Norma Oficial Mexicana NOM-016-SCT4-1996, Especificaciones técnicas que deben cumplir las cadenas para anclas de uso en embarcaciones

Fecha de disposición28 Marzo 2000
Fecha de publicación28 Marzo 2000
EmisorSECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES
SecciónPRIMERA. Poder Ejecutivo

NORMA Oficial Mexicana NOM-016-SCT4-1996, Especificaciones técnicas que deben cumplir las cadenas para anclas de uso en embarcaciones.

Al margen un sello con el Escudo Nacional, que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Secretaría de Comunicaciones y Transportes.- Dirección General de Marina Mercante.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-016-SCT4-1996, ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS CADENAS PARA ANCLAS DE USO EN EMBARCACIONES.

PEDRO PABLO ZEPEDA BERMUDEZ, Coordinador General de Puertos y Marina Mercante y Presidente del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, con fundamento en los artículos 36 fracciones I, XII y XVI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal; 1o., 38 fracción II, 40 fracciones XIII y XVI, 43 y 47 fracción IV de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización; 1o., 7o. fracciones V y VII y 60 de la Ley de Navegación; 4o., 6o. fracción XIII y 28 fracción XVI del Reglamento Interior de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

CONSIDERANDO

Que con fecha 5 de diciembre de 1994, en cumplimiento de lo previsto en los artículos 44 y 46 de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, la Dirección General de Marina Mercante presentó al Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, el anteproyecto de Norma Oficial Mexicana;

Que con fecha 4 de diciembre de 1998, una vez aprobado por el Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, y en cumplimiento de lo previsto en el artículo 47 fracción I de la Ley Federal sobre Metrología y Normalización, se publicó en el Diario Oficial de la Federación, el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana a efecto de que dentro de los siguientes 60 días naturales posteriores a dicha publicación, los interesados presentaran sus comentarios al mencionado Comité Consultivo;

Transcurrido el plazo otorgado, no se recibieron comentarios sobre el proyecto de la presente Norma Oficial Mexicana;

Que en atención a las anteriores consideraciones, contando con la aprobación del Comité Consultivo Nacional de Normalización de Transporte Marítimo y Puertos, he tenido a bien expedir la siguiente: Norma Oficial Mexicana NOM-016-SCT4-1996, Especificaciones técnicas que deben cumplir las cadenas para anclas de uso en embarcaciones.

NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-016-SCT4-1996, ESPECIFICACIONES TECNICAS QUE DEBEN CUMPLIR LAS CADENAS PARA ANCLAS DE USO EN EMBARCACIONES Technical specifications for stud - link anchor chains

INDICE

  1. Objetivo

  2. Campo de aplicación

  3. Referencias

  4. Definiciones

  5. Designación

  6. Especificaciones

  7. Muestreo y métodos de prueba

  8. Marcado

  9. Certificación, inspección y aceptación

  10. Vigilancia

  11. Bibliografía

  12. Concordancia con normas internacionales

  13. Vigencia

    PREFACIO

    En la elaboración de la presente Norma Oficial Mexicana participaron las siguientes dependencias, instituciones, cámaras, asociaciones y empresas:

    DEPENDENCIAS:

    SECRETARIA DE COMERCIO Y FOMENTO INDUSTRIAL Dirección General de Normas

    SECRETARIA DE COMUNICACIONES Y TRANSPORTES Dirección General de Asuntos Jurídicos Dirección General de Marina Mercante Dirección General de Proyectos, Servicios Técnicos y Concesiones Dirección General de Tarifas y Transporte Multimodal

    SECRETARIA DE PESCA Dirección General de Infraestructura y Flota Pesqueras

    SECRETARIA DE MARINA, ARMADA DE MEXICO Dirección General de Construcción y Mantenimiento Navales

    INSTITUCIONES:

    INSTITUTO MEXICANO DEL TRANSPORTE

    CAMARAS: Cámara Nacional de la Industria de la Transformación Cámara Nacional de la Industria del Transporte Marítimo

    ASOCIACIONES: Asociación Mexicana de Agentes Navieros, A.C. Asociación Mexicana de Ingenieros Navales, A.C. Asociación Mexicana de Ingeniería Portuaria, A.C.

    Colegio Nacional de Profesionales de la Pesca Consejo Administrativo de la Industria Naval

    EMPRESAS: American Bureau of Shipping Det Norske Veritas México, S.A. de C.V. Germanisher Lloyd PEMEX - Refinación Gerencia de Transportación Marítima

  14. Objetivo

    Esta Norma Oficial Mexicana establece las especificaciones técnicas que debe cumplir la fabricación y métodos de prueba de las cadenas y sus accesorios.

  15. Campo de aplicación

    Esta Norma Oficial Mexicana se debe aplicar a las cadenas de fabricación nacional y a las fabricadas en el extranjero para ser utilizadas en embarcaciones nacionales.

  16. Referencias

    NOM-008-SCFI-1993 Sistema General de Unidades de Medida.

    NMX-B-001-1993 Métodos de análisis químico para determinar la composición de aceros y fundiciones.

  17. Definiciones

    Arganeo.- Aro o argolla de acero forjado que va engastado en la extremidad de la caña del ancla y de tamaño proporcionado a la misma y que sirve para fijar la cadena o el cabo.

    Cadena.- Conjunto de eslabones de acero unidos unos con otros por sus extremos.

    Contrete.- Refuerzo transversal colocado en el eslabón que restringe la deformación cuando se somete a esfuerzos de tensión y además evita que la cadena se enrede.

