Ley que Crea el Organismo Público Descentralizado Denoiminado Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, México

ENRIQUE PEÑA NIETO, Gobernador Constitucional del Estado Libre y Soberano de México, a sus habitantes sabed:

Que la Legislatura del Estado, ha tenido a bien aprobar lo siguiente:

DECRETO NÚMERO 205

LA H. “LVII” LEGISLATURA DEL ESTADO DE MÉXICO

DECRETA:

ARTÍCULO ÚNICO Se expide la Ley que crea el Organismo Público Descentralizado denominado Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, México.

LEY QUE CREA EL ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO

DENOMINADO INSTITUTO MUNICIPAL DE CULTURA FÍSICA Y

DEPORTE DE NOPALTEPEC, MÉXICO

CAPÍTULO PRIMERO Artículos 1 a 4

DE SU NATURALEZA JURÍDICA Y SUS OBJETIVOS

Artículo 1 Se crea el Organismo Público Descentralizado denominado “Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec”, como un organismo público con personalidad jurídica y patrimonio propios.
Artículo 2 El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, será manejado entre otros, por personas que surjan del movimiento deportivo municipal, que conozcan y estén comprometidos con todos los deportistas y la sociedad en general del Municipio de Nopaltepec, México.
Artículo 3 El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, es sujeto de derechos y obligaciones, otorgándosele autonomía necesaria para asegurar el cumplimiento del deber del municipio de promover el deporte y cultura física.
Artículo 4 El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, tendrá los siguientes objetivos:
  1. Impulsar la práctica deportiva en todos los grupos y sectores del municipio;

  2. Propiciar la interacción familiar y social;

  3. Fomentar la salud física, mental, cultural y social de la población del municipio;

  4. Propiciar el uso adecuado y correcto de los tiempos libres;

  5. Promover e impulsar el deporte para los adultos mayores y las personas con discapacidad;

  6. Promover el deporte de los trabajadores;

  7. Promover el cambio de actitudes y aptitudes;

  8. Promover y desarrollar la captación de recursos humanos para el deporte;

  9. Elevar el nivel competitivo del deporte municipal;

  10. Promover la revaloración social del deporte y la cultura física;

  11. Promover fundamentalmente el valor del deporte para el primer nivel de atención a la salud;

  12. Promover la identidad del municipio de Nopaltepec, en el ámbito municipal, estatal, nacional e internacional a través del deporte;

  13. Fomentar la integración familiar y social; y

  14. Facilitar a los deportistas el acceso a los servicios de salud.

CAPÍTULO SEGUNDO Artículo 5

DE SUS FACULTADES

Artículo 5 El Instituto Municipal de Cultura Física y Deporte de Nopaltepec, tendrá las siguientes facultades:
  1. Crear escuelas populares de iniciación deportiva en pueblos, comunidades, barrios y colonias del municipio de Nopaltepec;

  2. Crear el sistema municipal de becas académicas, económicas y alimenticias para deportistas distinguidos del municipio;

  3. Crear torneos estudiantiles permanentes en los niveles: preescolar, primaria, secundaria y media superior;

  4. Organizar clubes deportivos populares permanentes;

  5. Involucrar a los sectores público, social y privado en el deporte municipal;

  6. Presentar públicamente los programas deportivos municipales, sus objetivos, metas, estrategias y resultados;

  7. Otorgar dirección técnica de calidad a representaciones municipales;

  8. Otorgar asesorías al deporte formativo y de recreación;

  9. Promover el uso de instalaciones deportivas públicas y privadas;

  10. Promover y desarrollar instalaciones públicas y privadas;

  11. Desarrollar corrientes sociales y deportivas del mérito;

  12. Crear el registro municipal de instalaciones deportivas;

  13. Crear el registro municipal de deportistas, deportes, clubes, ligas y torneos deportivos;

  14. Crear el registro municipal de jueces, árbitros, entrenadores, profesores de educación física, médicos del deporte, psicólogos del deporte y escuelas del deporte;

  15. Brindar apoyo logístico a los eventos deportivos que se desarrollan en el municipio; y

  16. Las demás que las leyes de la materia le señalen.

CAPÍTULO TERCERO Artículos 6 a 16

DE SUS PROGRAMAS

Artículo 6 Del deporte estudiantil.

A través de este programa, se promoverá y organizará la participación de los estudiantes deportistas del municipio, con el fin de inducir la ocupación adecuada de los tiempos libres, el desarrollo de aptitudes individuales y actitudes de sociabilización y responsabilidad social.

Artículo 7 De los clubes estudiantiles.

Para fomentar el uso adecuado de los tiempos libres, desarrollar las aptitudes y mejorar actitudes en los jóvenes estudiantes, se formarán y organizarán clubes deportivos estudiantes dentro y fuera de las escuelas, a los cuales se les brindará asesoría en la organización, capacitación, participación, entrenamiento y torneos, asimismo...

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