Acuerdo por el que se modifica el Sistema de Datos Personales denominado Registro de Participación en Eventos Ciudadanos

DELEGACIÓN TLALPAN

MARICELA CONTRERAS JULIÁN, Jefa Delegacional en Tlalpan de conformidad con lo establecido en los artículos 87 tercer párrafo, 104 y 117 del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; los artículos 7, 10 fracción XIV, 37 y 39 fracciones VIII, XLV y LIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; los artículos 6 y 7 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal; los artículos 120 y 121 del Reglamento Interior de la Administración Pública del Distrito Federal; los numerales 6, 7, 8 y 9 de los Lineamientos para la Protección de Datos Personales en el Distrito Federal; y con base en el Acuerdo 1303/SO/30-10/2013, emitido por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, y en el siguiente:

C O N S I D E R A N D O

I. Que en cumplimiento a lo establecido en el artículo 6 de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal corresponde al titular del ente público determinar la creación, modificación o supresión de sistemas de datos personales en el ámbito de su competencia.

II. Que de conformidad con el artículo 7, fracción I de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, que establece que cada ente público, publicará la creación, modificación o supresión de los sistemas de datos personales en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

III. Que el Sistemas de Datos Personales "Registro de Participación en Eventos Ciudadanos", que se modifica en el presente Acuerdo, fue inscrito el tres de mayo del dos mil diez, con el folio 0414001350324100503, en el Registro Electrónico de Sistemas de Datos Personales, el cual es administrado por el Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal.

IV. Que el sistema de datos personales señalado en el punto que antecede, fue considerado preexistente a la entrada en vigor de la Ley de Protección de Datos Personales para el Distrito Federal, por lo cual, en atención al principio de no retroactividad de la Ley, establecido en el artículo 14 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, no fue necesario publicar su creación en la Gaceta Oficial del Distrito Federal.

V. Que mediante Acuerdo 0825/SO/03-07/2013, de fecha tres de julio del dos mil trece, el Pleno del Instituto de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales del Distrito Federal, emitió el ACUERDO MEDIANTE EL CUAL SE APRUEBA EL INFORME DE RESULTADOS DE LA EVALUACIÓN DIAGNÓSTICO DE LA CALIDAD DE LA INFORMACIÓN INSCRITA EN EL REGISTRO ELECTRÓNICO DE SISTEMAS DE DATOS PERSONALES, CON SUS RESPECTIVAS RECOMENDACIONES.

VI. Que derivado de la evaluación realizada a la información inscrita en el Sistema de Datos Personales denominado...

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