    Eslabón.- Barra de sección circular y forma ovalada, que unida con otros forman una cadena.

    Grillete.- Eslabón de acero con un perno, sirve para unir dos trozos de cadena o al arganeo del ancla.

  18. Designación

    Se consideran tres grados de cadena del ancla que se designan como sigue:

    NIVEL DE RESISTENCIA GRADO METODO DE FABRICACION
    Resistencia normal 1 Soldadura a tope por chispa.
    Alta resistencia 2a Soldadura a tope por chispa o forjado al martinete.
    2b Fundición de acero.
    Muy alta resistencia 3a Soldadura a tope por chispa o forjado al martinete.
    3b Fundición de acero.
  19. Especificaciones

    6.1.1 Proceso de fabricación del acero para la cadena

    El acero utilizado para la fabricación de cadenas debe ser elaborado por los procesos de hogar abierto, básico al oxígeno, horno de arco eléctrico u otro proceso para materiales semejantes.

    6.1.2 Composición química

    La composición química del material para la fabricación de cadenas y sus accesorios es determinada por el fabricante de acero con muestras tomadas de cada colada y éstas deben cumplir con las especificaciones aprobadas para la fabricación de cadenas. El acero oxidado (efervescente) no es aceptable para ningún grado de cadena.

    6.2 Forma y dimensiones

    6.2.1 Forma

    Los eslabones, grilletes y accesorios deben ser de las formas y proporciones mostradas en las figuras 1 a la 7. Todos los eslabones y grilletes deben de ser uniformes.

    6.2.2 Dimensiones

    Las dimensiones de los eslabones y accesorios deben ser de acuerdo con los valores especificados en las tablas 1 a la 6.

    El diámetro nominal (d) es el diámetro del diseño medido en la corona de un eslabón común ver figura 1 y tabla 1.

    Todas las dimensiones están basadas en el diámetro nominal (d) de los eslabones comunes y deben ser medidas después de que la cadena y grilletes han sido sujetos a la prueba de carga reglamentaria.

    6.2.3 Eslabón grande

    Las proporciones de los eslabones grandes son las mismas que las de los eslabones comunes.

    6.2.4 Eslabones comunes y grandes

    El radio interior de los eslabones comunes y grandes debe permitir que cada eslabón asiente en forma adecuada y trabaje libremente, ver figuras 1 y 2.

    6.2.5 Eslabones extremos

    El radio interior de los eslabones extremos debe ser igual a la mitad de la anchura interior y ambos lados deben ser paralelos.

    6.2.6 Pasador de retención del grillete

    El pasador de retención utilizado en los grilletes de unión tipo D y grilletes extremos debe ser un pasador cónico, que tenga una conicidad no menor que 1:50 y no mayor que 1:16 en el diámetro.

    El pasador de retención utilizado en los grilletes de unión tipo Kenter debe ser un pasador cónico, que tenga una conicidad no menor a 1:50 y no mayor que 1:32 en el diámetro.

    Los tamaños normales y longitudes requeridas son especificadas en las tablas 4, 5 y 6. Las otras especificaciones de los pasadores cónicos por ejemplo: radio final, tolerancia cónica y superficie final, deben cumplir con las especificaciones de la Norma Internacional ISO 2339:1986, Pernos cónicos, reblandecidos.

    Los pasadores cónicos deben ser de acero inoxidable o de acero con baño de estaño. El baño de estaño debe hacerse mediante los procesos de baño caliente o electrodeposición y cumplir con las especificaciones de la Norma Internacional ISO 2093:1986, Recubrimientos galvanoplasteado de estaño. Especificaciones y métodos de prueba.

    6.3 Tolerancias

    6.3.1 Diámetro nominal (d) de un eslabón común

    Las tolerancias permitidas de fabricación en el diámetro (d) de eslabones comunes, medidas en la corona son:

    0

    mm para d 40 mm.

    - 1

    0

    mm para 40 mm < d 84 mm.

    - 2

    0

    mm para 84 mm < d 122 mm.

    - 3

    0

    mm para d > 122 mm.

    - 4

    El área de la sección transversal en la corona del eslabón no debe ser menor que el área de una circunferencia del diámetro nominal.

    La tolerancia permitida de fabricación en el diámetro nominal medida en el eslabón es:

    0

    %

    - 2.5

    6.3.2 Longitud de cinco eslabones

    La tolerancia en fabricación en una longitud de cinco eslabones es:

    + 5

    %

    0

    6.3.3 Todas las demás dimensiones

    La tolerancia permitida de fabricación es ± 5%, tomando en cuenta el buen ajuste entre todos los componentes de la cadena.

    6.3.4 Rango de los tamaños de grilletes y eslabones

    El rango de los diámetros nominales (d) es el especificado por las sociedades clasificadoras de embarcaciones debidamente aprobadas en los términos que determine la Autoridad Marítima.

    6.3.5 Designación del tamaño

    El tamaño nominal de un eslabón común es designado por el diámetro nominal (d) del eslabón.

    El tamaño nominal de otros eslabones y grilletes es designado por el diámetro nominal (d) del eslabón común.

    El tamaño del eslabón con contrete de la cadena es designado por el tamaño nominal del eslabón común.

    6.3.6 Uniones

    Ejemplos para el uso de los eslabones, ver figura 7.

  20. Muestreo y métodos de prueba

    Todas las cadenas de anclas y sus accesorios deben ser sometidas a las pruebas de tracción y de rotura. Antes de la prueba la cadena debe estar exenta de pintura u otro...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR