Decreto que deroga el Noveno Transitorio del diverso que modifica el diverso por el que se deja sin efectos el diverso por el que se crea la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal y se transfieren las atribuciones y recursos que se indican, al Desconcentrado denominado, Órgano Regulador del Transporte, por el que se transfieren las atribuciones y recursos que se indican, a la Secretaría de Obras y Servicios

4 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 3 de junio de 2022

JEFATURA DE GOBIERNO

DRA. CLAUDIA SHEINBAUM PARDO, Jefa de Gobierno de la Ciudad de México, con fundamento en lo dispuesto por los artículos 122 apartado A, base III de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 13 apartado E, numeral 2; 15 apartado A numerales 2 y 3, 16 apartado H numerales 1, 2 y 3 incisos a) y c) de la Constitución Política de la Ciudad de México; 3, fracciones I, II y III, 7, 11, 12, 21, 44, 70, 72 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, 9 fracción XC, 10 fracciones I, V y IX, 11 fracción II, 37, 38, 39, 73, 74, 78 fracciones II y V de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; y 6 de la Ley de Obras Públicas para el Distrito Federal;

C O N S I D E R A N D O

Que uno de los objetivos principales del Gobierno de la Ciudad de México es dotar de transporte público a las zonas altas de la ciudad, mediante la implementación del Sistema de Transporte Público Cablebús, con el cual se reducen los tiempos de traslado y se mejora la calidad de viaje y, por consiguiente, se disminuye la dependencia del automóvil en estas zonas, para disminuir emisiones de gases de efecto invernadero y permitir a la ciudadanía disfrutar de entornos urbanos más seguros y habitables.

Que el Gobierno de la Ciudad de México debe garantizar la movilidad de las personas en condiciones de máxima calidad, a través de un sistema integrado y multimodal de transporte que atienda las necesidades sociales y ambientales, bajo los principios de equidad social, igualdad, accesibilidad, diseño universal, eficiencia, seguridad, asequibilidad, permanencia, predictibilidad, continuidad, comodidad e higiene.

Que el Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México es un Organismo Público Descentralizado creado mediante Decreto de 31 de diciembre de 1946 publicado en el Diario Oficial de la Federación el 19 de abril de 1947, con personalidad jurídica y patrimonio propio y conforme lo disponen los artículos 1° y 2° de la Ley de la Institución Descentralizada de Servicio Público "Servicio de Transportes Eléctricos del Distrito Federal" y de acuerdo con los dispuesto en el artículo 1° del Estatuto Orgánico del Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México, tiene por objeto administrar y operar los sistemas de transportes eléctricos adquiridos por el Gobierno de la Ciudad de México, así como operar otros sistemas, ya sean de gasolina o diésel, siempre que se establezcan como auxiliares de los sistemas eléctricos y realizar estudios, proyección, construcción y, en su caso, operación de nuevas líneas de transporte eléctrico en la Ciudad de México.

Que el 2 de enero de 2019 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el DECRETO POR EL QUE SE DEJA SIN EFECTOS EL DIVERSO POR EL QUE SE CREA LA COORDINACIÓN DE LOS CENTROS DE TRANSFERENCIA MODAL Y SE TRANSFIEREN LAS ATRIBUCIONES Y RECURSOS QUE SE INDICAN, AL DESCONCENTRADO DENOMINADO, ÓRGANO REGULADOR DEL TRANSPORTE, a través del cual se transfirieron las atribuciones de la Coordinación de los Centros de Transferencia Modal de la Ciudad de México al Órgano Regulador de Transporte, como encargado de la planeación, gestión, administración, operación, supervisión, regulación y verificación de los espacios físicos con infraestructura y equipamiento auxiliar de transporte, así como de la ejecución de obras para la implementación del Sistema de Transporte Público Cablebús y Centros de Transferencia Modal que sirven como conexión de los usuarios entre dos o más rutas o modos de transporte.

Que el 25 de marzo de 2019 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el DECRETO DE SECTORIZACIÓN DE LAS ENTIDADES DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA DE LA CIUDAD DE MÉXICO, en donde se sectorizaron los organismos descentralizados denominados Metrobús, Red de Transporte de Pasajeros de la Ciudad de México, Servicio de Transportes Eléctricos de la Ciudad de México y el Sistema de Transporte Colectivo a la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, con la finalidad de alinear los objetivos de dichas entidades para su mejor operación, bajo la coordinación de la Secretaría.

Que el Plan Estratégico de Movilidad de la Ciudad de México 2019, en su punto 5 denominado Estrategias de Movilidad Urbana, específicamente en la Estrategia 1.1 Integración del Sistema de Transporte Público, establece como meta que el 100% del transporte público administrado por los organismos descentralizados se integren a un sistema...

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