Decreto por el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.
Fecha de entrada en vigor | 08 Junio 2023 |
Emisor | SECRETARIA DE GOBERNACION |
Fecha de publicación | 07 Junio 2023 |
Sección | UNICA. Poder Ejecutivo |
DECRETOpor el que se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares.Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de laRepública.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, a sus habitantessabed:
Que el Honorable Congreso de la Unión, se ha servido dirigirme el siguiente
DECRETO
"EL CONGRESO GENERAL DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, DECRETA:
SE EXPIDE EL CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES
Artículo Único.- Se expide el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, para quedar comosigue:
CÓDIGO NACIONAL DE PROCEDIMIENTOS CIVILES Y FAMILIARES
Libro Primero
Del Sistema de Impartición de Justiciaen Materia Civil y Familiar
Título Primero
Disposiciones Generales
Capítulo I
Del Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares
Sección Primera
Formalidades del Procedimiento
Artículo 1. Las disposiciones de este Código Nacional son de orden público, interés social y observanciageneral en todo el territorio nacional, tienen por objeto establecer la regulación procesal civil y familiar, conbase en los derechos humanos previstos en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en losTratados Internacionales de los que el Estado mexicano sea parte.
Artículo 2. Para los efectos de este Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares, seentenderá por:
I.Ajustes de Procedimiento. Las modificaciones y adaptaciones necesarias y adecuadas parafacilitar y garantizar el desempeño de las funciones efectivas de las personas que pertenecen alos grupos sociales en situación de vulnerabilidad como participantes directos e indirectos, entodos los procedimientos judiciales, así como el acceso a la justicia en igualdad de condiciones;
II.Apoyo. Formas de asistir en el Procedimiento a las personas para facilitar su comprensión,ejercicio y manifestación de voluntad, derechos y obligaciones;
III.Archivo o documento electrónico. Con independencia del formato en que se encuentre,comprenden el escrito que es generado, consultado, modificado o procesado por medioselectrónicos, digitales u ópticos, enviado, recibido, almacenado o utilizado a través de sistemasde justicia digital;
IV.Área de transmisión. Espacio físico desde donde los intervinientes en un procedimiento enlínea participan en una audiencia o diligencia virtuales, usando la herramienta de sala virtualdesignada para tal propósito;
V.Audiencia virtual. Cualquier audiencia de las previstas en este Código Nacional celebrada através de una sala virtual;
VI.Autoridad jurisdiccional. Jueza, juez, magistrada, magistrado u órganos del Poder Judicial,con facultades para emitir resoluciones en el ejercicio de impartición de justicia dentro del ámbitode sus respectivas competencias;
VII.Cadena de bloques. Conjunto de tecnologías cuyas características buscan posibilitar latransferencia de valor en entornos digitales a través de métodos de consenso y cifrado. Desdeun punto de vista técnico, y atendiendo a sus características, una cadena de bloques es unabase de datos, descentralizada y distribuida en una red de computadoras, formada por unconjunto de registros vinculados donde se almacenan transacciones o datos, que han sidodiseñados para evitar su modificación o manipulación no autorizada, una vez que un dato hasido publicado. Una cadena de bloques es pública cuando es abierta, transparente, cualquierapuede unirse, tener acceso a ella, enviar transacciones y participar en el proceso de consenso ovalidación de datos. Se consideran cadenas de bloques sin permiso o no permisionadas, ya queno hay restricciones y la participación en ellas no está controlada por un administrador o por uncuerpo central de gobierno;
VIII.Certificado digital. Mensaje de datos o registro que confirme el vínculo entre un firmante y laclave privada;
IX.Clave privada. Los datos que el firmante genera de manera secreta y utiliza para crear su firmaelectrónica avanzada, a fin de lograr el vínculo entre dicha firma electrónica avanzada y elfirmante;
X.Código Civil. Los Códigos Civiles y Familiares, Federal o Locales;
XI.Código Nacional. El Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares;
XII.Declaración especial de ausencia por desaparición. Se entenderá lo previsto en la LeyGeneral en materia de Desaparición Forzada, Desaparición cometida por Particulares y delSistema Nacional de Búsqueda, en la Ley Federal de Declaración Especial de Ausencia paraPersonas Desaparecidas, así como en las leyes especiales de la materia en las EntidadesFederativas;
