Aviso por el que se dan a conocer las Reglas de Operación de los Programas Sociales

FIDEICOMISO EDUCACIÓN GARANTIZADA

MIGUEL GARCÍA HERNÁNDEZ, DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO PÚBLICO DENOMINADO EDUCACIÓN GARANTIZADA DEL DISTRITO FEDERAL, con fundamento en los Artículos , , , 33° y 120 fracción III de la Ley de Educación del Distrito Federal; Artículos 2°, 3° fracción IX, 6°, 43, 44, 47, 53, 54 fracción I, 61, 67, y 71 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Distrito Federal; Artículos 32, 33, 34 y 38 de la Ley de Desarrollo Social del Distrito Federal; Artículo 50 de su Reglamento; Contrato del Fideicomiso No. 2152-6 de fecha 21 de junio de 2007; Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso de fecha 21 de diciembre del año 2007, Segundo Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 5 de noviembre de 2008; Tercer Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 27 de octubre de 2010; Cuarto Convenio Modificatorio al Contrato del Fideicomiso aprobado el 11 de julio de 2011; y en los Acuerdos SO/02/010/2009 tomado en la Segunda Sesión Ordinaria del Comité Técnico celebrada el 21 de mayo de 2009 y SO/01/014/11 tomado en la Primera Sesión Ordinaria del Comité Técnico celebrada el 1º de marzo de 2011 y demás disposiciones legales aplicables.

CONSIDERANDO

Que conforme a la Ley de Educación del Distrito Federal, "Todos los habitantes del Distrito Federal tienen el derecho inalienable e imprescriptible a las mismas oportunidades de acceso y permanencia en los servicios educativos en todos los tipos, niveles y modalidades que preste el Gobierno del Distrito Federal, al que corresponde garantizarlo con equidad e igualdad; considerando las diferencias sociales económicas u otra índole de los distintos grupos y sectores de la población, en correspondencia con sus particulares necesidades y carencias y sin más limitaciones que la satisfacción de los requerimientos establecidos por las disposiciones legales respectivas", se establecen las Reglas de Operación, para el:

AVISO POR EL QUE SE DAN A CONOCER LAS REGLAS DE OPERACIÓN DEL PROGRAMA SEGURO CONTRA ACCIDENTES PERSONALES DE ESCOLARES, "VA SEGUR@" 2012.

A. ENTIDAD RESPONSABLE.

Fideicomiso Público, denominado "Educación Garantizada del Distrito Federal", a través de la Dirección de Educación Garantizada y de su Coordinación de Aseguramiento contra Accidentes, con domicilio en Av. Ejército Nacional Núm. 359, Col. Granada, C. P. 11520, Delegación Miguel Hidalgo, con teléfono 11 02 17 30, extensión 4048.

B. OBJETIVOS Y ALCANCES.

Brindar la seguridad a través del Programa Seguro Contra Accidentes Personales de Escolares a los "alumnos" inscritos en las escuelas públicas de la entidad y residentes en el Distrito Federal de los niveles preescolar, primaria, secundaria, bachillerato, nivel medio superior y Jóvenes Universitarios, extensivo a los "alumnos" de las estancias infantiles del Gobierno del Distrito Federal, Centros de Desarrollo Comunitario y Centros de Bienestar Social Urbano del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF), de que cuentan con un seguro que cubre cualquier tipo de accidentes personales que les ocurran durante sus actividades escolares dentro de los planteles educativos, el traslado ininterrumpido al hogar y viceversa, incluyendo las actividades extraescolares, como salidas y/o visitas culturales y recreativas organizadas por la escuela o por instituciones oficiales del Gobierno del Distrito Federal dentro de la República Mexicana y adicionalmente los gastos médicos por parto prematuro o aborto ocasionado por accidente cubierto. No habrá deducibles en ninguna de las coberturas.

C. METAS FÍSICAS.

Desde el inicio del programa Va Segur@ proyectó un número de alumnos asegurados de 12019650,000 (Un millón seiscientos cincuenta mil), y a un número de maestros asegurados de 60,000 (Sesenta mil), considerándose una variación en aumento o disminución de veinte por ciento de dicho total de alumnos y maestros asegurados, que estén inscritos y residan en el Distrito Federal, el cual podrá variar de acuerdo a los movimientos de inscripción y baja.

D. PROGRAMA PRESUPUESTAL.

La partida presupuestal para la contratación del seguro se establece como la 4412 Ayudas Sociales a personas u hogares de escasos recursos.

E. REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO DE ACCESO.

I. REQUISITOS DE INGRESO

Se requiere ser "alumno" o "maestro" inscrito en las escuelas públicas de la entidad y residente en el Distrito Federal de los niveles preescolar, primaria, secundaria, bachillerato, nivel medio superior, así como beneficiarios del programa "Jóvenes Universitarios", para el caso de alumno y para el caso de maestro estar inscrito en las escuelas públicas de la entidad y residente en el Distrito Federal de los niveles , primaria, secundaria, y bachillerato o en su caso "alumno" de las estancias infantiles del Gobierno del Distrito Federal, Centros de Desarrollo Comunitario y Centros de Bienestar Social Urbano del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Distrito Federal (DIF-DF).

