Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de Querétaro para el Ejercicio Fiscal 2009.

13 de diciembre de 2008 LA SOMBRA DE ARTEAGA Pág. 8729
LIC. FRANCISCO GARRIDO PATRÓN,
Gobernador Constitucional del Estado de Querétaro, a los habitantes
del mismo, sabed que:
LA QUINCUAGÉSIMA QUINTA LEGISLATURA DEL ESTADO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LAS
FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 17 FRACCIÓN X DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO DE QUERÉTARO Y 81 DE LA LEY ORGÁNICA DEL PODER LEGISLATIVO DEL ESTADO
DE QUERÉTARO, Y
CONSIDERANDO
1. Que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, señala en su artículo 126 que “No
podrá hacerse pago alguno que no esté comprendido en el Presupuesto o determinado por la ley
posterior”.
2. Que asimismo, la Constitución Política del Estado de Querétaro, en su artículo 18 fracción I y último
párrafo otorga al Gobernador del Estado la facultad de presentar ante la Legislatura del Estado,
iniciativas de leyes o decretos, y establece que es facultad exclusiva del Gobernador del Estado,
presentar a la Legislatura las iniciativas de Ley de Ingresos y Presupuesto de Egresos del Estado, por
lo que en ejercicio de sus facultades; el Gobernador del Estado presentó Iniciativa de Decreto de
Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2009, a efecto de que se analizara en su contenido y en su
oportunidad se emitiera el Decreto correspondiente.
3. Que el artículo 17 fracción X de la Constitución Política del Estado de Querétaro, establece que es
facultad de la Legislatura, aprobar anualmente el Decreto de Presupuesto de Egresos del Estado de
Querétaro.
4. Que la Ley para el Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro establece que el
Presupuesto de Egresos del Estado, constituye la expresión económica de la política gubernamental y
será el que esté contenido en el Decreto de Presupuesto de Egresos para el Estado de Querétaro para
el ejercicio fiscal que corresponda, que apruebe la Legislatura del Estado.
5. Que esta Legislatura, observó que la Ley de Ingresos del Estado de Querétaro en su ARTÍCULO
PRIMERO, contempla una proyección en el ingreso de $ 16,222,768,368 (Diez y seis mil doscientos
veinte y dos millones setecientos sesenta y ocho mil trescientos sesenta y ocho pesos) y el presente
Decreto señala en el Artículo 6 que el monto del Presupuesto de Egresos del Estado asciende a
$ 16,222,768,368 (Diez y seis mil doscientos veinte y dos millones setecientos sesenta y ocho mil
trescientos sesenta y ocho pesos) por lo que se da cumplimiento a lo dispuesto en la Ley para el
Manejo de los Recursos Públicos del Estado de Querétaro, ya que existe equilibrio entre los ingresos y
gastos que se pretenden erogar en el periodo presupuestal 2009.
6. Que el Presupuesto de Egresos que es el instrumento técnico y político en el que el Gobierno del Estado
expresa las prioridades de su gestión, para dar respuesta al encargo que recibió de la sociedad.
El Decreto privilegia el gasto social sobre el gasto administrativo y se construye sobre los principios de:
Equilibrio presupuestal entre los ingresos y los egresos
Austeridad y racionalidad en el gasto
Estructura programática-presupuestal
Asimismo, para la elaboración del presente Decreto, en términos de la Ley para el Manejo de los
Recursos Públicos del Estado de Querétaro, se tomó en consideración lo siguiente:

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