Circular S-16.1 por la que se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, el Catálogo de Cuentas Unificado con las modificaciones y adiciones que actualizan su contenido (Continúa de la Primera Sección
Fecha de disposición | 08 Febrero 2007 |
Fecha de publicación | 08 Febrero 2007 |
Emisor | SECRETARIA DE HACIENDA Y CREDITO PUBLICO |
Sección | SEGUNDA. Poder Ejecutivo |
CIRCULAR S-16.1 por la que se da a conocer a las instituciones y sociedades mutualistas de seguros, el Catálogo de Cuentas Unificado con las modificaciones y adiciones que actualizan su contenido (Continúa de la Primera Sección)
(Viene de la página 81 de la Primera Sección)
CATALOGO DE CUENTAS. | 67 |
CP--N
Afecto a : ( 021, 022, 023, 024, 025)
Registrará la devolución de primas por casos improcedentes correspondientes a las pensiones que se cancelen como consecuencia de una rectificación del IMSS en cuanto a los requisitos que originaron los derechos a la pensión descritos en la Circular S-22.7.3 vigente.
====> CAPTURADO EN: Captura General
Grupo: CONSTITUCION E INCREMENTOS DE RESERVAS Y OTROS ELEMENTOS TECNICOS.
5201 AJUSTE A LAS RESERVAS DE RIESGOS EN CURSO.
CHPSGV--01--Por Seguro Directo.--N
CHPSGV--02--Por Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 021, 022, 023, 024, 025, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 103, 106, 111, 112)
CS--03--Por Seguros Flexibles.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
CP--04--Por Beneficios Adicionales del Seguro Directo.--N
CP--05--Por Beneficios Adicionales del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 021, 022, 023, 024, 025)
CS--06--Por Pensiones Privadas.--N
Afecto a : ( 011, 013)
CHSGV--07--Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Directo.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 103, 106, 111, 112)
CHS--08--Ajuste por Insuficiencia, por Seguro Flexible.--N
CHS--09--Ajuste por Insuficiencia, por Otros Seguros.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013)
CHSGV--10--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Directo.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 103, 106, 111, 112)
CHS--11--Provisión para Gastos de Administración, por Seguro Flexible.--N
CHS--12--Provisión para Gastos de Administración, por Otros Seguros.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013)
CHS--13--Provisión para Gastos de Administración, por Pensiones Privadas.--N
Afecto a : ( 011, 013)
CHSGV--14--Ajuste por Insuficiencia, por Reaseguro Tomado.--N
CHSGV--15--Provisión para Gastos de Administración, por Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 103, 106, 111, 112)
Registrará el incremento por retención de la Reserva Matemática y, en su caso, la totalidad de la Reserva de Riesgos en Curso constituidas por retención en las operaciones de Accidentes y Enfermedades y Daños. Artículo 47 de la Ley General
CATALOGO DE CUENTAS. | 68 |
====> CAPTURADO EN: Captura General
5202 INCREMENTO A LAS RESERVAS ADICIONALES PARA SEGUROS ESPECIALIZADOS
CS--01--Agricultura y Ganadería.--N
Afecto a : ( 081, 082, 083)
CS--02--Seguro de Trabajadores al Servicio del Estado. Vida.--N
CS--03--Seguro de Trabajadores al Servicio del Estado. Retiro.--N
CS--04--Seguro de Trabajadores Sindicalizados.--N
CS--05--Seguro de Potenciación.--N
Afecto a : ( 012, 013)
CS--06--De Contingencia del Seguro Obligatorio del Viajero.--N
Afecto a : ( 091, 092, 093, 094, 095)
CHS--07--Otros Seguros.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 042, 043, 051, 052, 060, 091, 092, 093, 095, 100, 111, 112)
Registrará los aumentos a esta reserva, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 52 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5203 INCREMENTO A LA RESERVA PARA DIVIDENDOS Y BONIFICACIONES SOBRE POLIZAS.
CHSGV--01--Por Seguro Directo.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 051, 052, 081, 082, 083, 091, 092, 100, 103, 106)
CS--02--Por Seguros Flexibles.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039)
Registrará los aumentos de acuerdo con los procedimientos actuariales que para efectos de su cálculo autorice la Comisión Nacional de Seguros y Fianzas; artículo 50 fracción III, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5204 INCREMENTO A LA RESERVA DE PREVISION.
