Decreto por el que se crea la Comisión Presidencial encargada de la Coordinación Interinstitucional del Archipiélago Islas Marías.

Fecha de entrada en vigor05 Noviembre 2021
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
Fecha de publicación04 Noviembre 2021
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
DECRETO por el que se crea la Comisión Presidencial encargada de la Coordinación Interinstitucional del Archipiélago Islas Marías
DECRETO por el que se crea la Comisión Presidencial encargada de la Coordinación Interinstitucional del Archipiélago Islas Marías. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República.
ANDRÉS MANUEL LÓPEZ OBRADOR, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 1o., 21, 27, 30, 32 Bis y 42 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, y
CONSIDERANDO
Que el artículo 48 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos prevé que las islas, los cayos y arrecifes de los mares adyacentes que pertenezcan al territorio nacional, la plataforma continental, los zócalos submarinos de las islas, de los cayos y arrecifes, los mares territoriales, las aguas marítimas interiores y el espacio situado sobre el territorio nacional, dependerán directamente del Gobierno de la Federación, con excepción de aquellas islas sobre las que hasta la fecha hayan ejercido jurisdicción los Estados;
Que el artículo 21 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que el Presidente de la República, para el mejor despacho de los asuntos a su cargo, podrá constituir comisiones intersecretariales, consultivas y presidenciales a través de decretos;
Que el artículo 27, fracción XI, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, establece que corresponde a la Secretaría de Gobernación administrar las islas de jurisdicción federal, salvo aquellas cuya administración corresponda, por disposición de la ley, a otra dependencia o entidad de la Administración Pública Federal;
Que el artículo 30 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal establece que a la Secretaría de Marina le corresponde, entre otros asuntos, ejercer la soberanía en el mar territorial, así como las medidas y competencias que le otorguen los ordenamientos legales y los instrumentos internacionales de los que México sea parte, en la Zona Contigua y en la Zona Económica Exclusiva, así como el mantener el estado de derecho en las zonas marinas mexicanas, ejerciendo funciones de guardia costera; lo anterior sin soslayar lo dispuesto en el Acuerdo Secretarial número 476/2019 por el cual se crea el Sector Naval de Islas Marías, en el Estado de Nayarit, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 15 de octubre de 2019, a través del cual se creó el referido Sector Naval, cuya jurisdicción, de conformidad con su numeral Segundo, será dentro de los límites geográficos del Archipiélago de Islas Marías;
Que la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, para la atención eficaz y eficiente del despacho de los asuntos de su competencia establecidos en el artículo 32 Bis de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, cuenta con la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas;
Que el artículo 70 del Reglamento Interior de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, establece que le corresponde a la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas, entre otras atribuciones, las que en materia de áreas naturales protegidas competencia de la Federación se establecen en la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente y su Reglamento, así como en otras disposiciones jurídicas aplicables en materia de áreas naturales protegidas, salvo las que directamente correspondan al Presidente de la República, al Secretario o a otra unidad administrativa de la citada Secretaría;
Que en el Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, el Ejecutivo Federal en su principio rector "No dejar a nadie atrás, no dejar a nadie fuera", establece que se protegerá un modelo de desarrollo respetuoso de los habitantes y del hábitat, equitativo, orientado a subsanar y no a agudizar las desigualdades, defensor de la diversidad cultural y del ambiente natural, sensible a las modalidades y singularidades económicas regionales y locales del país;
Que mediante Decreto Presidencial publicado en el Diario Oficial de la Federación el 12 de mayo de 1905, las islas que forman parte del grupo conocido como "Las Tres Marías", ubicadas en el Océano Pacífico frente al territorio de Tepic, Nayarit, se destinaron al establecimiento de una Colonia Penitenciaria;
Que el 30 de diciembre de 1939 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Estatuto de las Islas Marías, el cual destinaba a las Islas Marías como una Colonia Penal para que los reos federales o del orden común cumplieran una pena de prisión;
Que el 27 de noviembre de 2000 y el 1o. de agosto de 2003 (segunda publicación), se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Decreto por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, el archipiélago conocido como Islas Marías, ubicado en el mar territorial mexicano del Océano Pacífico, con una superficie total de 641,284-73-74.2 hectáreas;
Que el 8 de marzo de 2019 se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Decreto por el que se desincorporan del Sistema Federal Penitenciario los Centros Federales de Readaptación Social que se indican, ubicados en el Complejo Penitenciario Islas Marías, puesto que el gobierno federal consideró que resultaba oneroso e inviable financieramente mantener un régimen de internamiento obsoleto como el que subsistía, debido al alto costo de mantenimiento y al pago de servicios de personal que ahí laboraba, por lo que la operación del Complejo Penitenciario representaba mayores costos que beneficios;
Que conforme al artículo quinto del Decreto que se alude en el considerando anterior, la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales será la encargada de administrar, desarrollar y preservar los ecosistemas y elementos de la reserva de la biosfera Islas Marías, así como de vigilar las acciones que se realicen dentro de ésta para lograr el cumplimiento del citado Decreto, se ajusten a lo establecido en el diverso por el que se declara área natural protegida, con el carácter de reserva de la biosfera, el Archipiélago conocido como Islas Marías, ubicado en el mar territorial mexicano del Océano Pacífico, con una superficie total de 641,284-73-74.2 hectáreas;
Que el 26 de mayo de 2020 se publicaron en el Diario Oficial de la Federación, los Acuerdos emitidos por la Secretaría de Gobernación, por los que se otorga en favor de la Comisión Nacional de Áreas Naturales Protegidas la autorización para el uso y aprovechamiento de doce terrenos del Archipiélago Islas Marías, ubicados en la Isla María Madre, localizada a 112 km de la costa del Estado mexicano de Nayarit, para llevar a cabo la administración y acciones de conservación, protección, aprovechamiento sustentable, investigación, producción de bienes y servicios, restauración, capacitación, educación, recreación, y demás actividades relacionadas con el desarrollo sustentable en la Reserva de la Biosfera Islas Marías;
Que en los días 26, 27 y 28 de mayo de 2020 se publicaron en el referido órgano de difusión oficial los Acuerdos emitidos por la Secretaría de Gobernación por los que se otorgan en favor de la Secretaría de Marina, la autorización para el uso y aprovechamiento de terrenos del Archipiélago Islas Marías, ubicados en la isla María Madre, localizada a 112 km de la costa del Estado mexicano de Nayarit;
Que debido al alto costo de mantenimiento y al pago de servicios de personal que labora en el Archipiélago Islas Marías, se ha considerado que, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables, los ingresos que se obtengan por las actividades de turismo de bajo impacto ambiental y educación que en el mismo se desarrollen, deberán destinarse al cumplimiento del objeto de los organismos que lo operan, así como al fomento de la cultura en esa zona, y
Que para la óptima administración del Archipiélago de las Islas Marías, así como el debido ejercicio de la soberanía y jurisdicción de la Nación y el seguimiento a los objetivos de conservación, preservación y desarrollo sustentable en dicho Archipiélago, se estima necesario crear una Comisión Presidencial encargada de la Coordinación Interinstitucional del Archipiélago Islas Marías para la toma de decisiones que lleven a cabo las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, en coordinación con el Gobierno del Estado de Nayarit, en el ámbito de sus respectivas competencias, he tenido a bien expedir el siguiente
DECRETO
ARTÍCULO 1. Se crea con carácter permanente la Comisión Presidencial encargada de la...

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