Circular por la que se comunica a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, a la Procuraduría General de la República, así como a las entidades federativas, que el Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal concedió la suspensión definitiva a la empresa Indaga, S.A. de C.V.

Fecha de disposición13 Abril 2011
Fecha de publicación13 Abril 2011
EmisorSECRETARIA DE LA FUNCION PUBLICA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de la Función Pública.- Organo Interno de Control en Pemex Petroquímica.- Area de Responsabilidades.- Expediente SANC.0053/2010. CIRCULAR No. 18/578.1/0264/2011

CIRCULAR POR LA QUE SE COMUNICA A LAS DEPENDENCIAS Y ENTIDADES DE LA ADMINISTRACION PUBLICA FEDERAL, A LA PROCURADURIA GENERAL DE LA REPUBLICA, ASI COMO A LAS ENTIDADES FEDERATIVAS, QUE EL JUZGADO DECIMOSEGUNDO DE DISTRITO EN MATERIA ADMINISTRATIVA EN EL DISTRITO FEDERAL CONCEDIO LA SUSPENSION DEFINITIVA A LA EMPRESA INDAGA, S.A. DE C.V.

Oficiales mayores y equivalentes

de las dependencias y entidades

de la Administración Pública Federal,

Procuraduría General de la República

y gobiernos de las entidades federativas.

Presentes.

En cumplimiento a lo ordenado en la interlocutoria de fecha 21 de febrero de 2011, dictada por la Juez adscrita al Juzgado Decimosegundo de Distrito en Materia Administrativa en el Distrito Federal, en el incidente de suspensión del Juicio de Amparo número 120/2011, se hace de su conocimiento que el citado Juzgado, concedió a la empresa Indaga, S.A. de C.V., la suspensión definitiva de la ejecución de la sanción consistente en la inhabilitación por el plazo de un año tres meses, contenida en la Resolución administrativa número 18/578.1/0053/2011, dictada el 7 de enero de 2011, en el expediente SANC.0053/2010, en los siguientes términos: "...Con fundamento en los artículos 124 y 130 de la Ley de Amparo, reglamentaria de los artículos 103 y 107 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, SE CONCEDE LA SUSPENSION DEFINITIVA solicitada para el efecto de que las cosas se mantengan en el estado que guardan, esto es, para que:

  1. No se lleve a cabo la ejecución de la resolución de fecha...

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