Decreto por el cual se declara el derecho de los niños para ser amamantados en espacios públicos y privados, según la edad y necesidad. Municipio de Querétaro, Qro.

Pág. 7876 PERIÓDICO OFICIAL 24 de junio de 2016
GOBIERNO MUNICIPAL
LICENCIADO RAFAEL FERNÁNDEZ DE CEVALLOS Y CASTAÑEDA, SECRETARIO DEL
AYUNTAMIENTO DEL MUNICIPIO DE QUERÉTARO, EN EJERCICIO DE LA FACULTAD QUE ME
CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 47 FRACCIÓN IV DE LA LEY ORGÁNICA MUNICIPAL DEL ESTADO
DE QUERÉTARO Y 20 FRACCIÓN IX DEL REGLAMENTO INTERIOR DEL AYUNTAMIENTO DE
QUERÉTARO,
C E R T I F I C O:
Que en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 14 de junio de 2016, el Ayuntamiento del Municipio de
Querétaro aprobó el Decreto por el cual se declara el derecho de los niños para ser amamantados en
espacios públicos y privados, según la edad y necesidad, el cual textualmente señala:
De conformidad con los artículos 4 párrafo noveno y 115 fracción I de la Constitución Política de
los Estados Unidos Mexicanos; 2, 9, 14, 134 del Código Municipal del Estado de Querétaro; 4
fracción XXVI, 50 fracción III, 114, 115, 116 fracciones IV, XIV, XXIII, XXIV, 119 fracciones II, V y VI,
121, 122 y 149 de la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes; 38 fracción XV,
146 fracción II, 147 de la Ley Orgánica Municipal para el Estado de Querétaro; 16, 17 y 18 del
Reglamento Interior del Sistema Municipal para el Desarrollo Integral de la Familia del Municipio de
Querétaro; 22, 23 y 28 del Reglamento Interior del Ayuntamiento de Querétaro; el Acuerdo por el
cual se constituyen las Comisiones Permanentes y Transitorias de Dictamen del Ayuntamiento de
Querétaro, para el periodo 2015-2018, aprobado en Sesión Ordinaria de Cabildo celebrada el 13 de
octubre de 2015, se expide el presente decreto, bajo las Siguientes:
C O N S I D E R A C I O N E S
Que La lactancia materna es la forma ideal de aportar a los niños pequeños los nutrientes que necesitan
para un crecimiento y desarrollo saludables. La Organización Mundial de la Salud ha recomendado y
llevado a cabo campañas para promover la lactancia materna como alimentación exclusiva durante los
primeros seis meses de vida del infante, así como la introducción de alimentos apropiados para la edad y
la continuidad de la lactancia materna hasta los 2 años o más. En ese sentido el artículo 4 párrafo noveno
de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que en todas las decisiones y
actuaciones del Estado se velará y cumplirá con el principio del interés superior de la niñez, garantizando
de manera plena sus derechos. Los niños y las niñas tienen derecho a la satisfacción de sus necesidades
de alimentación, salud, educación y sano esparcimiento para su desarrollo integral. Este principio deberá
guiar el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de las políticas públicas dirigidas a la niñez.
Con motivo de las campañas y esfuerzos por promocionar la lactancia como medio predominante para la
adecuada alimentación de los niños, del 1 al 7 de agosto de cada año, se celebra en más de 170 países la
Semana Mundial de la Lactancia Materna, destinada a fomentar la lactancia materna, o natural, y a
mejorar la salud de los bebés de todo el mundo
La lactancia materna es una de las formas más eficaces de asegurar la salud y la supervivencia de los
niños. Combinada con la alimentación complementaria, la lactancia materna óptima previene la
desnutrición y puede salvar la vida de los niños. Si de forma consciente se amamantara a cada niño en la
primera hora tras su nacimiento, dándole solo leche materna durante los primeros seis meses de vida y
siguiendo dándole el pecho hasta los dos años, cada año se salvarían unas 800 000 vidas infantiles en
todo el mundo.

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