Decreto por el que se expropia por causa de utilidad pública una superficie de 40-60-98 hectáreas de riego, temporal y agostadero de uso común y parcelado, de terrenos del ejido Mazatán, Municipio de Compostela, Nay.

Fecha de disposición18 Octubre 2012
Fecha de publicación18 Octubre 2012
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Presidencia de la República. FELIPE DE JESÚS CALDERÓN HINOJOSA, PRESIDENTE DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS, en ejercicio de la facultad que me confiere el artículo 89, fracción I, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, con fundamento en los artículos 27, párrafo segundo de la propia Constitución; 93, fracción VII, 94 al 97 de la Ley Agraria; en relación con los artículos 59, 60, 64, 70, 73, 74, 76 al 80, 88 y 90 del Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural, y

RESULTANDO PRIMERO.- Que por oficio número 1.2.302 12658 de fecha 11 de agosto de 2011, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes solicitó a la Secretaría de la Reforma Agraria la expropiación de 41-69-19.36 Has., de terrenos pertenecientes al ejido denominado "MAZATÁN", Municipio de Compostela, Estado de Nayarit, para destinarlos a la construcción de la carretera Jala-Puerto Vallarta, tramo Entronque Compostela II-Las Varas, conforme a lo establecido en el artículo 93, fracción VII, de la Ley Agraria, y se comprometió a pagar la indemnización correspondiente en términos de Ley, justificando que la mencionada carretera será una vía general de comunicación que formará parte de la red de ejes troncales con los que se está comunicando al país, contribuirá a la modernización y desarrollo integral de la zona, facilitando la transportación de personas y bienes entre las Ciudades de Jala, Ixtlán del Río y Ahuacatlán en el Estado de Nayarit, dentro de los mejores parámetros de seguridad, eficiencia y costo; constituirá una alternativa de solución que permitirá el desahogo del tránsito de los productos agropecuarios de la zona costera nayarita hacia Puerto Vallarta, Jalisco y con esto el fomento al desarrollo social y económico de sus centros urbanos y rurales situados en la costa del Pacífico, como actividad prioritaria permitirá la comunicación turística con destino a Puerto Vallarta, proveniente de la región de Nayarit y de la región norte del Estado de Jalisco y centro del país, reducirá los costos de operación del transporte de pasajeros, de turismo, de carga y particular que utilizarán dicha vía de comunicación.

RESULTANDO SEGUNDO.- Que el expediente fue registrado con el número 13525, notificando a los integrantes del Comisariado Ejidal, ejidatarios y posesionarios afectados del citado núcleo agrario, la instauración del procedimiento expropiatorio, mediante cédulas de notificación sin número de fecha 25 de octubre de 2011, recibidas el 26 del mismo mes y año, sin que hayan manifestado inconformidad al respecto, así como por medio de instructivo de fecha 23 de noviembre de 2011, a la titular de las parcelas 604 y 620, debido a su negativa de recibir la notificación correspondiente, y por edictos de fechas 20 de febrero de 2012, publicados en el Diario Oficial de la Federación los días 6, 7 y 8 de marzo del mismo año, en el periódico "Uno más Uno" los días 5, 6 y 7, así como de fechas 15 de marzo de 2012, publicados en el periódico "Enfoque" los días 16, 17 y 18 del mismo mes y año, a los titulares de las parcelas 439, 535, 550, 565, 600, 637 y 759, de conformidad con las disposiciones aplicables. Iniciado el procedimiento relativo a los trabajos técnicos e informativos, se comprobó que existe una superficie real por expropiar de 40-60-98 Has., de las cuales 1-02-66 Ha., son terrenos de agostadero de uso común y 39-58-32 Has., de uso parcelado, de los que 19-98-37 Has., son terrenos de riego, 3-84-82 Has., de temporal y 15-75-13 Has., de agostadero, resultando afectadas las parcelas siguientes:

No. N O M B R E PARCELA No. SUPERFICIE HAS. CALIDAD
1.- ROSA MARGARITA BORRAYO CONTRERAS 439 3-91-03 AGOSTADERO
2.- JOSÉ GUTIÉRREZ GARCÍA 527 0-71-13 RIEGO
3.- MANUEL PEÑA GARCÍA 535 0-18-95 RIEGO
4.- JULIÁN PEÑA GARCÍA 536 1-22-03 RIEGO
5.- JUAN FRANCISCO SILVA INDA 548 1-21-19 RIEGO
6.- JESÚS PEÑA ARREDONDO (POSESIONARIO) 550 0-10-16 RIEGO
7.- ELISA CARRILLO MACIEL 555 0-84-17 RIEGO
8.- RAMÓN VLADIMIR BECERRA PÉREZ 556
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