y 125, fracción
11
de la Constitución Política del Estado de Sinaloa; 27, fracción
1,
85, fracción 1 y
88
de
la
Ley de Gobierno Municipal del Estado de Sinaloa, tuvo a bien aprobar el siguiente:
Decreto
número
01
Que crea la
Junta
Municipal
de
Agua
Potable y
Alcantarillado
del
Municipio
de
Elota
CAPÍTULO !
DE
LA
NATURALEZA, DENOMINACIÓN Y DOMICILIO
DE
LA
JUNTA
MUNICIPAL
Artículo
1.-
Se
establece
la
Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Elata, como
un
organismo público descentralizado de la administración municipal, con personalidad jurídica y patrimonio propio.
Artículo
2.-
El
domicilio social de la Junta Municipal
de
Agua Potable y Alcantarillado del Municipio
de
Elata, estará
en
la ciudad
de
La
Cruz, Elata , Sinaloa , y podrá establecer dependencias, oficinas e instalaciones en cualquier otro
lugar o población del municipio de Elata, Sinaloa.
Articulo
3.- Para los efectos del presente Decreto, se entenderá por:
l.
CEAPAS:
11
. Consejo Directivo:
111.
Gerente Genera
l:
IV.
Junta Municipal:
V. Ley:
VI.
Presidente Municipal:
A la Comisión Estatal de Agua Potable y Alcanta
ri
llado del Estado de Sinaloa;
Al Consejo Directivo de
la
Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del
Municipio de Elota;
Al Gerente General de
la
Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del
Municipio de Elata;
A la Junta Municipal de Agua Potable y Alcantarillado del Municipio de Elata;
A
la
Ley
de
Agua Potable y Alcantarillado del Estado de Sinaloa; y ,
Al Presidente Municipal de Elata, Sinaloa .
CAPÍTULOll
DE
LAS FUNCIONES
DE
LA
JUNTA MUNICIPAL ·%
Artículo
4.-
La
Junta Municipal tendrá las siguientes funciones y atribuciones:
l. Administrar, operar , mantener, ampliar y
mej~rar
los sistemas y servicios de agua potable.
alcantarillado~
saneamiento de los centros poblados de
su
jurisdicción;
11.
Facturar y recaudar el importe de los servicios conforme a las tarifas y cuotas en vigor, asi como los adeudos
generados por el incumplimiento del pago oportuno;
111.
Tener la administración general de los bienes muebles e inmuebles de
su
propiedad;
IV. Programar en coordinación con
el
Ayuntamiento, las obras necesarias de construcción, conservación,
mantenimiento, rehabilitación y ampliación de
los
sistemas de su jurisdicción y, en su caso, llevar a cabo la
ejecución de las mismas;
V. Recibir las obras de agua potable, alcantarillado y saneamiento que se construyan
en
su jurisdicción;
VI.
Formular y mantener
el
padrón de usuarios;
VII. Contratar los servicios con los usuarios , cobrar las tarifas y cuotas correspondientes y realizar las
instalaciones necesarias;
VIII. Atender las quejas y los recursos interpuestos por los usuarios ;
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2.33

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