Acuerdo que modifica el diverso por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar azúcar originaria de la República de Nicaragua, en 2010

Fecha de disposición02 Junio 2010
Fecha de publicación02 Junio 2010
EmisorSECRETARIA DE ECONOMIA
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Economía. Con fundamento en los capítulos VII del Tratado de Libre Comercio de América del Norte y IV del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua; en la Decisión No. 7 de la Comisión Administradora del Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua; en los artículos 34 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 4o., fracción III, 5o., fracciones V y X, 17, 20, 23 y 24, segundo párrafo de la Ley de Comercio Exterior; 31, 33 y 35 del Reglamento de la Ley de Comercio Exterior; 1 y 5, fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Economía, y

CONSIDERANDO

Que el Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua, aprobado por el Senado de la República el 30 de abril de 1998, se encuentra vigente desde su publicación en el Diario Oficial de la Federación el 1 de julio del mismo año;

Que conforme al Anexo 2 del artículo 4-04 del Tratado mencionado en el considerando anterior y a la Decisión No. 7 de la Comisión Administradora del mismo, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 17 de agosto de 2005, se definió una participación de Nicaragua del 10% dentro del arancel cuota que México establezca, cuya participación estará exenta del pago de arancel;

Que el 9 de febrero de 2010 se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar azúcar, en 2010, el cual incluye, entre otros, a los productos clasificados en las fracciones arancelarias 1701.11.02 y 1701.99.02 de la Tarifa de la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación;

Que es necesario incorporar las fracciones arancelarias 1701.11.02 y 1701.99.02, al Acuerdo por el que se da a conocer el cupo y el mecanismo de asignación para importar azúcar originaria de la República de Nicaragua, en 2010, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de 2010, con el propósito de dar cumplimiento al Tratado de Libre Comercio entre el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el Gobierno de la República de Nicaragua;

Que como resultado del cupo para importar azúcar publicado en el Diario Oficial de la Federación el 9 de febrero de...

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