CHS--01--De Emisión.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará los aumentos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables. Para pensiones el registro se hará de acuerdo a las disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5205 INCREMENTO A LA RESERVA ESPECIAL DE PREVISION PARA SINIESTROS.
CHS--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 052, 060)
Las mutualistas registrarán los aumentos a esta reserva, en los términos del artículo 88 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros.
====> CAPTURADO EN: Captura General
CATALOGO DE CUENTAS. | 69 |
CSGV--01--Por Seguro Directo.--N
CSGV--02--Por Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 071, 072, 073, 074, 075, 103, 106)
Registrará los aumentos de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 51 de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y disposiciones administrativas aplicables.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5207 INCREMENTO A LA RESERVA DE FIANZAS EN VIGOR.
F--01--Sobre Fianzas Directas.--N
CFS--02--Por Reafianzamiento Tomado de Instituciones del País.--N
CFS--03--Por Reafianzamiento Tomado de Instituciones del Extranjero.--N
F--04--Por Fianzas Rehabilitadas o Puestas en Vigor por Fianzas Directas.--N
CFS--05--Por Fianzas Rehabilitadas o Puestas en Vigor por Reafianzamiento Tomado.--N
F--06--Cancelación de Reafianzamiento Cedido al País.--N
F--07--Cancelación de Reafianzamiento Cedido al Extranjero.--N
F--08--Otros Conceptos por Fianzas Directas.--N
CFS--09--Otros Conceptos por Reafianzamiento Tomado.--N
CFS--10--Cancelación de Reafianzamiento Retrocedido al País.--N
CFS--11--Cancelación de Reafianzamiento Retrocedido al Extranjero.--N
Afecto a : ( 131, 132, 133, 134)
F--12--Por Afianzamiento Directo.--N
CFS--13--Por Reafianzamiento Tomado.--N
Afecto a : ( 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
Registrará las aplicaciones a la Reserva de Fianzas en Vigor en los términos de los artículos 46 y 49 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. En las subcuentas 12 y 13, registrarán los incrementos por las operaciones efectuadas a partir del 1o. de enero de 1999.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5208 INCREMENTO A LA RESERVA DE CONTINGENCIA.
CFS--01--Incremento a la reserva de contingencia--N
Afecto a : ( 131, 132, 133, 134)
F--02--Por afianzamiento directo--N
CFS--03--Por Reafianzamiento Tomado--N
Afecto a : ( 141, 142, 151, 152, 153, 161, 162, 163, 164, 165, 171, 172, 173, 174)
CP--04--Por Beneficios Básicos--N
CP--05--Por Beneficios Adicionales--N
Afecto a : (021, 022, 023, 024, 025)
CHS--06--De Sociedades Mutualistas de Seguros.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051,052, 060, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 111, 112)
Registrará los incrementos a la Reserva de Contingencia en los términos de los artículos 46 y 49 de la Ley Federal de Instituciones de Fianzas. En la subcuenta 01, se registrarán los incrementos por las operaciones realizadas hasta 1998; en las subcuentas 02 y 03 se registrarán los incrementos por las operaciones efectuadas a partir del 1o. de enero de 1999. En las subcuentas 04 y 05 se registrarán los incrementos de la reserva en los términos del artículo 52 Bis de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros; así como en la subcuenta 06 el incremento de la reserva a que se refiere el artículo 89 de la misma Ley.
====> CAPTURADO EN: Captura General
CATALOGO DE CUENTAS. | 70 |
CHSGV--01--Del Seguro Directo.--N
CHSGV--02--Del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072, 073, 074, 075, 081, 082, 083, 091, 092, 093, 094, 095, 100, 103, 106, 111, 112)
Registrará el incremento gradual de la reserva original y el ajuste del ejercicio conforme a la estimación de los siniestros ocurridos y no reportados a la fecha de cierre del balance, de acuerdo con los artículos 46 fracción II y 50 fracción II, de la Ley General de Instituciones y Sociedades Mutualistas de Seguros y reglas de carácter general vigentes.
====> CAPTURADO EN: Captura General
5210 AJUSTE A LA RESERVA DE GASTOS DE AJUSTE ASIGNADOS A LOS SINIESTROS OCURRIDOS Y NO REPORTADOS.
CHSGV--01--Del Seguro Directo.--N
CHSGV--02--Del Reaseguro Tomado.--N
Afecto a : ( 011, 012, 013, 031, 032, 033, 034, 035, 036, 037, 038, 039, 041, 042, 043, 044, 051, 052, 060, 071, 072...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba