Decreto por el cual el Gobierno del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, asume El Mando Funcional y Operativo del Servicio Público de Tránsito y Vialidad del Municipio de Córdoba, bajo el esquema de Mando Único Policial

Fecha de publicación20 Marzo 2013
EstadoVeracruz
MunicipioCórdoba
Miércoles 20 de marzo de 2013 GACETA OFICIAL Página 3
Decreto por el cual el Gobierno del Estado de Veracruz
de Ignacio de la Llave, asume el mando funcional y opera-
tivo de la seguridad pública y policía preventiva del mu-
nicipio de Córdoba, bajo el esquema de Mando Único
Policial.
Artículo Primero. El Gobierno del Estado de Veracruz de
Ignacio de la Llave, a través de la Secretaría de Seguridad Públi-
ca, se hará cargo de la función de seguridad pública y asumirá el
mando funcional y operativo de la policía preventiva del muni-
cipio de Córdoba, bajo el esquema de Mando Único Policial.
Artículo Segundo. Se instruye al Secretario de Seguridad
Pública a que, en el ámbito de su competencia, dé cumplimiento
al presente Decreto y suscriba el instrumento relativo con el H.
Ayuntamiento de Córdoba, para convenir las acciones de cola-
boración y coordinación, en términos funcionales y operativos.
Artículo Tercero. Se instruye al Secretario de Finanzas y
Planeación a realizar las ampliaciones presupuestales necesa-
rias para el adecuado cumplimiento del presente Decreto.
T R A N S I T O R I O S
Primero. El presente Decreto entrará en vigor el día de su
publicación en la Gaceta Oficial del estado.
Segundo. Comuníquese esta disposición en forma personal
al presidente municipal de Córdoba, Veracruz de Ignacio de la
Llave.
Tercero. Se derogan y extinguen todas las disposiciones
que se opongan al presente Decreto.
Dado en el Palacio de Gobierno, residencia oficial del Poder
Ejecutivo, ciudad de Xalapa-Enríquez, Veracruz de Ignacio de la
Llave, a los veinte días del mes de marzo del año dos mil trece.
CÚMPLASE.
Javier Duarte de Ochoa
Gobernador del Estado
Rúbrica.
folio 418
Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos.—
Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.
Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y
Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, con fundamento
en los artículos 49, fracción IV, y 71, fracción XI, inciso h) de l a
Constitución Política del Estado, en relación con el artículo
115 fracciones III y VII de la Constitución Política de los Es-
tados Unidos Mexicanos; así como 36, fracción X, de la Ley
Orgánica del Municipio Libre, 7, fracción II, de la Ley del Sis-
tema Estatal de Seguridad Pública, y 10, fracción II Bis, y 11
Bis de la Ley de Tránsito y Transporte, ordenamientos estos
últimos del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave; y
C O N S I D E R A N D O
Que de conformidad con las políticas públicas instituidas
por el Gobierno de la República y por el Gobierno del Estado en
los foros públicos donde coinciden los diversos gobiernos de
las entidades federativas, para el propósito de fortalecer las
instituciones encargadas de la seguridad pública en todo el
país y garantizar la óptima coordinación de acciones guberna-
mentales para integrar una sola fuerza de combate a la delin-
cuencia.
Que es acuerdo de los mandatarios estatales agrupados en
la Conferencia Nacional de Gobernadores (CONAGO), impulsar
el establecimiento del Mando Único Policial en las entidades
federativas, conforme a la convocatoria del Presidente de la
República, Licenciado Enrique Peña Nieto, y de conformidad
con la iniciativa que en ese sentido hizo el Gobernador del Esta-
do, Dr. Javier Duarte de Ochoa, en la Sesión del pasado 18 de
febrero.
Que, en esta lógica institucional, los Presidentes Municipa-
les agrupados en la Federación Nacional de Municipios de
México, A.C., se pronunciaron también en favor de la instru-
mentación del modelo de Mando Único Policial, con la convic-
ción de que es fundamental avanzar en un federalismo compar-
tido y corresponsable al servicio del interés superior de la so-
ciedad.
Que, por tanto, las autoridades del estado de Veracruz y sus
municipios, atendiendo a circunstancias y objetivos particula-
res, pueden y deben establecer mecanismos y compromisos
apropiados para avanzar en este propósito, con pleno apego al
marco constitucional en la materia.
Que es facultad del titular del Poder Ejecutivo del Estado,
ordenar las medidas necesarias para velar por la conservación
del orden, tranquilidad y seguridad del Estado, disponiendo al
efecto de las corporaciones policiales estatales y de las munici-
pales en los términos señalados en las disposiciones que fun-
damentan el presente Decreto, con el propósito superior de sal-
vaguardar los intereses y la seguridad de la sociedad
veracruzana.
Que es obligación del Estado garantizar la uniformidad, con-
tinuidad y permanencia en la prestación del servicio público
relativo a las tareas de tránsito, en el contexto amplio de las

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