Declaratoria de Desastre Natural por la ocurrencia de lluvia severa del 22 al 25 de julio de 2015, en 1 Municipio del Estado de Chihuahua

Fecha de disposición25 Julio 2015
Fecha de publicación07 Agosto 2015
EmisorSECRETARIA DE GOBERNACION
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Gobernación. LUIS FELIPE PUENTE ESPINOSA, Coordinador Nacional de Protección Civil de la Secretaría de Gobernación, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 27 fracción XXXII, de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 2 fracciones XVI, XXII y XXIV, 7 fracción IV, 19 fracción XI, 21, 58, 60, 61, 62, 63 y 74 de la Ley General de Protección Civil; 59 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación; 7, 8, 9 y 10 del "Acuerdo por el que se emiten las Reglas Generales del Fondo de Desastres Naturales" (Reglas Generales), publicado en el Diario Oficial de la Federación el 3 de diciembre de 2010, así como el numeral 4 primer párrafo y demás relativos aplicables de los "Lineamientos de Operación específicos del Fondo de Desastres Naturales" (Lineamientos de Operación), publicados en el referido órgano de difusión del Gobierno Federal el día 31 de enero de 2011, y

CONSIDERANDO

Que mediante oficio número D.E.081-2015 de fecha 25 de julio de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, Lic. César Horacio Duarte Jáquez, solicitó a la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) la corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Inundación fluvial, pluvial y lluvia severa del 22 al 25 de julio de 2015, que afectó al municipio de Guazapares.

Que con oficio B00.8.-0458 de fecha 30 de julio de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número D.E.081-2015, señalado en el párrafo inmediato anterior, disponiendo en su parte conducente la no corroboración el fenómeno de Inundación fluvial, pluvial y lluvia severa del 22 al 25 de julio de 2015, que afectó al municipio de Guazapares del Estado de Chihuahua.

Que mediante oficio número D.E.083-2015 de fecha 31 de julio de 2015, en cumplimiento al artículo 7 de las Reglas Generales, el Gobernador Constitucional del Estado de Chihuahua, Lic. César Horacio Duarte Jáquez, solicitó a la CONAGUA la reconsideración de la solicitud de corroboración del fenómeno natural perturbador, descrito como Lluvia severa así como inundación pluvial y fluvial del 22 al 25 de julio de 2015, que afectó al municipio de Guazapares.

Que con oficio B00.8.-0460 de fecha 31 de julio de 2015, la CONAGUA emitió su opinión técnica en atención al oficio número D.E.083-2015...

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