Declaratoria de Necesidad para la prestación del servicio de Transporte de Pasajeros Público Colectivo del Corredor “División del Norte”

20 GACETA OFICIAL DE LA CIUDAD DE MÉXICO 8 de julio de 2022

SECRETARÍA DE MOVILIDAD

ANDRÉS LAJOUS LOAEZA, Secretario de Movilidad de la Ciudad de México, con fundamento en lo establecido en los artículos 122, apartado A, base V, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1, numerales 4 y 5, 3, numeral 2, inciso b), 5, apartado A, numeral 3, 7, apartado A, numeral 1, 13, apartado E, 16, apartado H, numeral 1, y 33, numeral 1, de la Constitución Política de la Ciudad de México; 1, 2, 3, fracciones I y II, 11, fracción I, 13, 14, 16, fracción XI, 18, y 36, fracciones I, XI y XXV, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 2, fracción I, 7, 9, fracciones I, XX, XXV, LXXII, LXXXVII, 10, fracciones I y IX, 12, fracciones I, V, VI, XXVI, XXIX, 55, fracción I, 56, fracción I, inciso b, 85, fracción I, 86, 87, 89, 99, fracción II y 100, de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; 1, 2, 20, fracción XVIII, 36, fracciones I, IV, XII y XXII, 193, fracción XLVII, del Reglamento Interior del Poder Ejecutivo y de la Administración Pública de la Ciudad de México; 1, 48, fracción VII, 71, 72 y 159, fracción III, del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México; en relación con el "Acuerdo por el que se Delega en el Titular de la Secretaría de Movilidad de la Ciudad de México, la Facultad para Emitir, Autorizar y Publicar Declaratorias de Necesidad para Concesionar la Prestación de Servicios Públicos de Transporte de Pasajeros y de Carga en la Ciudad de la Ciudad de México el día 27 de diciembre de 2019; y

CONSIDERANDO

Que el 14 de marzo de 2022, la Secretaría de Movilidad publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el AVISO POR EL QUE SE ESTABLECEN LAS VIALIDADES EN LAS QUE SE IMPLEMENTARÁ EL SERVICIO DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS DEL CORREDOR CONCESIONADO "DIVISIÓN DEL NORTE" y se precisan los kilómetros lineales de recorrido por sentido, con el propósito de brindar a los usuarios del transporte público un servicio eficiente, seguro y de calidad, con menores tiempos de recorrido y menor generación de emisiones contaminantes lo cual implica la modernización del servicio e introducción de nuevas tecnologías. Asimismo, señala que fueron seleccionadas diferentes vialidades con características particulares de oferta y demanda, ante la necesidad de mejorar el servicio de transporte de pasajeros público colectivo que prestan los actuales concesionarios, la renovación del parque vehicular y la aplicación de nuevas tecnologías sustentables para una mejor atención de sus usuarios.

Que en fecha 02 de junio de 2022 se publicó en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México el "AVISO POR EL QUE SE DA A CONOCER EL ESTUDIO DEL BALANCE ENTRE LA OFERTA Y LA DEMANDA DE TRANSPORTE PÚBLICO COLECTIVO DE PASAJEROS EN EL CORREDOR CONCESIONADO "DIVISIÓN DEL NORTE", cuyos resultados son los siguientes:

Que los recorridos cuentan con vialidades con características particulares de oferta y demanda y, ante la necesidad de mejorar el Servicio de Transporte Público Colectivo de Pasajeros que prestan los actuales concesionarios, se lleve a cabo la renovación del parque vehicular y la aplicación de nuevas tecnologías para una mejor atención de sus usuarios, se realizó el estudio técnico del balance de oferta-demanda en la zona de influencia de los servicios de la Ruta 2, Ruta 79, Ruta 90 y la Ruta 103 de la Ciudad de México, precisando los diversos itinerarios de los servicios que se prestan dentro de la Ciudad, las descripciones de los mismos, la longitud de cada uno de ellos y tiempos de ciclo, así como la demanda del servicio que atenderán.

Que se llevan a cabo acciones para avanzar hacia un Sistema Integrado de Transporte Público, que mejore la experiencia de viaje de los usuarios, realizando estudios que indican la forma de estructurar e integrar gradualmente el sistema de transporte público, con condiciones óptimas de operación.

Que de acuerdo al artículo 72 del Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, tratándose del servicio de transporte de pasajeros público colectivo, la Secretaría de Movilidad publicará, previamente a la Declaratoria de Necesidad, en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México, el estudio que contiene el Balance entre la Oferta y la Demanda, que debe incluir los resultados del ascenso-descenso, el inventario de servicios de transporte que participan en la vialidad de la que se trate y el estudio de frecuencia de paso y ocupación visual en las secciones de mayor demanda y en el periodo de máxima demanda, la oferta de unidades equivalentes para cada modalidad que se pretenda concesionar, la demanda atendida para cada modalidad y prestadores de servicio que actualmente se encuentren en operación y ocupación promedio de los vehículos para cada modalidad.

