Decreto Número 264 que Reforma la Fracción II del Artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz.

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Gobernador del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave.

XalapaEnríquez, Ver., mayo 22 de 2014.

Oficio número 112/2014.

Javier Duarte de Ochoa, Gobernador del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, a sus habitantes sabed:

Que la Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado, se ha servido dirigirme el siguiente Decreto para su promulgación y publicación:

Al margen un sello que dice: Estados Unidos Mexicanos. Poder Legislativo.Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave.

La Sexagésima Tercera Legislatura del Honorable Congreso del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave, en uso de la facultad que le confieren los artículos 33 fracción I, 38 y 84 de la Constitución Política local; 23 de la Ley Reglamentaria del artículo 84 de la Constitución Política del Estado en materia de Reformas Constitucionales Parciales, 18 fracción I, 47 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Poder Legislativo; 75, 77 y 79 del Reglamento para el Gobierno Interior del Poder Legislativo; y previa la aprobación del pleno de esta soberanía en dos periodos de sesiones ordinarias sucesivos, así como de la mayoría de los ayuntamientos de la entidad, declara aprobado el siguiente:

DECRETO NÚMERO 264

Que Reforma la fracción II del artículo 11 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Veracruz de Ignacio de la Llave

Artículo único Se reforma la fracción II del artículo 11 de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave, para quedar como sigue:
Artículo 11 ...
  1. ...

  2. Los hijos de padre o madre nativos del Estado, nacidos en el territorio nacional o en el extranjero.

T R A N S I T O R I O S

Primero. El presente Decreto entrará en vigor al día siguiente de su publicación en la Gaceta Oficial, órgano del Gobierno del Estado.

Segundo. Se derogan todas las disposiciones que se opongan a este Decreto.

Dado en el salón de sesiones de la LXIII Legislatura del Honorable Congreso del Estado, en la ciudad de XalapaEnríquez, Veracruz de Ignacio de la Llave, a los veinte días del mes de mayo del año dos mil catorce.

Anilú Ingram Vallines Diputada Presidenta

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