Decreto por el que se crea la Coordinación General @prende.mx, como un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Educación Pública

Fecha de disposición31 Octubre 2014
Fecha de publicación31 Octubre 2014
EmisorSECRETARIA DE EDUCACION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. ENRIQUE PEÑA NIETO, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 3o. y 6o., de la propia Constitución; 14, 17, 37 y 38 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y 2o, 3o y 49 de la Ley General de Educación, y

CONSIDERANDO

Que el artículo 3o de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos señala que el Estado impartirá educación básica (preescolar, primaria y secundaria), y será obligatoria;

Que el mismo precepto constitucional establece que el Estado garantizará la calidad en la educación obligatoria de manera que los materiales y métodos educativos, la organización escolar, la infraestructura educativa y la idoneidad de los docentes y los directivos garanticen el máximo logro de aprendizaje de los educandos;

Que el artículo 6o. de la Constitución General de la República, determina que el Estado garantizará, también, el derecho de acceso a las tecnologías de la información y comunicación;

Que el Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2014, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2013, establece en su disposición décima transitoria que el "Programa de Inclusión y Alfabetización Digital" preverá la entrega de equipos de cómputo para alumnos de educación primaria y los esquemas de aseguramiento de los mismos;

Que el 20 de mayo de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se aprobó el Plan Nacional de Desarrollo 2013-2018, que prevé como una de sus metas nacionales la de "México con Educación de Calidad", misma que plantea entre sus estrategias y líneas de acción las de promover la incorporación de las nuevas tecnologías de la información y comunicación en el proceso de enseñanza-aprendizaje y desarrollar una política nacional de informática educativa, enfocada a que los estudiantes desarrollen sus capacidades para "aprender a aprender" mediante el uso de las tecnologías de la información y la comunicación; ampliar la dotación de equipos de cómputo, y garantizar conectividad en los planteles educativos;

Que el referido Plan contempla como una de sus estrategias transversales la de "Gobierno Cercano y Moderno", y dentro de sus estrategias y líneas de acción se encuentra la de establecer una Estrategia Digital Nacional para fomentar la adopción y el desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación;

Que en ese mismo instrumento se estableció que las estrategias transversales se aplicarían normativamente a través de programas especiales y, por ello, el 30 de agosto de 2013 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Programa para un Gobierno Cercano y Moderno 2013-2018, el cual incorpora, entre otros, el objetivo de "Establecer una Estrategia Digital Nacional que acelere la inserción de México en la Sociedad de la Información y del Conocimiento";

Que en el marco del objetivo antes referido, se incorporaron como estrategias y líneas de acción de la Estrategia Digital Nacional, las de propiciar la transformación del modelo educativo con herramientas tecnológicas y ampliar la dotación de dispositivos de cómputo en los planteles educativos, así como impulsar la conectividad de los mismos y propiciar la integración de habilidades y conocimientos de Tecnologías de la Información y Comunicación en el diseño curricular de la educación básica y media superior;

Que consecuentemente, el Programa Sectorial de Educación 2013-2018, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 13 de diciembre de 2013, dispone dotar a todos los alumnos de quinto o sexto grado de primaria en escuelas públicas de una computadora o dispositivo portátil para su uso, a fin de favorecer el aprendizaje y alcanzar estándares de habilidades digitales;

Que por la importancia y alcance de los programas mencionados, resulta necesario que la Secretaría de Educación Pública cuente con un órgano encargado de la coordinación y ejecución de los diversos procesos técnicos y administrativos que deben llevarse a cabo para dotar a los alumnos de educación básica de los dispositivos...

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