¡Cuidado!, inquilinos morosos

AutorJuan Antonio Moreno

Definitivamente, el principal propósito de rentar una propiedad es obtener ingresos que permitan su autosostenimiento, y por qué no, sacarle alguna ganancia al bien raíz.

Pero la morosidad de los inquilinos es la causa más frecuente de que ninguno de estos dos objetivos se logren, aseguran expertos.

De hecho, del total de problemas que surgen entre caseros e inquilinos y que llegan a litigio, el 70 por ciento se relaciona con la falta de pago, estima Víctor Montero Rodríguez, socio del despacho Zárate Abogados.

Otros de los motivos, señala, surge cuando el arrendatario desea dar por terminado un contrato antes de tiempo y deja de pagar.

"Piensan que los arrendadores de todas maneras se cobrarán del depósito y que por ello no tendrán algún problema", explica.

De acuerdo a Montero, si el inquilino cae en mora, lo primero que deben hacer los propietarios es revisar el contrato, para verificar que se haya establecido la forma, lugar y época de pago de la renta.

"En ocasiones, las partes en los contratos son imprecisas al momento de establecer la manera de pagar la renta.

"Si la cláusula relativa al pago de renta es confusa, es necesario hacer un requerimiento previo al arrendatario llamado interpelación", añade.

En dicho requerimiento, detalla, se le concede un plazo de 30 días al deudor para pagar.

Y si pasado ese lapso no liquida, se considera que hay mora y en consecuencia motivos para que el casero demande la rescisión del contrato.

Montero Rodríguez indica que si en el contrato está bien definida la fecha de pago, se considera que el arrendador entra en mora en el instante mismo del incumplimiento.

Pero, si el inquilino no paga, ¿puedo forzarlo a desalojar la vivienda?

De ninguna manera, aconseja Roberto Jiménez, director de la empresa Activos Inmobiliarios.

"Por ningún motivo se debe sacar a la fuerza sin orden de un juez, ya que pueden incurrir en delitos penales, aun siendo propietarios del inmueble"...

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