Décimo Octava Actualización de la Edición 2021 del Libro de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud.

Fecha de publicación24 Junio 2022
SecciónUNICA. Poder Ejecutivo
EmisorCONSEJO DE SALUBRIDAD GENERAL
DÉCIMO Octava Actualización de la Edición 2021 del Libro de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud
DÉCIMO Octava Actualización de la Edición 2021 del Libro de Medicamentos del Compendio Nacional de Insumos para la Salud. Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- GOBIERNO DE MÉXICO.- Consejo de Salubridad General.
JOSÉ IGNACIO SANTOS PRECIADO, Secretario del Consejo de Salubridad General, con fundamento en los artículos, 4, párrafo cuarto, 73, fracción XVI, bases 1a y 3a de la Constitución Política de los EstadosUnidos Mexicanos; 15, 16, 17, fracción V y 28 de la Ley General de Salud; 9 fracción III, 11, fracción IX y XVIII, del Reglamento Interior del Consejo de Salubridad General y
CONSIDERANDO
Que el artículo 4, párrafo cuarto de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que toda Persona tiene derecho a la protección de la salud;
Que conforme al Decreto por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de la LeyGeneral de Salud y de la Ley de los Institutos Nacionales de Salud, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre de 2019, se estableció en los artículos 17, fracción V y 28 de la Ley Generalde Salud, que habrá un Compendio Nacional de Insumos para la Salud, elaborado por el Consejo de Salubridad General, al cual se ajustarán las instituciones públicas del Sistema Nacional de Salud, y en el que se agruparán, caracterizarán y codificarán los insumos para la salud;
Que para los efectos señalados en el párrafo precedente participarán en la elaboración del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, la Secretaría de Salud, las Instituciones públicas de seguridad social y las demás que señale el Ejecutivo Federal;
Que con fecha 30 de abril de 2020, se publicó en el Diario Oficial de la Federación el Acuerdo por el que el Consejo de Salubridad General emite el Compendio Nacional de Insumos para la Salud al que se refieren los artículos 17, fracción V, 28, 28 Bis, 29, 77 Bis 1 y 222 Bis de la Ley General de Salud, con la finalidad de tener al día la lista de insumos para que las instituciones de salud pública atiendan problemas de salud de la población mexicana;
Que en términos de la última parte del artículo 28, de la Ley General de Salud, se llevaron a cabo trabajos entre el Secretariado del Consejo de Salubridad General, la Secretaría de la Defensa Nacional, la Secretaría de Marina, la Secretaría de Salud, el Instituto Mexicano del Seguro Social, el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado y los servicios de salud de Petróleos Mexicanos, para analizar las actualizaciones convenientes al Compendio Nacional de Insumos para la Salud, a efecto de considerar la inclusión de diversos insumos del libro de Medicamentos;
Que, derivado de lo anterior, se determinó la procedencia de la actualización del Compendio Nacional de Insumos para la Salud, en los términos siguientes:
DÉCIMO OCTAVA ACTUALIZACIÓN DE LA EDICIÓN 2021 DEL LIBRO DE MEDICAMENTOS DEL
COMPENDIO NACIONAL DE INSUMOS PARA LA SALUD
INCLUSIONES
Grupo 06. Enfermedades Infecciosas y Parasitarias
Dolutegravir/ Lamivudina
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y Dosis
010.000.7026.00
TABLETA
Cada tableta contiene:
Dolutegravir sódico equivalente a 50 mg de Dolutegravir
Lamivudina 300 mg
Envase con 30 tabletas
Tratamiento de la infección por el Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) en adultos y adolescentes a partir de los 12 años de edad que pesen por lo menos 40 kg, sin resistencia documentada o por sospecha clínica a cualquiera de sus componentes antirretrovirales, o para reemplazar el régimen antirretroviral actual en aquellos que están suprimidos virológicamente (ARN del VIH-1 de menos de 50 c/mL) en un régimen antirretroviral estable sin antecedentes de fracaso
Oral.
Adultos y adolescentes mayores de 12 años de edad y que pesen al menos 40 kg:
Una tableta una vez al día
al tratamiento.
GENERALIDADES
Dolutegravir inhibe a la integrasa del VIH uniéndose al sitio activo de la integrasa y bloqueando el paso de transferencia de la hebra de la integración del ácido desoxirribonucleico (ADN) retroviral, el cual es esencial para el ciclo de replicación del VIH.
Lamivudina es un inhibidor de la transcriptasa reversa análogo de los nucleósidos (ITRAN), y es un inhibidor potente y selectivo del VIH-1 y el VIH-2.
