Decreto por el que se Desincorpora del régimen del Dominio Público de la Ciudad de México el inmueble ubicado en Callejón San Camilito número 13, colonia Centro, Demarcación Territorial Cuauhtémoc, con una superficie de 419.00 metros cuadrados; para su posterior enajenación a Título Gratuito a favor del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México, para destinarlo a la realización de un Programa de Vivienda de Interés Social en beneficio de la Población Indígena Residente en la Ciudad de México

2 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 21 de abril de 2021

P O D E R E J E C U T I V O JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en los artículos 122 apartado A Base III y apartado C de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1 numerales 1 y 2 de la Constitución Política de la Ciudad de México; 4, 7, 11 fracción I, 16 fracciones I, VI y XIX, 20 fracciones IV y V, 21, 26 fracción XXXIX, 43 fracción IV y Artículo Décimo Séptimo y Décimo Octavo Transitorios de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 2 fracción I inciso D), 4 fracción I, 8 fracción III, 16 fracciones II y III, 20 fracción III, 21, 25, 34, 120 fracción V y 121 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público; 7 fracciones I y II inciso P y XIX inciso A, 13 y 15 fracción XVIII del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; y

CONSIDERANDO

Que la Ciudad de México es una Entidad Federativa con personalidad jurídica y patrimonio propio, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes muebles e inmuebles necesarios para la prestación de los servicios públicos a su cargo y en general, para el desarrollo de sus propias actividades y funciones; lo anterior, con fundamento en los artículos 122 Apartado A Bases III y V de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1° numeral 4, 18 Apartado A numeral 1 y 33 numeral 1 de la Constitución Política de la Ciudad de México; así como 3 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.

Que el patrimonio de la Ciudad de México se compone por los bienes del dominio público y privado; resultando que los primeros pueden ser enajenados previo Decreto de Desincorporación que expida la persona titular de la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México, esto, de conformidad con el artículo 21 de la Ley del Régimen Patrimonial y del Servicio Público.

Que mediante Escritura Pública número ciento cuatro mil ochocientos cincuenta y tres, de fecha veinticinco de mayo de dos mil diez, pasada ante la fe del Licenciado Alfonso Zermeño Infante, titular de la Notaría Pública número cinco del Distrito Federal, por medio de la cual el entonces Gobierno del Distrito Federal adquirió Ad Corpus el inmueble ubicado en Callejón San Camilito número trece, Colonia Centro, Delegación Cuauhtémoc, Distrito Federal, con una superficie de...

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