Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 13-27-46 hectáreas de terrenos de agostadero de uso común, del ejido José María Pino Suárez, Municipio de Centro, Tab.

Fecha de disposición01 Diciembre 2017
Fecha de publicación01 Diciembre 2017
EmisorSECRETARIA DE DESARROLLO AGRARIO, TERRITORIAL Y URBANO
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafos segundo y tercero de la propia Constitución; 13 y 41 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 93, fracción V, y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 6, fracciones IV y V, de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y

RESULTANDO

PRIMERO.- Que el crecimiento desordenado de las poblaciones ubicadas en el municipio de Centro, estado de Tabasco, ha provocado que sobre los terrenos del ejido denominado "JOSÉ MARÍA PINO SUÁREZ", se hayan establecido asentamientos humanos irregulares, lo que ha dado lugar a inseguridad jurídica en la tenencia de la tierra para los ejidatarios y los poseedores de las construcciones asentadas en dichos predios ejidales, además de dificultar el acceso a los servicios públicos básicos para una subsistencia digna.

SEGUNDO.- Que para resolver la situación a que se refiere el resultando que antecede, mediante oficio número 1.0/028/2016 de 29 de febrero de 2016, la Comisión para la Regularización de la Tenencia de la Tierra, hoy Instituto Nacional del Suelo Sustentable, solicitó a la Secretaría de Desarrollo Agrario, Territorial y Urbano, la expropiación de 15-12-31 hectáreas, de terrenos del ejido denominado "JOSÉ MARÍA PINO SUÁREZ", municipio del Centro, estado de Tabasco, para destinarlos a su regularización y titulación legal mediante la venta a los avecindados de los solares que ocupan, la venta de los lotes vacantes a los terceros que le soliciten un lote, así como la donación de las áreas necesarias para equipamiento, infraestructura y servicios urbanos y municipales en la zona, conforme a lo establecido en los artículos 93, fracción V y 94 de la Ley Agraria, en relación con el artículo 5, fracciones IV y VI, de la Ley General de Asentamientos Humanos, hoy artículo 6, fracciones IV y V de la Ley General de Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley.

TERCERO.- Que el expediente fue registrado con el número 13742/CORETT. El núcleo agrario fue notificado de la instauración del procedimiento expropiatorio a través de los integrantes del Comisariado Ejidal, mediante cédula de notificación de 18 de noviembre de 2016, recibida el mismo día, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto.

Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 13-27-46 hectáreas de terrenos de agostadero de uso común.

CUARTO.- Que terminados los trabajos técnicos e informativos mencionados en el resultando anterior y analizadas las constancias existentes en el expediente de que se trata, se verificó que por Resolución Presidencial de 23 de junio de 1937, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 22 de julio del mismo año y ejecutada el 20 de noviembre de 1937, se concedió por concepto de dotación de tierras para constituir el ejido denominado "JOSÉ MARÍA PINO SUÁREZ", municipio del Centro, estado de Tabasco, una superficie de 694-00-00 hectáreas, para beneficiar a 50 campesinos capacitados en materia agraria, más la parcela escolar; por Resolución Presidencial de 22 de abril de 1942, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo y ejecutada el 26 de julio del mismo año, se concedió por concepto de ampliación de ejidos al núcleo agrario denominado "JOSÉ MARÍA PINO SUÁREZ" (ANTES TIERRA COLORADA), municipio del Centro, estado de Tabasco, una superficie de 279-00-00 hectáreas, para beneficiar a 55 campesinos capacitados en materia agraria, más la escuela rural; por Decreto del Ejecutivo Federal...

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