Decreto No. 411 por El que Se Reforma el Artículo 31 de La Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal

Fecha de disposición15 Noviembre 2008
Fecha de publicación15 Noviembre 2008
SecciónAnexos
Número de Gaceta49

DECRETO No. 411

POR EL QUE SE REFORMA EL ARTÍCULO 31 DE LA LEY DE PRESUPUESTO, CONTABILIDAD Y GASTO PÚBLICO MUNICIPAL.

LIC. JESÚS SILVERIO CAVAZOS CEBALLOS, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de Colima, a sus habitantes sabed:

Que el H. Congreso del Estado me ha dirigido para su publicación el siguiente DECRETOEL HONORABLE CONGRESO CONSTITUCIONAL DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE COLIMA, EN EJERCICIO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIERE EL ARTÍCULO 39 DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL, EN NOMBRE DEL PUEBLO, YCONSIDERANDOSPRIMERO:

Que mediante oficio número 2449/08, de fecha 30 de abril de 2008, suscrito por los CC. Dip. Secretarios Fernando Ramírez González y Gonzalo Isidro Sánchez Prado, se turnó a las Comisiones dictaminadoras la iniciativa presentada en sesión pública ordinaria celebrada con esa fecha, por el Dip. J. Francisco Anzar Herrera, con la que propone la reforma del artículo 31, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público Municipal.

SEGUNDO:

Que la iniciativa materia de este dictamen se fundamenta esencialmente en la exposición de motivos que en síntesis se transcribe:

"1.- Que mediante Decreto número 288, aprobado por esta Soberanía con fecha 19 de diciembre de 2002, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Colima", el 21 del mes y año señalados, se expidió la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Colima, cuyo artículo 29 se concibió en términos similares a los que se propone en la iniciativa materia de este documento.

2.- La reforma que se propone, tiene como propósito fundamental garantizar un adecuado manejo de los Recursos del Erario Público, con certeza y transparencia, al asegurar y ordenar que los pagos que afecten al presupuesto, se realicen mediante cheque nominativo o a través de los medios electrónicos que se convengan con las instituciones bancarias, proveedores y servidores públicos y que sean con cargo a las cuentas bancarias de los Municipios, incorporando el sistema de pagos por medios electrónicos, como complementos del tradicional, lo que además permite introducir en el ámbito Municipal, la práctica común en la actualidad del modelo de cadenas productivas electrónicas, que agiliza los pagos, economiza costos y da seguridad, pues utiliza elementos que garantizan confidencialidad y certeza a través de las medidas en uso de las instituciones bancarias.

3.- Que no obstante las ventajas que representa este sistema en la actualidad...

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