Aviso por cual se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas que llevara a cabo la Delegación Milpa Alta, a través de la Dirección General de Desarrollo Social para el Ejercicio Fiscal 2013

DELEGACION MILPA ALTA,

REGLAS DE OPERACIÓN PARA PROGRAMAS SOCIALES 2013

VICTOR HUGO MONTEROLA RIOS, JEFE DELEGACIONAL EN MILPA ALTA, con fundamento en los artículos 87 párrafo III, 104 y 112 párrafo II del Estatuto de Gobierno del Distrito Federal; Artículo 1, 37, 38 y 39 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículo 120 del Reglamento Interior de la administración Pública del Distrito Federal, Artículo 30 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal, Artículos 96, 97 y 101 de la Ley de Presupuesto y Gasto Eficiente del Distrito Federal y artículo 50 del Reglamento de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; para el ejercicio fiscal 2013, emite el siguiente:

AVISO POR CUAL SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DE LOS PROGRAMAS QUE LLEVARA A CABO LA DELEGACIÓN MILPA ALTA, A TRAVES DE LA DIRECCION GENERAL DE DESARROLLO SOCIAL PARA EL EJERCICIO 2013, QUE A CONTINUACIÓN SE ENLISTAN:

1) ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES A TRAVÉS DE AYUDAS A PERSONAS ADULTAS MAYORES.

2) ATENCION A GRUPOS VULNERABLES A TRAVÉS DE AYUDAS ECONOMICAS A PERSONAS CON DISCAPACIDAD.

3) PROGRAMA DE AYUDAS ECONÓMICAS A PERSONAS QUE PARTICIPAN COMO PROMOTORES VOLUNTARIOS DE LOS PROGRAMAS SOCIALES.

4) PROGRAMA DE SERVICIO FUNERARIO A PERSONAS DE ESCASOS RECURSOS.

5) "AYUDAS A LA POBLACIÓN AFECTADA POR DESASTRES NATURALES O CONTINGENCIAS Y/O QUE REQUIERA ATENCIÓN MÉDICA ESPECIALIZADA".

6) PROGRAMA DE "AYUDAS ECONÓMICAS POR TI Y POR TU FUTURO A ESTUDIANTES DE NIVEL PRIMARIA Y SECUNDARIA".

7) PROGRAMA DE "AYUDAS ECONÓMICAS POR TI Y POR TU FUTURO A JÓVENES ESTUDIANTES DE NIVEL SUPERIOR".

8) "AYUDA ECONÓMICA PARA PREMIACIÓN DE EVENTOS DEPORTIVOS".

9) "AYUDAS ECONÓMICAS A PROMOTORES DEPORTIVOS"

10) "CENTROS DE DESARROLLO INFANTIL DELEGACIONAL".

ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES A TRAVÉS DE AYUDAS A PERSONAS ADULTAS MAYORES.

JUSTIFICACIÓN

Primero. Que durante la última década, la atención a grupos vulnerables, también conocidos como grupos sociales en condiciones de desventaja, ocupa un espacio creciente en la agenda legislativa de las políticas públicas, con especial atención a los procesos de vulnerabilidad social de las familias, grupos y personas. Se considera como vulnerables a diversos grupos de la población entre los que se encuentran las niñas, los niños y jóvenes en situación de calle, los migrantes, las personas con discapacidad, los adultos mayores y la población indígena, que más allá de su pobreza, viven en situaciones de riesgo.

Segundo. Que la Delegación Milpa Alta, cuenta con una superficie total de 28,375 hectáreas y es la segunda delegación más grande; constituye el 19.06 % de la superficie del Distrito Federal, ubicada totalmente en Suelo de Conservación, el

6.7% de su superficie se destina para usos urbanos. Además de estar conformada por 12 pueblos rurales organizados y los asentamientos humanos irregulares que progresivamente han surgido en su entorno.

Tercero. Que en lo que respecta a las personas adultas mayores, la principal fuente de trabajo con la que en su momento contaron en su edad productiva, fue la del sector primario (trabajo en el campo), por lo que difícilmente con la baja percepción económica, pudieron tener acceso a las actividades complementarias de desarrollo del ser humano tales como: educación, cultura, recreación, deporte y esparcimiento.

Por lo anterior, he tenido a bien expedir el siguiente:

1.- ATENCIÓN A GRUPOS VULNERABLES A TRAVÉS DE AYUDAS A PERSONAS ADULTAS MAYORES.

I. Unidad responsable del programa:

Delegación Milpa Alta

Dirección General de Desarrollo Social

Dirección de Gestión Social

Subdirección de Equidad Social.

Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables.

II. Objetivos y alcances:

Apoyar a los adultos mayores, preferentemente aglutinados en grupos organizados, que viven y conviven en la Delegación Milpa Alta, para contribuir a una vejez digna a través de apoyos en especie y prestación de servicios.

A) Objetivo General.

Coadyuvar a mejorar las condiciones de vida, el desarrollo propio y proteger los derechos de las y los adultos mayores de la Delegación. A fin de que gocen de una mejor calidad de vida a través de su plena integración al desarrollo social y cultural de la comunidad milpaltense.

