DECRETO por el que se desincorpora del dominio público una superficie de terrenos ganados al mar, ubicada en el Municipio de Benito Juárez, Q. Roo y se autoriza a la SECRETARIA de Desarrollo Social para aportarla al patrimonio del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a fin de continuar el desarrollo turístico de Cancún.

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EmisorSecretaría de Desarrollo Social

DECRETO por el que se desincorpora del dominio público una superficie de terrenos ganados al mar, ubicada en el Municipio de Benito Juárez, Q. Roo y se autoriza a la Secretaría de Desarrollo Social para aportarla al patrimonio del Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo, a fin de continuar el desarrollo turístico de Cancún.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. CARLOS SALINAS DE GORTARI, Presidente Constitucional de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere la fracción I del artículo 89 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y con fundamento en lo dispuesto por los artículos 2o. fracción IX, 8o. fracciones II y V, 9o. párrafo primero, 10 párrafo primero, 17 fracciones III, V y último párrafo, 28, 53, 58 fracción VII, 59, 63, 70, 74 fracción V de la Ley General de Bienes Nacionales; 31 y 32 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y CONSIDERANDO Que dentro de los bienes de dominio público de la Federación se encuentra una superficie de 47,621.86 m2, de terrenos ganados al mar, ubicada en Canal Nizuc, Cancún, Municipio de Benito Juárez, Estado de Quintana Roo, misma que se identifica en el plano No. 1017 clave 93-GT-ZT-DTG-CC elaborado a escala 1:2000 en julio de 1993, por el Fideicomiso Fondo Nacional de Fomento al Turismo y revisado por la Dirección General del Patrimonio Inmobiliario Federal de la Secretaría de Desarrollo Social, cuya descripción técnico topográfica es la siguiente: LADOS DISTANCIA RUMBO Y X 634 2'326,013.912 521,214.800 634-183 8.088 SE 02º34'09" 326,005.833 183-184 55.005 SW 86º38'09" 326,002.605 521,215.163 184-185 55.005 SE 02º34'09" 325,947.655 521,160.252 185-303 22.292 SW 86º38'09" 325,946.347 521,162.718 303-304 85.081 SW 87º21'18" 325,942.421 521,140.464 304-305 80.341 SW 87º13'08" 325,938.523 521,055.474 305-306 81.441 SW 87º26'33" 325,934.889 520,975.228 306-307 81.111 SW 86º58'38" 325,930.612 520,893.868 307-308 84.871 SW 85º59'58" 325,924.691 520,812.870 308-309 70.781 SW 78º15'23" 325,910.285 520,728.206 309-310 76.609 SW 72º35'07" 325,887.357 520,658.907 310-31-A 142.838 NE 62º26'12" 325,953.452 520,585.809 31-A-32-A 99.132 NE 58º36'01" 326,005.100 520,712.435 32-A-33-A 65.005 NE 62º23'46" 326,032.164 520,797.049 33-A-34-A 71.480 NE 77º51'16" 326.047.213 520,856.152 34-A-35-A 113.079 NE 86º30'16" 326,054.097 520,926.032 35-A-36-A 138.799 NE 85º54'42" 326,063.993...

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