Decreto que Crea el 'instituto Colimense de La Charrería'
Fecha de disposición | 15 Noviembre 2008 |
Fecha de publicación | 15 Noviembre 2008 |
Sección | Sección General |
Número de Gaceta | 49 |
DECRETOQUE CREA EL "INSTITUTO COLIMENSE DE LA CHARRERÍA".
JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, en ejercicio de la facultad que al Ejecutivo a mi cargo le confiere el artículo 58, fracciones III y XL, de la Constitución Política Estatal y con fundamento en el artículo 28 y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado; y C O N S I D E R A N D OQue es fundamental para el Gobierno del Estado de Colima, fomentar y promover acciones que impulsen las tradiciones mexicanas en todas y cada una de sus formas, es por ello que se considera importante crear un espacio y una Institución que fomente la práctica de ejercicios físicos que tengan como base la equitación mexicana, desarrollando con ello una de las costumbres mas importantes de México, la Charrería.
Que la Charrería nació en los campos mexicanos, practicada por hombres criollos y mestizos que pasaban su vida a caballo y tenían una extraordinaria destreza en la coleada, en el jaripeo y en la herrada; fue así como nacieron los hombres combatientes en las luchas revolucionarias, en busca de la estabilización del país y de estos hombres revolucionarios nació el Charro, quien haciendo gala de su porte y virilidad representa dignamente a México.
Que estos guerreros también llamados chinacos, contribuyeron a darnos esa ansiada libertad, que tanto nos urgía, quienes ya convertidos en Charros, mejoran las suertes del campo llevándolas a un Lienzo Charro y reglamentándolo, es así como en 1932 mediante Decreto oficial emitido por el presidente Abelardo L. Rodríguez, la Charrería organizada es considerada como deporte nacional, pero fue hasta años después, siendo el presidente el C. Pascual Ortiz Rubio, quien Decretó Oficialmente que el traje de Charro adquiriera el título del atuendo oficial y símbolo de nuestra nacionalidad.
Que la Charrería crea en nuestros jóvenes un estilo de vida que les forja el carácter, les otorga disciplina, personalidad y una sólida identidad, además convoca a las familias a apoyar y participar activamente en la Charerría, pudiendo constatar la raíz vital de valores y tradiciones a través de más de cinco generaciones que tenemos el orgullo de ser Nacionales, pero para la consecución de tal fin, surge la necesidad de crear una Institución que se avoque a la consolidación de la Charrería en el Estado de Colima.
Por lo expuesto, tengo a bien expedir el siguiente:
DECRETOQUE CREA EL "INSTITUTO COLIMENSE DE LA CHARRERÍA" CAPÍTULO PRIMERO NATURALEZA, OBJETO Y ATRIBUCIONES
Se crea el INSTITUTO COLIMENSE DE LA CHARRERÍA con el carácter de organismo público descentralizado de la Administración Pública Estatal, dotado de personalidad jurídica y patrimonios propios para el pleno cumplimiento de sus atribuciones, objetivos y fines.
El INSTITUTO COLIMENSE DE LA CHARRERÍA tendrá su domicilio en la Ciudad de Colima, Col. y en razón de la naturaleza jurídica del INSTITUTO COLIMENSE DE LA CHARRERÍA, éste tendrá autonomía técnica y de gestión para cumplir con sus atribuciones, objetivos y fines.
PODER EJECUTIVO
Para los efectos del presente Decreto, se entenderá por:
I.
INSTITUTO, al Instituto Colimense de la Charrería;
II.
Director, al Director General del INSTITUTO; y III.
Decreto, al presente Ordenamiento.
El INSTITUTO tendrá por objeto:
I.
Promover y fomentar entre la población colimense el deporte de la Charrería, que nos identifica como mexicanos, como instrumento de desarrollo de la cultura, el deporte y la integración social;
II.
Fomentar la práctica de actividades relacionadas con la Charrería con el fin de preservar nuestras raíces, tradiciones, usos, costumbres, idiosincrasia y nuestro acervo cultural;
III.
Impulsar el desarrollo de la Charrería en los Municipios del Estado, procurando su extensión entre la población, y ampliando su interés y práctica en toda la Entidad; fomentando la integración de la Charrería organizada;
IV.
Preservar los lazos, los principios y los valores familiares y de identidad que caracterizan a la familia Charra mexicana y, en particular, la colimense;
V.
Difundir la práctica del deporte de la Charrería entre la población, particularmente entre los educandos dentro del marco del deporte, promoción de la cultura, integración social, de la recreación y sano esparcimiento, de la armonía e integración familiar y social, que coadyuve a la juventud a la disuasión de vicios y prácticas nocivas para la salud; y VI.
Establecer, promover y desarrollar planes, programas y acciones permanentes de...
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