RIESGO EN EL EMBARAZO
B
REACCIONES ADVERSAS
Muy común: cefalea, náuseas, diarrea. Común: mareo, eritema, prurito, vómito, flatulencias, dolor abdominal, dolor abdominal superior, malestar abdominal, ideación suicida (en pacientes con un historial preexistente de depresión o enfermedad psiquiátrica), depresión, ansiedad, insomnio, sueños anormales.
CONTRAINDICACIONES Y PRECAUCIONES
Contraindicaciones: Hipersensibilidad a los componentes de la fórmula, administración concomitante con dofetilida, pilsicainida o fampridina, durante el embarazo, lactancia, en menores de 12 años, y en insuficiencia renal o hepática severa.
Precauciones generales: Acidosis láctica/hepatomegalia severa con esteatosis, enfermedad hepática, posible incremento en los niveles de lípidos séricos y de glucosa en sangre, reacción inflamatoria frente a infecciones oportunistas asintomáticas o residuales síndrome de reconstitución inmune, transmisión del VIH, monitoreo de la química hepática en los pacientes con coinfección por hepatitis B y/o C. Si dolutegravir / lamivudina se utiliza en pacientes coinfectados por VIH-1 y VHB se debe considerar un tratamiento adicional para el tratamiento apropiado del VHB crónico; de lo contrario, considerar un régimen alternativo.
INTERACCIONES
Debe tenerse precaución al coadministrar medicamentos (con o sin prescripción) que pueden alterar la exposición a Dolutegravir o Lamivudina, y al coadministrar medicamentos cuya exposición pueda verse alterada por dolutegravir / lamivudina.
La dosis recomendada de Dolutegravir es de 50 mg dos veces al día cuando se administra concomitantemente con rifampicina, carbamazepina, fenitoína, fenobarbital, hierba de San Juan, etravirina (sin inhibidores de la proteasa potenciados), efavirenz, nevirapina o tipranavir/ritonavir.
Dolutegravir no debe coadministrarse con antiácidos que contienen cationes polivalentes. Por lo tanto, se recomienda administrar dolutegravir/lamivudina 2 horas antes o 6 horas después de estos agentes.
Se recomienda administrar dolutegravir / lamivudina 2 horas antes o 6 horas después de tomar suplementos de calcio o hierro, o alternativamente, administrarlo con alimentos.
Dolutegravir incrementó las concentraciones de metformina. Se debe considerar un ajuste de la dosis de metformina cuando se inicie y se suspenda la coadministración de dolutegravir / lamivudina con metformina, para mantener el control glucémico.
MODIFICACIONES
(Se identifican por estar en letras cursivas y subrayadas)
Grupo Nº 20. Reumatología y Traumatología
Certolizumab pegol
Clave
Descripción
Indicaciones
Vía de administración y dosis
010.000.5795.00
SOLUCIÓN INYECTABLE
Cada jeringa prellenada contiene:
Certolizumab pegol 200 mg
Envase con 2 jeringas prellenadas con 1 ml.
Enfermedad de Crohn.
Artritis Reumatoide con respuesta inadecuada a FARMEs tradicionales.
Espondiloartritis Axial.
Artritis Psoriásica.
Tratamiento de psoriasis en placas, de moderada a severa, en adultos que son candidatos para la terapia sistémica
Subcutánea.
Adultos:
Enfermedad de Crohn:
400 mg inicialmente (administrados en 2 inyecciones de 200 mg cada una) y en las semanas 2 y 4; posteriormente, 400 mg cada 4 semanas.
Artritis Reumatoide:
400 mg inicialmente (administrados en 2 inyecciones de 200 mg cada una) y en las semanas 2 y 4; posteriormente, 200 mg cada dos semanas.
En combinación con metotrexato.
Para dosis de mantenimiento se puede considerar 400 mg cada 4 semanas.
Espondiloartritis axial:
400 mg (administrada en 2 inyecciones subcutáneas de 200 mg cada una) inicialmente y en las semanas 2 y 4, posteriormente la dosis de mantenimiento es de 200 mg cada dos semanas o 400 mg cada 4 semanas.
Artritis Psoriásica:
400 mg (administrada en 2 inyecciones por vía subcutánea de 200 mg cada una) inicialmente y en las semanas 2 y 4; posteriormente 200 mg cada dos semanas.
Para dosis de mantenimiento se puede considerar 400 mg cada 4 semanas.
Psoriasis en placas:
Adultos:
Dosis de inducción:
La dosis de inducción recomendada es de 400 mg (administrada en 2 inyecciones por vía subcutánea de 200 mg cada una) de forma inicial (semana 0) y en las semanas 2 y 4.
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