II. PROCEDIMIENTO DE ACCESO

Para la atención y uso de este beneficio los alumnos no tendrán que realizar ningún trámite ni inscripción de ninguna índole, por lo que en caso de ocurrir un siniestro se hará lo siguiente:

II.1 La autoridad escolar, el padre, madre o tutor del alumno accidentado o maestro, se comunicará al Centro de Atención Telefónica (CAT). Por medio de un número de emergencia 01800-633-2826 provisto por la empresa aseguradora, mismo que adicionalmente se hará de conocimiento a través de medios de difusión en escuelas y lugares públicos, así como en el portal electrónico del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal y el Programa VA SEGUR@.

II.2 El ejecutivo de atención telefónica indicará el hospital o clínica a donde debe ser traslado el beneficiario, el cual será atendido sin que tenga que hacer ningún pago o desembolso por la atención recibida.

II.3 En el caso de pérdidas orgánicas, ya sea por la amputación quirúrgica o traumática o bien su anquilosamiento total, por pérdida de un ojo, pérdida completa e irreparable de la vista, se otorgarán los porcentajes de la tabla de indemnización no deberán aplicarse límites de edad para el pago de ésta.

II.4 En caso de fallecimiento, el personal del Centro de Atención Telefónica indicará el procedimiento a seguir, así como los documentos que deberá proporcionar para proceder al pago de la suma asegurada.

II.5 En caso de haberse efectuado gastos médicos, provocados por la urgencia o la distancia del siniestro y no haya sido posible canalizar al alumno a los hospitales con los que tenga convenio celebrado la aseguradora, el reembolso procederá previa autorización de la misma, y se pagará al familiar que acredite la realización de éstos.

F. PROCEDIMIENTO DE INSTRUMENTACIÓN.

I. DIFUSIÓN.- Se informará de la existencia y forma de operar del Programa VA SEGUR@, así como en el portal electrónico del Fideicomiso Educación Garantizada del Distrito Federal www.fideicomisoed.df.gob.mx, y en la página www.vaseguro.df.gob.mx.

II. REGISTRO.- No es necesario inscribirse, ni realizar ningún trámite administrativo para tener derecho a los beneficios de este programa.

III. ABASTO.- Se contratará una compañía aseguradora la cual proveerá la infraestructura de hospitales y médicos para la operación del programa.

IV. SUPERVISIÓN Y CONTROL.- Los hospitales y en general el servicio prestado será supervisado y controlado por el Fideicomiso, a través de la Dirección de Educación Garantizada y su Coordinación de Aseguramiento contra Accidentes del Programa VA SEGUR@ la cual se encargará de vigilar sus avances y se conducirá con apego a la Ley de Trasparencia y Acceso a la Información Pública del Distrito Federal.

V. EVALUACIÓN.- El servicio prestado por la compañía de seguros será evaluado por el Fideicomiso a través de la Coordinación de Aseguramiento contra Accidentes.

G. COBERTURA.

La aseguradora se obliga a cubrir a los alumnos contra los accidentes personales que les ocurran durante sus actividades escolares dentro de los planteles educativos, durante el traslado ininterrumpido al hogar y viceversa, incluyendo las actividades extraescolares, como salidas y/o visitas culturales y recreativas organizadas por la escuela o por instituciones oficiales del Gobierno del Distrito Federal dentro de la República Mexicana; y adicionalmente los gastos médicos por parto prematuro o aborto ocasionado por accidente cubierto; de acuerdo a:

I. Muerte accidental: Si durante la vigencia de la póliza, como consecuencia directa de un accidente cubierto y dentro de los 99 días a la fecha del mismo sobreviniere la muerte, se pagará a las personas designadas como beneficiarios el importe de la suma asegurada establecida. Este beneficio únicamente aplicará para aquellos alumnos mayores de 12 años.

II. Gastos funerarios: Este seguro pagará los gastos que por concepto de funeral se incurra para los menores de 12 años de edad.

III. El pago: éste será igual a la suma asegurada para cada uno de los participantes asegurados. El fallecimiento deberá ser a consecuencia de un accidente cubierto y dentro de los 99 días siguientes a la fecha del mismo. La cobertura de muerte accidental se sustituye por gastos funerarios en los menores de 12 años.

IV. Pérdida de miembro u órgano: Este cuadro es descriptivo de pérdidas y se pagarán los porcentajes de la suma asegurada, sin límite de edad para éstas, acorde a la siguiente Tabla de Indemnizaciones:

Tabla de Indemnizaciones

Por la pérdida de: Indemnización: Ambas manos o ambos pies o la vista de ambos ojos 100%

Una mano y un pie 100%

Una mano o un pie, conjuntamente con un ojo 100%

Una mano o un pie 50%

La vista de un ojo 30%

El pulgar de cualquier mano 15%

El índice de cualquier mano 10% Amputación parcial de un pie comprendiendo todos los dedos 30%

Tres...

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