Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999 y Anexos 1, 2, 3, 4 y 5. (Continúa de la Primera Sección
Fecha de disposición | 24 Diciembre 1999 |
Fecha de publicación | 24 Diciembre 1999 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
Décima Resolución de Modificaciones a la Resolución Miscelánea Fiscal para 1999 y Anexos 1, 2, 3, 4 y 5. (Continúa de la Primera Sección)
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Contenido A. Establecimientos autorizados para imprimir comprobantes. 1. Contribuyentes a los que se les otorga autorización. 2. Contribuyentes a los que se les revoca la autorización. 3. B. Contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes. 1. Contribuyentes a los que se les otorga autorización. 2. Contribuyentes a los que se les revoca la autorización. |
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Establecimientos autorizados para imprimir comprobantes.
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Contribuyentes a los que se les otorga autorización.
Estado de Baja California
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Personas físicas:
Organista Sandoval Rosa
Ríos Morales Martín Javier
Ríos Morales Rita Mariza
Saldaña Navarro Hilda Margarita
Estado de Campeche
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Personas físicas:
Pacheco Rivera Guadalupe Candelaria
Estado de Colima
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Personas físicas:
Ramírez Peña Lorena
Estado de Chihuahua
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Personas físicas:
Cisneros Duarte Inés Guadalupe
González Ledesma Ricardo Armando
Guajardo Aguiñaga Rutilio
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Personas morales:
MR Print. De RL MI
Distrito Federal
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Personas físicas:
Contreras Rojas Pedro Rubén
Lemus Iñiguez Gabriela
Lino Flores Leticia
Muñoz Morales Gilberto
Pérez Alvarez Carlos
Sánchez Botello Irma Leticia
Tamayo Mendoza Andrés
Guanajuato
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Personas físicas:
García Ramírez Luis Daniel
Vega Diosdado Eliseo
Guerrero
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Personas físicas:
Bello Morales Simitrio
Hidalgo
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Personas morales:
Impresos Quigar, S.A.
Jalisco
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Personas físicas:
Aceves Casillas Gerardo
Gómez León Carlos
Rodríguez Horta Guillermina
Rodríguez Pelayo Jesús
Solares Valle Camilo
Valdivia Arellano Próspero
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Personas morales:
Gráficos Promociones, S.A. de C.V.
Estado de México
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Personas físicas:
Cuevas Ramírez Ambrosio
Martínez Sámano Miguel Angel
Sánchez Hernández Sergio Juan
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Personas morales:
Alesca Impresores, S.A. de C.V.
Carbopapel, S.A. de C.V.
Editorial Cigome, S.A. de C.V.
Grupo de Impresores H & M, S.A. de C.V.
Impresora Solución, S.A. de C.V.
Morelos
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Personas físicas:
Mena y Sánchez Carlos Leonardo
Nuevo León
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Personas físicas:
Flores Alvarez María Soledad Lucila
Llanes Moreno Sergio
Palomo Ramírez Rogelio Arturo
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Personas morales:
Abasteformas de Accesorios Computacionales, S.A. de C.V.
Calidad Impresa, S.A. de C.V.
Oaxaca
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Personas físicas:
Castro Pérez Miguel
López Valdivieso Armando
Marín Hernández Roberto
Martínez Matus Eneida
Rodríguez García Orlando
San Luis Potosí
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Personas físicas:
Guevara Cedillo Gelasio
Tamaulipas
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Personas físicas:
Beas de la Rosa Carlos Maro
Veracruz
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Personas morales:
Imprenta Trach Of Color, S. De RL MI
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Contribuyentes a los que se les revoca la autorización por los siguientes motivos:
Motivo Clave
A solicitud del contribuyente 1
Suspensión de Actividades 3
Baja por No Localizado B
Fusión F
Defunción D
Hidalgo
Nombre Motivo
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Personas físicas:
Aldana Herrero Arturo 1
Estado de México
Nombre Motivo
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Personas físicas:
Orozco Solares María Guadalupe Araceli 1
Michoacán
Nombre Motivo
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Personas físicas:
González Mendoza Benjamín 1
Querétaro
Nombre Motivo
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Personas morales:
Promociones Gráficas Mexicanas, S.A. de C.V. 1
Sonora
Nombre Motivo
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Personas físicas:
Rafael Gámez Ortíz D
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Contribuyentes autorizados para imprimir sus propios comprobantes
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Contribuyentes a los que se les otorga autorización
Distrito Federal
Gómez Cuetara Hnos., S.A. de C.V.
Galletas Cuetara, S.A. de C.V.
Muebles Dico, S.A. de C.V.
Papelera General, S.A. de C.V.
Revlon, S.A.
Revlon Profesional, S.A. de C.V.
Getronics México, S.A. de C.V.
Chihuahua
Equipos y Accesorios del Norte, S.A. de C.V.
Estado de México
Empaques Modernos San Pablo, S.A. de C.V.
Jalisco
Sachs Boge México, S.A. de C.V.
Nuevo León
Panel Rey, S.A.
Química y Farmacia, S.A. de C.V.
Querétaro
Travers Tool, S. de R.L. de C.V.
