Decreto por el que se derogan diversas disposiciones del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal

(Al margen superior un escudo que dice: CDMX.- Ciudad de México)

MIGUEL ÁNGEL MANCERA ESPINOSA, Jefe de Gobierno del Distrito Federal, con fundamento en los artículos 122, apartado C, Base Segunda, fracción II, inciso b), de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, 8, fracción II y 67, fracción II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; y 14 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal, he tenido a bien expedir el siguiente:

DECRETO POR EL QUE SE DEROGAN DIVERSAS DISPOSICIONES DEL REGLAMENTO INTERIOR DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DEL DISTRITO FEDERAL

ÚNICO.- Se deroga el inciso b), de la fracción III, del artículo 122 Bis, y se deroga el artículo 137 BIS; ambos del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal para quedar como sigue:

Artículo 122 Bis. 2026

  1. a II. 2026

  2. 2026

A)2026

  1. Se deroga 2026

2026

Artículo 137 Bis. Se deroga

TRANSITORIOS

PRIMERO.- Publíquese en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

SEGUNDO.- El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación.

TERCERO.- Los asuntos competencia de las Unidades Administrativas que se adscriben al Órgano PolíticoAdministrativo, serán tramitados y resueltos por estas, atendiendo las instrucciones de su Titular.

CUARTO.- A las Unidades Administrativas de creación que resulten con motivo del presente Decreto, se les transferirán los recursos humanos, materiales, técnicos y financieros para el desempeño adecuado de sus atribuciones.

QUINTO.- El Órgano Político-Administrativo deberá adecuar su estructura orgánica y elaborar su manual administrativo en los plazos y condiciones que establezca la Oficialía Mayor.

SEXTO.- Las referencias hechas en...

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