XIII.Digitalización. Migración de documentos en soporte físico a un medio electrónico, óptico, digitalo de cualquier tecnología, que genera como resultado un mensaje de datos, mediante unproceso que permita asegurar la fidelidad e integridad conforme a los documentos amparadosen soportes físicos;
XIV.Diligencia virtual. Actuaciones procesales, distintas de las audiencias virtuales y promocioneselectrónicas, desarrolladas por personas funcionarias judiciales, las partes o sus representantesy cualquier interviniente autorizado dentro de un procedimiento judicial que se lleva a cabo adistancia o de forma remota, mediante el uso de cualquier sistema de justicia digital;
XV.Documento digitalizado. Escrito que contiene información que ha sido creado originalmente ensoporte físico o de forma impresa y posteriormente ha migrado a un medio electrónico, digital ode cualquier tecnología;
XVI.Documento electrónico. Escrito que es generado, consultado, modificado o procesado pormedios electrónicos, que es enviado, recibido, almacenado o utilizado a través de sistemas dejusticia digital;
XVII.Enlace. Dirección electrónica o hipervínculo de la sala virtual a través de la cual las partes y elórgano jurisdiccional llevarán a cabo las audiencias o diligencias virtuales correspondientes a losprocedimientos en línea;
XVIII.Expediente electrónico. Conjunto de información contenida en documentos electrónicos,documentos digitalizados o mensajes de datos que conforman un determinado procedimientojurisdiccional, independientemente de que esté conformado por texto, imagen, audio, video ocualquier otra tecnología;
XIX.Expediente físico. Conjunto de documentos físicos que contienen las actuaciones yresoluciones judiciales, así como las promociones de las partes y demás intervinientes en undeterminado procedimiento judicial;
XX.Firma electrónica avanzada. El conjunto de datos y caracteres que permite la identificación delfirmante, que ha sido creada por medios electrónicos bajo su exclusivo control, de manera queestá vinculada únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, lo que permite que seadetectable cualquier modificación ulterior de éstos, la cual produce los mismos efectos jurídicosque la firma autógrafa. La firma electrónica avanzada prevalece frente a la firma electrónicasimple, ya que los requisitos de producción de la primera la dotan de más seguridad que lasegunda. A pesar de que las autoridades utilicen una terminología distinta para este tipo defirma, si la misma cuenta con los atributos y características señaladas en esta definición, seráconsiderada como firma electrónica avanzada para los efectos de este Código Nacional;
XXI.Firma electrónica o firma electrónica simple. Los datos en forma electrónica consignados enun mensaje de datos, o adjuntados o lógicamente asociados al mismo por cualquier tecnología,que son utilizados para identificar al firmante en relación con el mensaje de datos e indicar queel firmante aprueba la información contenida en el mensaje de datos, y que produce los mismosefectos jurídicos que la firma autógrafa, siendo admisible como prueba en juicio;
XXII.Grupos sociales en situación de vulnerabilidad. Las personas que pertenecen a grupossociales en situación de vulnerabilidad, que, por causas diversas, enfrentan situaciones deriesgo o discriminación;
XXIII.Integridad. Se considerará que el contenido de un documento electrónico o mensaje de datoses íntegro, si éste ha permanecido completo e inalterado independientemente de los cambiosque hubiere podido sufrir el medio que lo contiene, resultado del proceso de comunicación,archivo o presentación. El grado de confiabilidad requerido será determinado conforme a losfines para los que se generó la...
Para continuar leyendo
Comienza GratisAccede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.

Accede a todo el contenido con una prueba gratuita de 7 días
Transforma tu investigación jurídica con vLex
-
Accede a resúmenes de sentencias generados por IA, que destacan al instante los aspectos jurídicos clave.
-
Realiza búsquedas avanzadas con opciones precisas de filtrado y ordenamiento.
-
Consulta contenido jurídico completo de más de 100 jurisdicciones, incluyendo una amplia colección de libros y revistas a texto completo.
-
Disfruta de funcionalidades exclusivas como comparador de versiones de una ley, notas de vigencia, análisis de citas, y mucho más.
-
Con la confianza de más de 2 millones de profesionales, incluidas las firmas más importantes del mundo.