Sonora
Famsa del Pacífico, S.A. de C.V.
Yucatán
Mundo Deportivo, S.A. de C.V.
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Contribuyentes a los que se les revoca la autorización
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Por cambio de razón social
Distrito Federal:
Wang Global de México, S.A. de C.V.
Estado de Jalisco:
Aralmex, S.A. de C.V.
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Por fusión
Nuevo León:
Agro Servicios Ragasa, S.A. de C.V.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 15 de diciembre de 1999.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Tomás Ruiz.- Rúbrica.
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Contenido |
A. y B |
C. Contribuyentes autorizados para utilizar sus propios equipos. |
A y B
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Contribuyentes autorizados para utilizar sus propios equipos
Distrito Federal
Master Franchise Holdings, S.A. de C.V.
Varanni de México, S.A. de C.V.
Estado de Quintana Roo
Perfumería Ultra, S.A. de C.V.
Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 15 de diciembre de 1999.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Tomás Ruiz.- Rúbrica.
A. B. Relación de formas fiscales aprobadas para efectuar el pago de impuestos y derechos federales mediante el sistema de transferencia electrónica de fondos a que se refiere la regla 2.10.18. C. Instituciones de crédito que cumplen con los requisitos técnicos y operativos suficientes para la recepción de declaraciones presentadas a través de medios electrónicos. |
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Relación de formas fiscales aprobadas para efectuar el pago de impuestos y derechos federales mediante el sistema de transferencia electrónica de fondos a que se refiere la regla 2.10.18.
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a 3.
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2 Declaración del ejercicio. Personas morales, régimen general.
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2-A Declaración de consolidación.
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3 Declaración del ejercicio. Personas morales, régimen simplificado.
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a 9.
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6 Declaración del ejercicio. Personas físicas.
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8 Declaración del ejercicio. Personas físicas. Sueldos, salarios y conceptos asimilados.
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9 Pago del impuesto sobre tenencia o uso de aeronaves.
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Instituciones de crédito que cumplen con los requisitos técnicos y operativos suficientes para la recepción de declaraciones presentadas a través de medios electrónicos.
Institución Bancaria Opciones Banco Santander Mexicano, S.A. Ventanilla bancaria (diskette 3.5”) y banca electrónica. Banorte, S.A. Banca electrónica. Banco del Centro, S.A. Banca electrónica. Banpaís, S.A. Banca electrónica. ABN AMRO Bank (México), S.A. Ventanilla bancaria. Atentamente
Sufragio Efectivo. No Reelección.
México, D.F., a 15 de diciembre de 1999.- En ausencia del Secretario de Hacienda y Crédito Público y del Subsecretario del Ramo, y con fundamento en el artículo 105 del Reglamento Interior de esta Secretaría, el Subsecretario de Ingresos, Tomás Ruiz.- Rúbrica.
Contenido A. Cantidades actualizadas establecidas en el Código B. Cantidades actualizadas establecidas en las Leyes del ISR e IMPAC 1. Ley del ISR 2. Ley del IMPAC 3. 4. Ley del IVA C. D. Cantidades actualizadas establecidas en la Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 1999. |
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Cantidades actualizadas establecidas en el Código
Artículo 32-A.
I. Las que en el ejercicio inmediato anterior hayan obtenido ingresos acumulables superiores a $22,914,606.00 que el valor de su activo determinado en los términos de la Ley del Impuesto al Activo sea superior a $45,829,211.00 o que por lo menos 300 de sus trabajadores les hayan prestado servicios en cada uno de los meses del ejercicio inmediato anterior. Las cantidades a que se refiere este párrafo se actualizarán anualmente, en los términos del artículo 17-A de este ordenamiento.
Artículo 70.
Las multas que este Capítulo establece en porcientos o en cantidades determinadas entre una mínima y otra máxima, que se deban aplicar a los contribuyentes cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $1,139,023.00, se considerarán reducidas en un 50%, salvo que en el precepto en que se establezcan, se señale expresamente una multa menor para estos contribuyentes.
Artículo 80.
I. De $1,575.00 a $4,724.00, a las comprendidas en las fracciones I, II y VI.
II. De $2,006.00 a $4,012.00, a la comprendida en la fracción III, salvo tratándose de contribuyentes que tributen conforme al Título IV, Capítulo VI, Secciones II o III de la Ley del Impuesto sobre la Renta, cuyos ingresos en el ejercicio inmediato anterior no hayan excedido de $1,337,178.00, supuestos en los que la multa será de $669.00 a $1,337.00.
III. Para la señalada en la fracción IV:
a) Tratándose de declaraciones, se impondrá una multa entre el 2% de las contribuciones declaradas y $3,343.00. En ningún caso la multa que resulte de aplicar el porcentaje a que se refiere este inciso será menor de $1,337.00 ni mayor de $3,343.00.
b) De $401.00 a $936.00, en los demás documentos.
IV. De $7,874.00 a $15,747.00, para la establecida en la fracción V.
V. De $1,567.00 a $4,700.00, a la comprendida en la fracción VII.
VI. De $7,833.00 a $15,666.00 a las comprendidas en las fracciones VIII...
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