Que se debe impulsar una transformación del transporte público concesionado que propicie la conformación de empresas prestadoras del servicio que cumplan con estándares establecidos por la autoridad y que funcionen en el marco de una clara regulación, control y transparencia, que privilegien la eficiencia, bajas emisiones, accesibilidad, confiabilidad, seguridad, comodidad e integración con otros modos de transporte.

Que el parque vehicular operativo al día se compone de 155 unidades, de un total de 308 concesiones con registro en la Secretaría, principalmente de baja capacidad, con vida útil concluida, tecnológicamente obsoleto y que no cumple con las normas ambientales, por lo tanto, es considerado generador de altas emisiones contaminantes, que generan saturación en la vialidad y baja eficiencia.

Que se requiere ajustar la oferta de transporte, reduciendo el número de unidades en operación, sustituyendo el parque vehicular actual por unidades nuevas que cumplan con los manuales y lineamientos emitidos al efecto por la Secretaría de Movilidad, sustentados en los estándares ambientales y en congruencia con el comportamiento de la demanda.

Que la demanda del servicio que en promedio se atendió y transportó diariamente para el periodo 2021 fue de 31,615 pasajeros, demanda que fue analizada y estudiada en tiempo y de forma individual, de manera que los resultados obtenidos de estos sean más precisos. Que debido a la contingencia sanitaria a causa del SARS-Cov-2 (Covid-19), se estimó un porcentaje de recuperación de la demanda del 25% en el corredor, lo cual representaría una demanda de 39,519 pasajeros al día.

Que el estudio de Frecuencia y Ocupación Visual determinó que las horas consideradas como de máxima demanda resultante de las tres estaciones se encuentra entre las 09:00 a 09:59 horas, en donde se presenta una demanda puntual de 2,037 pasajeros. La cantidad promedio de usuarios a bordo de las unidades a lo largo del día es de 19 usuarios; con máximos de 37 y con mínimos de 9 usuarios por unidad.

Que el tiempo de ciclo de Chapultepec 2013 Preparatoria 5 es de 153 minutos, Chapultepec - Espartaco es de 184 minutos, Chapultepec 2013 El Vergel es de 214 minutos, Metro Salto del Agua 2013 Cuemanco por Acoxpa es de 206 minutos, Merced 2013 Santo Domingo es de 227 minutos y Metro Salto del Agua 2013 Cuemanco por FOVISSSTE es de 198 minutos. Que el factor de ocupación observado en las unidades a lo largo del día es en promedio de 0.50 en el sentido más cargado.

Por lo que se recomienda que para operar de manera eficiente los derroteros requieren de una optimización en la operación, que implica la reestructuración de los servicios y estima un mínimo de 55 unidades operativas y 7 unidades de reserva para un total de 62 unidades (en un escenario de afectación por pandemia) y hasta 70 unidades totales conforme la recuperación de la demanda así lo permita. Las unidades serán de tipo minibús y vagoneta que tendrán capacidad de 60 y 20 pasajeros respectivamente. Así mismo, cumplirán con características técnicas y ambientales que dicte la norma vigente. El parque vehicular deberá distribuirse como se muestra en la siguiente tabla:

Tabla 01. Características operativas y distribución de parque vehicular en escenario de afectación

Recorrido Tipo de unidad Flota operativa Flota de reserva

Chapultepec - Prepa 5 Minibús 10 1 La Merced - Salto del Agua - Cuemanco

por Acoxpa Minibús 34 4 Sauzales - División del Norte Minibús 6 1 Estadio Azteca - Santo Domingo Vagoneta 5 1

Total 55 7

Tabla 02. Características operativas y distribución de parque vehicular en escenario de recuperación

Recorrido Tipo de unidad Flota operativa Flota de reserva

Chapultepec - Prepa 5 Minibús 10 1 La Merced - Salto del Agua - Cuemanco

por Acoxpa Minibús 41 5 Sauzales - División del Norte Minibús 6 1 Estadio Azteca - Santo Domingo Vagoneta 5 1

Total 62 8

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Que es necesario mejorar la velocidad de tránsito y dotar a estas vialidades de infraestructura adecuada para la operación del transporte público de pasajeros, con objeto de obtener un mayor aprovechamiento de la capacidad vial y privilegiar el transporte público, lo que implica la necesidad de modificar la infraestructura de los recorridos descritos, mejorar tecnológicamente la prestación del servicio de transporte público de pasajeros y modificar el esquema de organización de los prestadores del servicio actuales, a efecto de optimizar el aprovechamiento de los recursos (tiempo, espacio, energía, etc.) y, en consecuencia, mejorar la calidad de vida de la población de las zonas que beneficiarán los recorridos, a través de la prestación de un servicio de transporte público colectivo de pasajeros con calidad, eficiencia y ambientalmente amigable.

Que con el objeto de eficientar el servicio, el recorrido La Merced - Salto del Agua - Cuemanco por Acoxpa, podrá realizar cierre de circuito en Salto del Agua contemplando hasta un 50% de la flota en operación sin desatender el trayecto a la Merced.

Con base en los artículos primero y segundo del "Acuerdo por el que...

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