Decreto que modifica el Manual General de Organización del municipio de San Juan del Río, Qro., por cuanto ve a la Secretaría de Desarrollo Agropecuario, Secretaría de Servicios Públicos Municipales y a la Secretaría de Desarrollo Sustentable del municipio de San Juan del Río, Qro.

Pág. 13266 PERIÓDICO OFICIAL 1 de junio de 2022
GOBIERNO MUNICIPAL
El Lic. Roberto Carlos Cabrera Valencia, Presidente Municipal Constitucional de San Juan del Río, Qro.,
con fundamento en lo dispuesto por los artículos 35 de la Constitución Política del Estado Libre y
Soberano de Querétaro; y 30, fracción I, de la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro, y:
CONSIDERANDO
I Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su artículo 43, reconoce que la
Federación se encuentra integrada por 31 -treinta y un- Estados y la Ciudad de México, en relación de lo anterior,
el artículo 115, establece que los mismos adoptarán, para su régimen interior, la forma de gobierno republicano,
representativo, democrático, laico y popular, teniendo como base de su división territorial y de su organización
política y administrativa, el Municipio libre.
En términos del propio artículo 115 Constitucional, refiere que el Municipio, se encuentra investido de
personalidad jurídica y dotado de patrimonio propio y será gobernado por un Ayuntamiento de elección popular
directa.
II Que el municipio, como forma de organización política, cuenta con atribuciones de índole política,
constituidas por sus atribuciones para el ejercicio del poder, así como de naturaleza administrativa, relativas a la
organización del gobierno. Estas últimas son a través de la cuales se establecen normas propias para una
adecuada convivencia de sus habitantes y para que el gobierno municipal ejerza las acciones de dirigir,
administrar, mandar o conducir las acciones de una comunidad.
En tal sentido, el Gobierno Municipal se le atribuye la facultad reglamentaria contenido en los ordenamientos, los
cuales contemplan la posibilidad de expedir reglamentos municipales, acuerdos y manuales administrativos para
el funcionamiento de los servicios y las tareas a su cargo.
III Que en el ámbito estatal, en específico, en el artículo 7 de la Constitución Política del Estado de
Querétaro, refiere que la soberanía del Estado reside esencial y originalmente en el pueblo, de éste emana el
Poder Público que se instituye exclusivamente para su beneficio; adopta para su régimen interior la forma de
gobierno republicano, representativo, democrático y popular, teniendo como base de su organización política y
administrativa, el Municipio Libre.
IV Que la Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro guarda afinidad con el texto constitucional,
refiriendo que cada Municipio será gobernado por un Ayuntamiento, autónomo para organizar la administración
pública municipal, con autoridades propias, funciones específicas y libre administración de su hacienda,
ejerciendo atribuciones en el ámbito de su competencia sin intervención de autoridad entre éste y Gobierno del
Estado.
Así también, posibilita a los ayuntamientos a crear las secretarías, direcciones y departamentos que sean
necesarios para el desahogo de los negocios del orden administrativo y la eficaz prestación de los servicios
públicos municipales.
Por lo anterior, el Ayuntamiento tiene la atribución de ir armonizando la normatividad interna del Municipio a fin
de hacerla acorde con las necesidades y requerimientos sociales; pero también, afines con las condiciones
internas del trabajo diario de la Administración Municipal y del entorno socio económico y demográfico nacional
siguiendo los principios de austeridad, economía, eficacia y eficiencia.
V Que en ejercicio de las facultades reglamentarias y administrativas conferidas al Municipio; el
Ayuntamiento del Municipio de San Juan del Río, Qro., en Sesión Ordinaria de Cabildo de fecha 23 de diciembre
del año 2021, en el Séptimo punto, del orden del día, por unanimidad aprobó el Manual General de Organización
del Municipio de San Juan del Río, Querétaro; instrumento legal que estructura la administración pública
municipal, así como la distribución de competencias.

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