B) Objetivo Específico.

Ampliar la cobertura de asistencia social dirigida a las y los adultos mayores.

Coadyuvar a mejorar las condiciones de vida y atenuar las desigualdades sociales que enfrentan las y los adultos mayores en la Delegación Milpa Alta mediante el otorgamiento de ayudas en especie, la cual puede consistir en despensas, desayunos o comidas ocasionales, autobuses para visitas de carácter recreativo o cultural, y un baile delegacional anual

Propiciar la participación libre de los adultos mayores en actividades culturales, deportivas, recreativas y sociales.

III. Meta Física.

Implementar acciones en el lapso del año 2013 que permitan beneficiar a 800 adultos mayores.

IV. Programación Presupuestal.

Para este ejercicio fiscal 2013 se tiene programado un monto presupuestal anual total de $ 915,000.00 (Novecientos Quince Mil Pesos 00/100 M.N.) que será ejercido para la adquisición de despensas, box lunch y/o banquetes y arrendamiento de transporte.

V. Requisitos y Procedimientos de Acceso.

A) Requisitos

Tener 60 años o más, o pertenecer y/o participar preferentemente en algún grupo de adultos mayores de la demarcación, sin que ello sea limitante para recibir alguna de las ayudas.

Ser Residente de la Delegación Milpa Alta, debiendo entregar copia simple de un comprobante de domicilio actualizado que así lo confirme.

Firmar un recibo correspondiente al recibir la ayuda otorgada.

Copia de Identificación oficial con fotografía o credencial de elector.

Copia de su Clave Única de Registro de Población (CURP).

La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables recibirá las solicitudes y mantendrá actualizado el padrón de beneficiarios del programa, en coordinación con el Patronato Delegacional, instancia que deberá asignar un enlace permanente para dicho fin, que cuente preferentemente con la formación académica como trabajadora social, enfermera o psicóloga.

B) Acceso

La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables incorporará al padrón de beneficiarios a quienes hubiesen cumplido con los requisitos y criterios de selección del programa, a demanda del o la solicitante.

VI. Procedimientos de Instrumentación.

La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables recibirá las solicitudes e incorporará al padrón de beneficiarios a quienes hubiesen cumplido con los requisitos, criterios de acceso y los criterios de selección establecidos, con la única salvedad de no contar con la disponibilidad de recursos económicos del programa, conforme a la meta física y techo presupuestal anual.

La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables mantendrá actualizado el padrón de beneficiarios del programa, pudieron requerir en todo momento al Patronato Delegacional la información necesaria para tal fin.

La Dirección General de Desarrollo Social gestionará ante la Dirección General de Administración, la entrega de los recursos que permitan cumplir en tiempo y forma las acciones y apoyos programadas.

La Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables y el Patronato Delegacional coordinarán y asistirán la entrega de ayudas en especie, debiendo recabar la evidencia fotográfica de dichos actos, con medios propios o a través de la Coordinación de Comunicación Social.

Al recibir la ayuda cada uno de los Adultos Mayores deberán firmar el recibo correspondiente anexando copia de su credencial de elector o identificación oficial con fotografía y copia simple de su CURP.

Para el otorgamiento de las ayudas se tomará en cuenta la opinión de las y los Adultos Mayores, procurando mecanismos de participación que les permitan la toma consensuada de sus decisiones.

VII. Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana.

El adulto mayor que considere vulnerado su derecho a ser beneficiado con las ayudas que establece el programa podrá presentar su reclamo o inconformidad hacia las Unidades Administrativas encargadas de su aplicación, ante la Dirección General de Desarrollo Social, la Dirección de Gestión Social, la Subdirección de Equidad Social y/o la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables al teléfono 5862 3150 extensión 1507, siendo esta última la responsable de su atención pronta y expedita en un plazo no mayor a diez días hábiles.

Para lograr una adecuada comunicación con las y los beneficiarios, la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables en coordinación con el Patronato Delegacional colocará un buzón para la recepción de quejas y comentarios, garantizando la confidencialidad de quienes los emiten. En caso de no recibir respuesta a la inconformidad, el quejoso podrá acudir ante la oficina de la contraloría interna correspondiente, ubicada en la planta baja del Edificio "Morelos", Avenida Constitución esquina con Andador Sonora.

VIII. Mecanismos de exigibilidad.

La oficina de la Jefatura de Unidad Departamental de Atención a Grupos Vulnerables y la oficina del Patronato Delegacional tendrán a disposición de manera permanente, los días hábiles de los 365 días naturales del año, en horario de 09:00 a 20:30 horas, la información impresa que comprenda los requisitos de acceso al programa, misma que se entregará al demandante que así lo solicite. El peticionario que cumpla con los requisitos contenidos en las presentes reglas de operación, podrá acceder al otorgamiento de la ayuda, con la única limitante de la restricción económica del programa, descrita en la programación presupuestal anual asignado para dicho fin.

La atención e información que se brinde a él o la demandante, será siempre acorde con la transparencia, la claridad en la exposición, la equidad, sin...

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